Fecha de Publicación: 11/09/2013
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE

Artículo 7

 Fíjanse los siguientes niveles retributivos máximos mensuales para el
personal contratado que ingrese al grado mínimo bajo el régimen provisorio
previsto en el artículo 50 de la Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010
con las modificaciones realizadas por el artículo 4 de la Ley N° 18.996 de
7 de noviembre de 2012

                                               Nivel
  Escalafón                           Grado     retributivo
                                                 8 horas
A - PERSONAL TECNICO PROFESIONAL        4         29.575
B - PERSONAL TECNICO PROFESIONAL        3         25.435
C - PERSONAL ADMINISTRATIVO             1         19.780
D - PERSONAL ESPECIALIZADO              1         21.875
E - PERSONAL DE OFICIOS                 1         18.856
F - PERSONAL DE SERVICIOS AUXILIARES    1         17.975

Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 5 de la Ley N° 18.996 de 7
de noviembre del 2012.
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