Los establecimientos clasificados en las categorías Primera, Turística
y Segunda A, así como los Paradores o Moteles y Pensiones de Primera
categoría, dispondrán de gran parte de la superficie del vestíbulo y
salones con moquettes o pisos de calidad adecuada.
Los clasificados en categoría de Lujo deberán poseer la totalidad de
las referidas superficies en tales condiciones.