Fecha de Publicación: 23/04/2008
Página: 162-A
Carilla: 14

MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE

Artículo 8

 Comuníquese, publíquese, etc.
Dr. TABARE VAZQUEZ, Presidente de la República; CARLOS COLACCE; DANILO
ASTORI.

                 Anexo I - Estructura Orgánico-Funcional

La dotación funcional del Banco Hipotecario del Uruguay tendrá la cantidad
de trescientos cincuenta y cuatro cargos (354) comprendiendo todas las
Clases y Escalafones y se integrará de la siguiente manera:

Un Directorio compuesto por 3 integrantes, propuestos y nombrados de
acuerdo con la normativa constitucional, legal y reglamentaria vigente:
*     1 Presidente (grado 99)
*     1 Vicepresidente (grado 98) y
*     1 Vocal (grado 98)

1 Gerente General, grado 65 de la Escala Patrón Unica, cargo de particular
confianza.

4 Gerentes de Area dependientes de Gerencia General, grado 59 de la Escala
Patrón Unica, a cargo de las Gerencias:
*     Riesgos
*     Mercado de Capitales y Finanzas
*     Banca Minorista Hipotecaria
*     Administración

13 Gerentes de División, grado 55 de la Escala Patrón Unica, a cargo de
las Gerencias:

*    Dependientes directamente del Directorio:
     Auditoría Interna
     Secretaría Administrativa de Directorio
     Legal y Sumarios

*    Dependientes de Gerencia General:
     Planificación, Organización y Sistemas
     Desarrollo y Gestión Humano

*    Dependientes del Area Mercado de Capitales y Finanzas:
     Mercado de Capitales
     Finanzas

*    Dependientes del Area Banca Minorista Hipotecaria:
     Banca Persona
     Sucursales
     Asistencia Técnica

*    Dependientes del Area Administración:
     Contaduría
     Servicios de Apoyo
     Sistemas Aplicados

20 Jefes de Departamento, grado 50 de la Escala Patrón Unica:

*    Dependientes de Gerencia General:
     Control de Gestión
     Comunicaciones Institucionales

*    Dependientes del Area de Riesgos:
     Riesgos de Mercado
     Riesgos Crediticio y Operativo

*    Dependiente del Area Banca Minorista Hipotecaria:
     Inmobiliaria

*    Dependientes de División Mercado de Capitales:
     Estructuración de Portafolios
     Gestión de Fideicomisos

*    Dependientes de la División Finanzas:
     Análisis Financiero
     Mesa de Operaciones y Tesorería

*    Dependientes de la División Banca Persona:
     Recupero
     Crédito
     Ahorro

*    Dependientes de la División Asistencia Técnica:
     Asistencia al Crédito
     Jurídico Contencioso

*    Dependientes de la División Contaduría:
     Contabilidad Patrimonial y Tributos
     Presupuesto y Contabilidad Presupuestal

*    Dependiente de la División Servicios de Apoyo:
     Compras y Suministros

*    Dependientes de la División Sistemas Aplicados:
     Producción
     Soporte Técnico

*    Dependiente de la División Gestión y Desarrollo Humano:
     Capacitación y Desarrollo

Para el resto de la estructura:
6 cargos de Ejecutivo 1 (Grado 41).
14 cargos de Ejecutivo 2 (Grado 36).
9 cargos de Ejecutivo 3 (Grado 32).
25 cargos de Administrativo 1 (grado 28).
42 cargos de Administrativo 2 (grado 15).
56 cargos de Administrativo 3 (grado 5).
7 cargos de Gerente 1 de Sucursal (GS1, Grado 46).
7 cargos de Gerente 2 de Sucursal (GS2, Grado 36).
14 cargos de Administrativo 1 de Sucursal (A1S, grado 28).
14 cargos de Administrativo 2 de Sucursal (A2S, grado 15).
14 cargos de Administrativo 3 de Sucursal (A3S, grado 5).
4 cargos de Asistente de Servicios 1 (AS1 Casa Central, grado 15).
8 cargos de Asistente de Servicios 2 (AS2, grado 5).
3 cargos de Oficial de Servicios 1 (OS1, grado 15).
3 cargos de Oficial de Servicios 2 (OS2, grado 5).
51 cargos de Profesional (Pr. Grado 45).
3 cargos Supervisor profesional (Pr. Grado 50).
14 cargos de Técnico (Tec. Grado 36).
9 cargos de Operador de Informática (Op. grado 36).
5 cargos de Técnico de Informática (Tec. grado 41).
3 cargos de Encargado de Informática (grado 45).
1 cargo de Semitécnico (ST, grado 10).
1 Supervisor General (Grado 41).

Los Grados referidos en la nómina que antecede se corresponden con el
Grado Escala Patrón Unica (GEPU) que rige para los Bancos Oficiales,
excepto para los 3 integrantes del Directorio cuyas remuneraciones son
fijadas por el Poder Ejecutivo de acuerdo con normas legales vigentes.
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