Fecha de Publicación: 05/11/2025
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Carilla: 5

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 28

   (Gobiernos departamentales). Se exhorta a los gobiernos departamentales a cooperar con la aplicación del presente Decreto, en especial mediante la adopción de medidas de regulación y control de la recolección y disposición de los residuos domiciliarios, para asegurar la no inclusión de residuos de baterías entre los mismos.
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