Fecha de Publicación: 08/08/1997
Página: 382-A
Carilla: 8

MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE

Decreto 255/997

Apruébase el proyecto adjunto de reformulación de la estructura organizativa de la Unidad Ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría" Inciso 14 "Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente".
(1.870*R)

MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
  MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

                                        Montevideo, 30 de julio de 1997

   VISTO: lo dispuesto en los artículos 707 y siguientes de la Ley Nº 16.736 de 5 de enero de 1996 y en su Decreto reglamentario Nº 186/996 de 16 de mayo de 1996;

   RESULTANDO: I) que los mismos refieren a la reformulación de las
estructuras organizativas de los Incisos 02 al 14 del Presupuesto
Nacional, siendo aplicables a los demás Incisos comprendidos en el mismo;

   II) que el Decreto Nº 186/996 fija las normas técnicas y de procedimiento a que debe ajustarse la mencionada reformulación de estructuras organizativas;

   III) que de conformidad con dicho procedimiento, el Inciso 14 "Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente" ha  presentado para su consideración por el Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado, el proyecto de reformulación de la estructura organizativa de la Unidad Ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría";

   CONSIDERANDO: I) que el proceso de reformulación de las estructuras
organizativas de los Incisos orientado en el sentido de la definición de
los cometidos sustantivos de la Administración, tiene por objeto el logro
de una mayor eficacia del Estado en su acción normativa, reguladora y de
control y de una mayor eficiencia en la prestación de los servicios;

   II) que a los efectos señalados, en la tarea de reformulación se parte de una redefinición de los objetivos estratégicos, procurando adaptar la
modalidad tradicional de la Administración hacia una más gerencial
centrada en los resultados de la gestión pública, cuyo fin último es la
satisfacción de las necesidades de los ciudadanos;

   III) que de acuerdo con lo expuesto se busca concretar en cada 
proyecto de reformulación de estructuras organizativas, con base en una dirección estratégica, una clara definición de los cometidos sustantivos asumidos por la Administración; una descripción de la organización necesaria para cumplir con dicha definición estratégica y la previsión de los puestos de trabajo requeridos para su funcionamiento con un enfoque gerencial, todo ello enmarcado en un plan de implantación;

   IV) que la modalidad gerencial a que se tiende privilegia la capacitación y el desempeño eficiente, como centro de la política de recursos humanos y la recuperación de las capacidades gerenciales del sector público a través de la alta especialización;

   V) que el proyecto presentado por el Inciso 14 "Ministerio de 
Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente" para la Unidad Ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría" ha sido analizado por el Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado el que ha entendido que 
cumple con los objetivos de racionalización perseguidos, en tanto las adecuaciones o transformaciones que incluye resultan consistentes con los cometidos sustantivos asignados al referido Inciso y, en cuanto recoge 
los criterios determinados en la Ley y su reglamentación;

   VI) que de acuerdo con lo informado por el Comité Ejecutivo para la
Reforma del Estado, corresponde que el Poder Ejecutivo proceda a la
aprobación del proyecto de reformulación de la estructura organizativa de
la Unidad Ejecutora de que se trata;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

   EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                             DECRETA:

Artículo 1

   Apruébase el proyecto adjunto de reformulación de la estructura
organizativa de la Unidad Ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría"
Inciso 14 "Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio
Ambiente" que consta de 11 fs, el que se considera parte integrante de
este Decreto cuya efectiva implantación estará condicionada al cumplimiento de lo establecido en el artículo 713 de la Ley Nº 16.736 de 
5 de enero de 1996.

Artículo 2

   Cumplido el plazo de treinta días a que refiere el artículo 730
de la Ley Nº 16.736 de 5 de enero de 1996, el Jerarca del Inciso 
procederá a declarar las excedencias de cargos y funciones contratadas resultantes.
   Dentro del término de sesenta días corridos, contados desde la fecha 
de remisión a la Asamblea General del proyecto que se aprueba, el Jerarca del Inciso remitirá al Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado el detalle con especificación de destino de las economías generadas como consecuencia de la ejecución de dicho proyecto.

Artículo 3

   Facúltase al Jerarca del Inciso para que -previo informe favorable del Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado- efectúe las acciones concretas que resulten imprescindibles para cumplir con la efectiva implantación del proyecto que se aprueba, las que se comunicarán por el Poder Ejecutivo a la Asamblea General para su conocimiento.

Artículo 4

   Dése cuenta a la Asamblea General, comuníquese, publíquese, etc.
SANGUINETTI - JUAN CHIRUCHI - LUIS MOSCA

REFORMULACION DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA

INCISO: 14 - Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio
Ambiente

CAPITULO I: Objetivos estratégicos.

El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente es
responsable de proponer políticas referidas a: la formulación, ejecución,
supervisión y evaluación de los planes de vivienda y a la instrumentación
de la política nacional en esta materia, así como de fomentar el
suministro de viviendas mediante la asistencia financiera del sector
privado y la adjudicación de soluciones habitacionales a los sectores
carenciados de más bajos recursos; promover el desarrollo del territorio 
a escala nacional y en un marco regional, tutelando sus recursos e
impidiendo los desequilibrios, mediante un eficiciente ordenamiento
territorial y la formulación, ejecución, supervisión y evaluación de los
planes nacionales de protección del medio ambiente. La utilización de
herramientas de gestión adecuadas asegurarán una respuesta eficaz a los
nuevos desafíos.

CAPITULO II: Cometidos

1. Cometidos Sustantivos

* Formular los planes de vivienda y controlar el cumplimiento de los
mismos.
* Administrar el Fondo Nacional de Viviendas.
* Realizar la supervisión y seguimiento de las obras ejecutadas por
terceros.
* Efectuar el seguimiento de los núcleos familiares con viviendas
adjudicadas por la Dirección Nacional de Vivienda, a través de convenios
realizados con las Organizaciones no Gubernamentales.
* Formular las Políticas Nacionales de Ordenamiento Territorial, así como
los Planes y Programas de Ordenamiento Territorial a escala nacional y
regional.
* Proponer las normas de regulación territorial y controlar su
cumplimiento.
* Orientar en materia territorial a las Instituciones del Estado y a los
Gobiernos Departamentales en la elaboración de las políticas y acciones
sectoriales, en particular los proyectos de grandes obras de
infraestructura, asesorando en materia de descentralización territorial 
en el ámbito de la Comisión Sectorial de Descentralización y apoyando la
gestión territorial de los Gobiernos Departamentales, a través de una
coordinación permanente de las políticas públicas.
* Regularizar o erradicar los asentamientos informales.
* Coordinar con otras direcciones del Ministerio, lo referente a los 
temas de ordenamiento territorial que tengan relación con las 
competencias de las otras unidades.
* Difundir e informar a la población sobre los contenidos y políticas de
Ordenamiento Territorial.
* Formular, ejecutar, supervisar y evaluar planes para medir y evaluar el
estado de la calidad de los recursos ambientales: recursos hídricos, aire
y ecosistemas incluyendo áreas naturales protegidas y las zonas costeras.
* Formular, ejecutar, supervisar y evaluar planes para prevenir el 
impacto ambiental de actividades humanas o proyectos, incluyendo el fomento de la conciencia ambiental.
* Formular, ejecutar, supervisar y evaluar planes de control de las
actividades públicas y privadas que incidan en la calidad de los recursos
ambientales.
* Formular y coordinar acciones, con organismos públicos nacionales y
departamentales, en lo referente a la protección del medio ambiente; así
como celebrar convenios con personas públicas y privadas, nacionales o
extranjeras, para la ejecución de sus cometidos.
* Establecer y mantener las relaciones con organismos internacionales de
su especialidad, para asegurar el cumplimiento de convenios o acciones
comprometidas, referidas al medio ambiente.

2. Cometidos de apoyo

* Gerenciar los recursos materiales, humanos y financieros.

CAPITULO III: Estructura Organizativa

El Minsterio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente se
integra con las siguientes unidades ejecutoras:

001 Dirección General de Secretaría
002 Dirección Nacional de Viviendas
003 Dirección Nacional de Ordenamiento Territorial
004 Dirección Nacional de Medio Ambiente

"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen electrónica del mismo".

REFORMULACION DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA

Inciso: 14 - Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio
Ambiente.
Unidad Ejecutora: 001 - Dirección General de Secretaría.

CAPITULO I: Objetivos estratégicos.

La Dirección General de Secretaría es responsable de brindar el apoyo
necesario para la toma de decisiones por parte del Ministro, de
administrar los recursos humanos, financieros y materiales del Ministerio
para facilitar el cumplimiento de las funciones de las demás unidades
ejecutoras, servir de nexo entre éstas y el jerarca del inciso y con 
otros organismos nacionales, así como de difundir y documentar todo lo relativo a las competencias ministeriales; estimulando el compromiso de los funcionarios con la prestación de un servicio eficiente orientado hacia el usuario y optimizando la gestión.

CAPITULO II: Cometidos.

1. Cometidos de apoyo.

* Administrar los recursos humanos y materiales del Inciso.
* Realizar la gestión jurídico - administrativa, económico - financiera -
contable, patrimonial y de difusión del Ministerio.
* Servir de nexo entre las direcciones de las demás unidades ejecutoras y
el jerarca del Inciso, en el área de su competencia.

CAPITULO III: Estructura Organizativa

1. Organización.

La Dirección General de Secretaría es una unidad ejecutora del Ministerio
de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente. Su estructura se
refleja en la "Organización para el Cumplimiento de Cometidos" adjunta.

   Por el alcance y la dimensión de sus cometidos, se organiza en una
estructura que no puede caracterizarse por la cantidad de puestos de
trabajo. Algunas unidades organizativas responsables del cumplimiento de
los cometidos definidos no necesariamente requieren el número de puestos
de trabajo, que con el fin de estandarización y preponderantemente
dirigido al dimensionamiento de unidades organizativas responsables de
funciones con predominio de tareas operativas, definió el Dec. Nº 186/96
de 16 de mayo de 1996.

Se considera que las características de la unidad ejecutora encuadran
dentro de lo previsto por el Art. 6º del Decreto 186/96 de 16 de mayo de
1996.

2. Descripción de las funciones asignadas a la Dirección y a las unidades
directamente dependientes.

Dirección:

* Asistir al Ministro en aspectos relativos a la organización
administrativa y al funcionamiento del Ministerio.
* Administrar la ejecución de los cometidos de apoyo y la coordinación de
los recuros humanos, materiales y financieros, de acuerdo a las políticas
establecidas a fin de facilitar la gestión ministerial y la toma de
decisiones de la jerarquía ministerial.

Asesoría Técnica:

* Asesorar directamente a la Dirección en las áreas de su competencia y 
en  materia de desarrollo organizacional y conducir el desarrollo informático de la organización.

Centro de Documentación, Información y Difusión :

* Procesar toda la información del Inciso.
* Difundir dicha información a la comunidad.
* Gestionar la biblioteca, cdteca y videoteca y bases de datos necesarias
para cumplir los cometidos antes mencionados.

División Contabilidad y Finanzas:

* Efectuar la programación de recursos y gastos de funcionamiento e
inversión a ser propuestos para su inclusión en los proyectos de Ley de
Presupuesto, así como en las modificaciones presupuestarias a incorporar
en leyes de Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal.
* Formular, en coordinación con la Tesorería General de la Nación, el
Programa Anual de Caja (P.A.C.) mensualizado a nivel de Unidad Ejecutora,
a efectos de la fijación de topes financieros para gastos y administrar 
su ejecución, en coordinación con la Tesorería General de la Nación.
* Mantener información actualizada sobre la ejecución del P.A.C. para la
oportuna solicitud de ajustes que pudieran corresponder y para el control
de la gestión financiera por parte del Contador Central de la Contaduría
General de la Nación.
* Efectuar la registración contable y proporcionar los datos fuente para
el Sistema Integrado de Información Financiera (S.I.I.F.), como
responsable frente al Contador Central de la Contaduría de la Nación.
* Ejecutar los procesos inherentes al sistema de pago de obligaciones y 
de retenciones legales.
* Ejecutar las diversas etapas comprendidas en la administración
presupuestal, conforme a normativa vigente.
* Instrumentar y ejecutar el proceso de ingreso de recursos de toda
naturaleza.
* Mantener información actualizada relativa a bienes de activo fijo.
* Instrumentar medidas requeridas para la seguridad de fondos y valores a
su cargo.

División Servicios Jurídicos:

* Asesorar en todo lo relativo a los cometidos del Ministerio.
* Representar en juicio al Inciso.
* Realizar sumarios e investigaciones administrativas.
* Desempeñar la función notarial.

División Administración:

* Planificar los insumos de bienes y contratación de servicios, ejecutar
los respectivos procesos y realizar estudios evaluatorios.
* Desarrollar un sistema de compras, suministros y administración de
activos, optimizando la utilización de los recursos, instrumentar y
ejecutar su cumplimiento.
* Canalizar los asuntos a ser diligenciados a las diversas dependencias
y/o generados por las mismas, manteniendo información actualizada de su
ubicación y movimientos.
* Vigilar y hacer cumplir las disposiciones legales y reglamentarias
relativas a la administración documental.
* Analizar los requerimientos formulados en los asuntos recibidos y
elaborar la información necesaria y/o solicitarla a los órganos
competentes.
* Programar la adecuada cobertura de los locales en cuanto a vigilancia y
condiciones de seguridad.
* Asegurar los despachos oficiales, la limpieza y el mantenimiento
edilicio, de instalaciones y de vehículos, propiciando la oportuna
contratación de los respectivas servicios.

División Recursos Humanos:

* Programar las acciones requeridas para el desarrollo de la capacidad de
los funcionarios del Ministerio, propiciando el cambio cultural frente a
los desafíos tecnológicos.
* Mantener información actualizada a nivel de cada funcionario respecto a
su asistencia, permanencia, situación personal, funcional, y la 
pertinente a efectos jubilatorios.
* Planificar, organizar y ejecutar las actividades relacionadas con
reclutamiento, selección, calificación, adiestramiento, evaluación de
desempeño y promoción de los funcionarios del Ministerio, así como su
adecuada asignación y reasignación conforme a requisitos de los puestos 
de trabajo y requerimientos organizacionales.
* Ejercer la superintendencia en todo lo que refiere a seguridad laboral
de los funcionarios del Ministerio.
* Realizar estudios de motivación y ausentismo.
* Asesorar sobre normas jubilatorias, realizar trámites ante el Banco de
Previsión Social y liquidaciones pre-jubilatorias.

3. Actividades con ejecución total o parcial a cargo de terceros.

El mantenimiento, seguridad y limpieza de los edificios del Inciso son
cumplidos por empresas privadas y su regulación y control se encuentran a
cargo de la División Administración.

Se estudia la viabilidad de la prestación del servicio de locomoción,
cantina, certificaciones médicas, servicios auxiliares (portería,
telefonistas y ordenanzas) y liquidación y pago de haberes por empresas
particulares.

CAPITULO IV: Estructura de puestos de trabajo.

Asesoría Técnica: Hasta 3 Funciones de Alta Especialización de ser
suficientes las economías resultantes de la reformulación de la 
estructura organizativa.

Dirección del Centro de Información: Función de Alta Especialización

Dirección de Div. Contabilidad y Finanzas: Cargo o contrato de función
pública, según corresponda.

Dirección de Div. Servicios Jurídicos: Cargo o contrato de función
pública, según corresponda.

Dirección de Div. Administración: Cargo o contrato de función pública,
según corresponda.
Dirección de Div. Recursos Humanos: Cargo o contrato de función pública,
según corresponda.

Las funciones de Alta Especialización a nivel de Asesoría exigen un 
perfil con especialización probada, a través de resultados positivos y concretos alcanzados en el área específica y una experiencia de desempeño en la misma no inferior a cinco años.

La reformulación de la estructura organizativa se efectuó a partir de una
estructura de 147 puestos de trabajo.

Los puestos de trabajo ya identificados como excedentarios responden a 
las causales dispuestas por la Ley Nº 16.736 de 5 de enero de 1996, según
nómina adjunta, totalizando 5.

Los cargos y funciones contratadas que son declarados excedentarios de
acuerdo al art. 719 y siguientes de la Ley Nº 16.736 responden a 
cometidos que no concuerdan con los de la Unidad Ejecutora, la definición de la nueva estructura de puestos de trabajo y/o con los perfiles necesarios.

CAPITULO V: Plan de Implantación

1. Definición de la nueva estructura de puestos de trabajo.

Primera etapa: hasta 60 días después de cumplido el plazo establecido por
el art. 730 de la Ley Nº 16.736 - Análisis de funcionamiento de la nueva
organización y de ajustes que requiera.

Segunda etapa: hasta 150 días después de cumplido el plazo establecido 
por el art. 730 de la Ley Nº 16.736 - Definición de la nueva estructura 
de puestos de trabajo especificando la naturaleza del vínculo funcional,
escalafón, grado, denominación, serie y retribución y desarrollo de los
procesos requeridos para la propuesta de designación de sus titulares.

  Las economías anuales resultantes de la reformulación organizativa que se aprueba podrán aplicarse al mejoramiento del sistema de retribución al
personal de mayor responsabilidad y especialización, así como a las
funciones de Alta Especialización y Gerencia; a la equiparación salarial
tendiente a corregir las inequidades de remuneraciones existentes; a
fortalecer la capacidad del Inciso o Unidad Ejecutora para cumplir con 
sus cometidos sustantivos originados en contrataciones con terceros y
redistribuciones de cometidos y personal; y al pago de premios por
desempeño excelente y muy bueno. Del total de economías anuales se
destinará como mínimo un 5% al pago de premios por desempeño excelente y
muy bueno.

A medida que se vayan concretando los procesos de reformulación
organizativa en los plazos señalados, se adecuarán los puestos de trabajo
para cumplir con los cometidos de la Dirección General de Secretaría del
Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente,
declarando excedentarios los restantes.

2. Designación de los titulares de los puestos de trabajo.

Hasta 30 días después de cumplido el plazo establecido por el art. 730 de
la Ley Nº 16.736 - Iniciación de los procesos requeridos para la
contratación de las Funciones de Alta Especialización, de acuerdo con el
Decreto Nº 303/996 de 31 de julio de 1996.

3. Programación de actividades a contratar con terceros.

Primera etapa: Hasta 30 días después de cumplido el plazo establecido por
el art. 730 de la Ley Nº 16.736 - Estudio de viabilidad de la 
contratación con terceros de los servicios de locomoción, cantina, portería, telefonistas, ordenanzas, liquidación y pago de haberes.

Segunda etapa: Hasta 120 días después de cumplido el plazo establecido 
por el art. 730 de la Ley Nº 16.736 - Contratación con terceros.

ORGANIZACION PARA EL CUMPLIMIENTO DE COMETIDOS

"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen electrónica del mismo".

Inciso: 14 - Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio
Ambiente.
Unidad Ejecutora: 001 - Dirección General de Secretaría.

NOMINA DE PUESTOS DE TRABAJO CORRESPONDIENTES A DECLARACIONES DE
EXCEDENCIA (LEY Nº 16.736)

Artículo 724.

CANTIDAD        ESCALAFON       GRADO   DENOMINACION    SERIE
   1               C             14      Administrativo  Administrativo
   2               C             12      Administrativo  Administrativo

Artículo 723.

CANTIDAD        ESCALAFON       GRADO   DENOMINACION    SERIE
   1               A             15      Asesor I        Médico
   1               A             14      Asesor II       Escribano


		
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