Interruptores y Cortacircuitos Fusibles de Baja Tensión. Los
interruptores y cortacircuitos fusibles de baja tensión deberán cumplir
con las siguientes prescripciones:
11.1- Los cortacircuitos fusibles no estarán al descubierto a menos que
estén montados de tal forma que no puedan producirse proyecciones ni
arcos eléctricos accidentales.
11.2- Los interruptores deberán ser de equipo completamente cerrado, que
imposibilite, en cualquier caso, el contacto fortuito con personas, o
cualquier otro elemento material.
11.3- Se prohibe el uso de interruptores denominados "de palanca" o "de
cuchilla" que no cuenten con la protección adecuada.
11.4- Los interruptores situados en locales de carácter inflamable o
explosivo se colocarán fuera de la zona de peligro. Cuando ello sea
imposible, estarán cerrados en cajas antideflagrantes cumpliendo las
disposiciones de la autoridad competente para estos locales en
particular.
11.5- Los cortacircuitos fusibles montados en tableros de distribución
deberán ser de construcción tal, que ningún elemento con tensión pueda
tocarse involuntariamente.
CAPITULO V - NORMAS Y SEÑALIZACION