Fecha de Publicación: 25/05/2001
Página: 436-A
Carilla: 30

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 36

 Se deberán establecer procedimientos de actuación para el salvamento y 
rescate en caso de accidente eléctrico según las características de la 
obra.

CAPITULO IX - DISPOSICIONES GENERALES
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