Fecha de Publicación: 17/05/1979
Página: 389-A
Carilla: 9

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Decreto 230/979

Se modifican disposiciones del decreto 98/979 que fija las tasas de impuestos que gravarán las exportaciones de determinados artículos a los Estados Unidos de América.

Ministerio de Economía y Finanzas.

                                          Montevideo, 25 de abril de 1979.

Visto: lo dispuesto por el decreto 98/979 de fecha 16 de febrero de 1979.

Considerando: I) Que resulta conveniente simplificar el régimen de
liquidación y percepción del impuesto establecido por el decreto referido,
adaptándolo al mismos tiempo a los criterios previamente acordados con el
Departamento de Tesoro de los Estados Unidos de América,

El Presidente de la República

                                DECRETA:

Artículo 1

              Sustitúyese el artículo 4º del decreto 98/979 de 16 de
febrero de 1979 por el siguiente:

"ARTICULO 4º. El tributo a que se refiere este decreto se liquidará al
momento del embarque y se recaudará por el Banco de la República Oriental
del Uruguay".

MENDEZ.- VALENTIN ARISMENDI.
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