Decreto 193/993
Reglaméntase la ley 13.459, con modificaciones introducidas por la ley 16.106, referente a la erradicación de la hidatidosis humana y animal.
(712)
Ministerio de Salud Pública
Montevideo, 27 de abril de 1993.
Visto: la necesidad de reglamentar la Ley 13.459 del 9 de diciembre de
1965 con las modificaciones introducidas por la Ley 16.106 de 24 de
enero de 1990 dictadas con el fin de erradicar la hidatidosis humana y
animal.
Considerando: I) por Decreto 167/991 de 20 de marzo de 1991 se aprobó
el reglamento de funcionamiento de la Comisión Nacional de Lucha contra la Hidatidosis;
II) es conveniente completar la reglamentación de las leyes anteriores
citadas en lo que tiene relación con la propiedad y tenencia de perros
dentro del territorio nacional.
Atento: a lo establecido por el artículo 168 numeral 4º de la
Constitución de la República,
El Presidente de la República
DECRETA:
CAPITULO I
Sobre la propiedad y tenencia de perrros
Artículo 1
Los propietarios o tenedores de perros a cualquier título, deberán
mantenerlos libres de infecciones por Tenia Equinococo, estando obligados
a facilitar la revisión y control sanitario de los animales y de las
instalaciones de su establecimiento, predio o domicilio.