Fecha de Publicación: 02/07/2001
Página: 17-C
Carilla: 45

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Decreto

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
  MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
   MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

                                           Montevideo, 27 de junio de 2001
                                                                          
VISTO: El Decreto Nº 511/996, de 31 de diciembre de 1996, que aprobó la 
Nomenclatura Común del Mercosur con su correspondiente Arancel Externo 
Común, y los Decretos Nº 484/997, 425/999 y 391/000 de 29 de diciembre de 
1997, 29 de diciembre de 1999 y 27 de diciembre de 2000 respectivamente, 
que fijaron las tasas globales arancelarias aplicables al comercio 
intrazona y extrazona.-

RESULTANDO: que el Grupo Mercado Común, en ejercicio de la facultad 
delegada por el Consejo Mercado Común para modificar el Arancel Externo 
Común, dictó las resoluciones Nº 3/01 y Nº 7/01.-

CONSIDERANDO: Que corresponde en consecuencia, recoger las modificaciones 
resultantes de las referidas resoluciones Nº 3/01 y Nº 7/01 del Grupo 
Mercado Común, en cumplimiento de los compromisos asumidos por el país en 
la materia.-

ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en los artículos 2º de la Ley Nº 
12.670, de 17 de diciembre de 1959 y 4º del Decreto - Ley Nº 14.629, de 5 
de enero de 1977, 

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

 Modifícanse la Nomenclatura Común del Mercosur y su correspondiente 
Arancel Externo Común vigentes, de conformidad con el Anexo que forma 
parte del presente Decreto.-

BATLLE, ALBERTO BENSION, DIDIER OPERTTI, SERGIO ABREU, GONZALO GONZALEZ.

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