Fecha de Publicación: 11/05/1977
Página: 219-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 9

   Otórgase un plazo de 90 días, a los poseedores de carnés expedidos al
amparo del decreto del Poder Ejecutivo 9.120, del 27 de febrero de 1947,
para que efectúen su entrega bajo recibo al Museo Militar.

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