PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Decreto 254/014
Modifícase el Decreto 71/991, relativo a la vivienda de los funcionarios
que se encuentran prestando funciones en el exterior.
(1.413*R)
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Montevideo, 1° de Setiembre de 2014
VISTO: lo dispuesto por el Decreto N° 71/1991, de 5 de febrero de 1991;
RESULTANDO: I) que en la práctica se ha comprobado que ese mecanismo
adolece de fallas;
II) que de la implantación de la solución sugerida, no deriva una mayor
erogación a cargo del Estado.
CONSIDERANDO: que el presente decreto, subsana algunas fallas advertidas
en la práctica y se funda en principios de justicia y equidad, atendiendo
a las reales necesidades de los funcionarios, y a aquellas inherentes a la
función;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA
Artículo 1
Sustitúyese el Artículo 4.- del Decreto 71/991, por la siguiente
redacción:
"Artículo 4: Al contratar su vivienda el funcionario deberá ajustarse a
las siguientes pautas:
a) El contrato deberá incluir en la medida que lo permita la
legislación o los usos y costumbres locales, las cláusulas relativas a
terminación anticipada del contrato por traslado del funcionario a otro
destino o su regreso a la República, así como las correspondientes a la
Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas;
b) En todos los casos, el contrato deberá ser firmado con autorización
previa del Ministerio de Relaciones Exteriores;
c) Cuando el contrato haya sido extendido en idioma extranjero deberá
remitirse para su aprobación acompañado de la respectiva traducción al
español.
d) Se deberá enviar al comienzo de vigencia del contrato conjuntamente
con éste, la información del tipo de cambio al día de la firma del mismo y
los recibos correspondientes al depósito en garantía y a la comisión
inmobiliaria."
JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; LUIS ALMAGRO.