Fecha de Publicación: 16/06/1986
Página: 612-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 11

   La primera calificación comprenderá el período 1º de enero al 30 de
abril de 1986 y se tomará para la distribución de los bimestres,
mayo-junio, julio-agosto y setiembre-octubre de 1986.
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