MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
(Exoneraciones).- La derogación genérica establecida por el artículo 90 de la Ley que se reglamenta comenzará a regir desde el 1º de julio de 2007. En todos los casos las nuevas tasas serán de aplicación inmediata, no resultando necesario el pronunciamiento expreso de la Administración para cada caso concreto.Ayuda