Fecha de Publicación: 03/02/2025
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Carilla: 3

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 8

   Sustitúyese el literal b) del literal C) de artículo 23 del Decreto N° 228/023, de 31 de julio de 2023, por el siguiente:
   "b) Podrán optar por no quedar comprendidos en el Seguro Nacional de Salud, siempre que acrediten al momento de realizar la opción, que se cuenta con cobertura integral de similar alcance según informe de la Junta Nacional de Salud."
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