Fecha de Publicación: 26/06/2012
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 11

 (Información mínima de la memoria anual del Consejo Directivo). La
memoria anual contendrá la información referida al funcionamiento del
gobierno de la cooperativa en todos sus órganos así como la evaluación del
cumplimiento de los fines sociales y de los principios cooperativos.

A dichos efectos la memoria anual deberá incluir información sobre los
aspectos que se establecen a continuación.
I) Aplicación de los principios cooperativos
   a. Padrón social:
      i. cantidad de socios y total de socios activos según tipo de
      personas (físicas -porcentaje por sexo- o jurídicas) y según edad
      (menores de edad e incapaces, entre 18 y 29 años, entre 30 y 59
      años y mayores de 60);
      ii. altas y bajas del ejercicio (indicando causas de la baja:
      fallecimiento, voluntaria, disciplinaria, etc.), cantidad de
      solicitudes de ingreso y egreso en trámite de aprobación;
      iii. devolución de partes sociales cumplidas y pendientes;
      iv. solicitudes de afiliación aprobadas y rechazadas.
   b. Control democrático de los socios:
      i. cantidad de asistentes a asamblea ordinaria y extraordinaria;
      ii. clasificación por sexo de quienes ocupan cargos jerárquicos
      (cargos gerenciales y electivos);
      iii. planificación estratégica y plan anual de actividades;
      iv. fondos para servicios específicos.
   c. Participación económica:
      i. cantidad de trabajadores (discriminados por sexo);
      ii. trabajadores accidentados;
      iii. remuneración mínima mensual y remuneración media mensual.
   d. Autonomía e independencia:
      i. aportes de la cooperativa al capital de otras organizaciones;
      ii. cargos en otras organizaciones;
      iii. participación de otras organizaciones asociadas en cargos de la
      cooperativa;
      iv. apoyos económicos y/o técnicos recibidos de otras
      organizaciones.
   e. Educación, capacitación e información:
      i. Asistencia de socios a actividades organizadas por la
      cooperativa:
         1. actividades de educación cooperativa;
         2. actividades de capacitación técnica;
         3. actividades culturales y/o deportivas;
         4. inversión efectuada en información a los socios;
         5. inversión destinada en información al público en general.
II) Transparencia de la gestión:
   a. tasa de interés (tasa efectiva anual) por línea de negocio;
   b. detalle de préstamos otorgados en moneda extranjera. Se expondrá en
   un cuadro: montos, cantidad de socios beneficiarios, plazos y moneda;
   c. declaraciones de los miembros del Consejo Directivo acerca de las
   actividades personales o comerciales, si existieran, que puedan
   competir con las actividades de la cooperativa desarrolladas a título
   personal o por el cónyuge, concubino o parientes vinculados por
   consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado.
Por razones fundadas la Auditoría Interna de la Nación podrá autorizar a
las cooperativas, de acuerdo a la clase de que se trate, a prescindir de
brindar información sobre uno o más aspectos previstos en el presente
artículo.
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