(Previsiones de los planes maestros). Los planes maestros deberán cumplir con las siguientes disposiciones:
a) Estar diseñados para, a través de ellos, cumplir las metas anuales de
recuperación y valoración de residuos de baterías que determine el
Ministerio de Ambiente.
b) Implantar el sistema de retornabilidad de los residuos de baterías,
previendo herramientas de estímulo o desestimulo a los sujetos
obligados, especialmente consumidores y usuarios, según las
disposiciones que pueda establecer el Ministerio de Ambiente.
c) Contar con cobertura nacional, para facilitar la retornabilidad, y
contemplar la integración efectiva de todos los actores involucrados
en la cadena de comercialización y gestión.
d) Contar con sistemas de trazabilidad, diseñado totalmente de manera
electrónica y que permita el registro y la intervención de todas las
operaciones que se realicen con residuos de baterías, de conformidad
con los requerimientos técnicos que pueda establecer la Dirección
Nacional de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de
Ambiente.
e) Los planes grupales deberán estar abiertos a la participación de
cualquier importador o fabricante, según el tipo y características de
las baterías a gestionar, asegurando adecuadas condiciones de
competencia para cada adherente y teniendo en cuenta para el cálculo
de los aportes su peso relativo dentro del sector.
f) Las operaciones de gestión de residuos de baterías, sólo podrán ser
cumplidas a través de sujetos o actividades habilitados o autorizados
según las disposiciones establecidas en el presente Decreto.
g) El titular de cada plan maestro deberá presentar informes anuales
auditados de la gestión realizada, según las disposiciones y en los
plazos que establezca el Ministerio de Ambiente; sin perjuicio de las
informaciones que pueda requerir la Dirección Nacional de Calidad y
Evaluación Ambiental sobre las operaciones de fabricación, armado,
ensamblaje, importación, calidad, y características de diseño de las
baterías y toda aquella información de interés, incluso económica y
comercial, para el cumplimiento de sus cometidos.
El Ministerio de Ambiente priorizará la aprobación de aquellos planes que tengan carácter grupal frente a los individuales, los que incluyan soluciones simples o con bajos requerimientos para el consumidor y aquellos que en la fase de gestión del residuo tiendan a la construcción de soluciones efectivas y costo eficientes, adaptados a la realidad nacional.
Asimismo, el Ministerio de Ambiente establecerá los contenidos mínimos y las condiciones de formato de los planes maestros.