Fecha de Publicación: 21/06/1993
Página: 521-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Decreto 193/993

Reglaméntase la ley 13.459, con modificaciones introducidas por la ley 16.106, referente a la erradicación de la hidatidosis humana y animal.
(712)

Ministerio de Salud Pública

                                  Montevideo, 27 de abril de 1993.

   Visto: la necesidad de reglamentar la Ley 13.459 del 9 de diciembre de
1965 con las modificaciones introducidas por la Ley 16.106 de 24 de
enero de 1990 dictadas con el fin de erradicar la hidatidosis humana y
animal.

   Considerando: I)  por Decreto 167/991 de 20 de marzo de 1991 se aprobó
el reglamento de funcionamiento de la Comisión Nacional de Lucha contra la Hidatidosis;

   II) es conveniente completar la reglamentación de las leyes anteriores
citadas en lo que tiene relación con la propiedad y tenencia de perros
dentro del territorio nacional.

   Atento: a lo establecido por el artículo 168 numeral 4º de la
Constitución de la República,

   El Presidente de la República

                               DECRETA:

    
                               CAPITULO I
                           
                Sobre la propiedad y tenencia de perrros

Artículo 1

   Los propietarios o tenedores de perros a cualquier título, deberán
mantenerlos libres de infecciones por Tenia Equinococo, estando obligados
a facilitar la revisión y control sanitario de los animales y de las
instalaciones de su establecimiento, predio o domicilio.

AGUIRRE RAMIREZ - GUILLERMO GARCIA COSTA.
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