Fecha de Publicación: 10/07/1986
Página: 56-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Artículo 12

   Sin perjuicio de lo establecido precedentemente se suspenderá en forma
automática la expedición de certificados en los casos de incumplimiento a lo dispuesto en los literales a) apartado I); b); c); e) y f) del
artículo 10 del presente decreto.
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