Fecha de Publicación: 25/05/2001
Página: 436-A
Carilla: 30

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 41

 Comuníquese, publíquese etc.
BATLLE, ALVARO ALONSO.


                                  ANEXOS                                  
                                                                          
ANEXO I.

Aplicabilidad de las 5 Reglas de Oro

          TIPO DE INSTALACION
LAS "5 REGLAS DE ORO" PARA TRABAJAR EN  BAJA TENSION        ALTA TENSION
INSTALACIONES ELECTRICAS SIN TENSION     V menor o             V mayor 
                                         igual que            que 1000 V
                                           1000 V
 1ª Abrir todas las fuentes de tensión.  OBLIGATORIO         OBLIGATORIO
 2ª Enclavamiento o bloqueo, si es
    posible, de los aparatos de          OBLIGATORIO, SI ES  OBLIGATORIO,
    corte (*)                              POSIBLE              SI ES
                                                               POSIBLE
 3ª Comprobación de la ausencia de       OBLIGATORIO         OBLIGATORIO
    tensión.     
 4ª Puesta a tierra y en                 RECOMENDABLE        OBLIGATORIO
    cortocircuito
 5ª Señalización y delimitación de       RECOMENDABLE        OBLIGATORIO
    la zona de trabajo.

 (*) La señalización en los mandos de los aparatos de corte o
 en su proximidad inmediata, es obligatoria en todos los casos

ANEXO II.

Magnitudes eléctricas fundamentales

MAGNITUD     SIMBOLO DE LA MAGNITUD      UNIDAD      SIMBOLO DE LA UNIDAD

 TENSION              V                  VOLTIO                V
INTENSIDAD            I                 AMPERIO                A
RESISTENCIA           R                  OHMIO                 ê
 POTENCIA             W                  VATIO                 W



ANEXO III.
Referencias normativas. La presente reglamentación se fundamenta en las 
siguientes normas, Reglamentos, Instrucciones y Métodos, que son de 
aplicación obligatoria, según disposiciones del Organismo competente
-     NORMA DE SEGURIDAD ELECTRICA (NS1D)
-     REGLAMENTO DE BAJA TENSION.
-     NORMA DE INSTALACIONES.
-     INSTRUCCION GENERAL PARA LA REALIZACION DE LOS TRABAJOS CON TENSION 
      EN BAJA TENSION.
-     METODO DE CONTACTO PARA TRABAJOS CON TENSION EN BAJA TENSION.
-     INSTRUCCION GENERAL PARA LA REALIZACION DE LOS TRABAJOS CON TENSION 
      EN ALTA TENSION.
-     METODOS PARA TRABAJOS CON TENSION EN ALTA TENSION.
-     NORMA DE SEÑALIZACION DE ACTIVIDADES LABORALES E INSTALACIONES EN 
      MATERIA DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO (N.MA.01.28/0)

ANEXO IV.
Información que deberá contener y desarrollar, la memoria técnica sobre 
instalación eléctrica de obra, dispuesta por Art. 4, de la presente 
reglamentación:

A - Datos de la Obra (Razón Social; ubicación geográfica)
B - Características Generales de la instalación eléctrica.
C - Dispositivos de Protección y Maniobra.
D - Sistema de Tableros principales y secundarios.
E - Instalación activa y del sistema de puesta a tierra.
F - Otros datos, si correspondiere.
G - Firma y aclaración de firma de electricista habilitado, según art. 
    4.
H - Fecha.
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