Fecha de Publicación: 28/07/2010
Página: 189-A
Carilla: 11

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 10

 A efectos de lo dispuesto por el numeral 5° del Art. 44 de la ley N°
16.811, de 21 de febrero de 1997, en su nueva redacción dada por el Art.
1° de la ley N° 18.467, de 27 de febrero de 2009, el Instituto Nacional de
Semillas, establecerá la forma y condiciones de la evaluación nacional
actualizada.
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