Fecha de Publicación: 21/06/1993
Página: 521-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Artículo 12

   Para los casos de presunto ocultamiento o resistencia para permitir dosificaciones o la inspección del establecimiento o domicilio, los funcionarios actuantes solicitarán orden de allanamiento al Juez competente para proceder a efectuar las fiscalizaciones, tratamientos y contralores necesarios y la asistencia de la fuerza pública si ello fuese necesario.
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