Fecha de Publicación: 26/08/2020
Página: 5
Carilla: 5

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 28/08/2020.

Artículo 3

   Agréguese al artículo 3° del Decreto N° 228/013, de 7 de agosto de 2013, el siguiente inciso:

   "Asimismo, otórgase un crédito por el Impuesto al Valor Agregado
   (I.V.A), incluido en las adquisiciones de bienes muebles destinados a
   integrar el costo de inversión inicial para la puesta en
   funcionamiento del referido centro de comercialización y distribución,
   en las mismas condiciones a las establecidas en el inciso anterior".
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