Fecha de Publicación: 16/06/1986
Página: 612-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 8

    Para los funcionarios que pasen en comisión a la Dirección General
Impositiva, se considerará como dotación presupuestal máxima la que
perciban los funcionarios de igual escalafón y grado de la Dirección
General Impositiva.
Ayuda