Fecha de Publicación: 01/08/2013
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Carilla: 7

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 11

 Compensación Secretarías Directores. A las secretarías de cada Director
se le asignará una partida nominal mensual de $ 23.746,oo sujeta a
montepío, reajustable con el I.P.C. cada seis meses (mes base 100,
diciembre/11), a efectos de solventar los gastos derivados de atención y
representación que el desempeño de dichas tareas implica, y serán
distribuidas por cada Director en los porcentajes que estime conveniente
para cada una de las personas que tenga a su disposición, funcionario
público o no, sin que esta retribución implique ingreso a la función
pública, debiendo además presentar los recibos pertinentes a la Gerencia
de Contaduría, previo a la liquidación de la partida subsiguiente.
Estas compensaciones tendrán además los límites establecidos en los
artículos siguientes.
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