Fecha de Publicación: 27/06/1985
Página: 1000-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE INDUSTRIA Y MINERIA

Artículo 7

   Para ser clasificados como "Hotel de 2ª Categoría "B"", los
establecimientos deberán reunir las siguientes características:

                  I) Condiciones Generales

 Los locales, mobiliarios y equipos de estos hoteles serán sencillos, pero decorosos, ofreciendo una comodidad adecuada.

                  II) Condiciones Particulares

A) Locales comunes e instalaciones de uso general para los clientes:

   a) Entrada - Podrán tener una entrada común.
   b) Vestíbulo - En él se encontrará la recepción-conserjería;
   c) Ascensores - Si el edificio consta de una planta baja y más de dos
      pisos, estará dotado de ascensores que comunicarán con todas las 
      plantas de utilización por los clientes y cuyo número dependerá de  
      la capacidad receptiva del establecimiento y de la estructura del 
      edificio;
   d) Salones - Tendrán salones de estar independientes o incluidos en los
      espacios de recepción y su superficie mínima de cincuenta decímetros
      cuadrados por habitación;
   e) Baños generales - Independientes para señoras y caballeros y ambos,
      con más de un lavabo e inodoro. Estarán dotados de jabón y de 
      toallas de una sola utilización o de secadores. Los de caballeros, 
      contarán con batería de urinarios.

 B) De las habitaciones:

 a) Habitaciones - El cincuenta por ciento como mínimo, estarán dotados
    de cuarto de baño privado con ducha o bañera;
 b) Dormitorios - La superficie (excluyendo el vestíbulo o corredor si lo
    hubiere) será de once metros cuadrados para las habitaciones dobles y
    siete metros cuadrados si son individuales. Dispondrán de timbres y
    armarios empotrados o no.
 c) Baño Privado - Dotado de lavabo, inodoro, bidé, duchero o bañera con
    agua fría y caliente en todos los artefactos;
 d) Baño Común: Las habitaciones que no tenga cuarto de baño privado,
    dispondrán, como mínimo de un baño común por planta cada cinco
    habitaciones, debiendo estar dotado de lavatorio, inodoro, bidé, 
    duchero o bañera con agua fría o caliente en todos los artefactos.

 C) De los Servicios.

 a) Servicio de Recepción-Conserjería - Permanentemente atendido por
    personal experto. Dependiendo de la conserjería existirá un botones o
    mensajero;
 b) Servicio de Piso - El mantenimiento de las habitaciones, así como su
    limpieza preparación estará a cargo de personal suficiente;
 c) Servicio de desayuno en lugar común;
 d) Servicio telefónico - Existirá una centralista atendido
    permanentemente. Dispondrán de un teléfono por piso;
 e) Servicio de Lavandería y Planchado - Para la ropa de los huéspedes así
    como para la lencería del establecimiento;
 f) Los servicios indicados precedentemente, serán atendidos por personal
    adecuadamente uniformado.
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