CONSEJO DE MINISTROS
Delégase a la citada Comisión, el ejercicio de las atribuciones que la ley 14.417, de 2 de setiembre de 1875, confirió al Poder Ejecutivo, en especial las señaladas en el artículo 3º de la referida ley. Asimismo, administrará los recursos que el Plan Nacional de Inversiones destine para esa finalidad.Ayuda