Fecha de Publicación: 16/05/2003
Página: 708-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Artículo 2

 Comuníquese, publíquese y pase a la citada Dirección Nacional, a sus 
efectos.
BATLLE, JUAN LUIS AGUERRE, SAUL IRURETA.

                      REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY
                MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS                 
                      DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD                      
                                                                          
"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen 
electrónica del mismo."


                             MANUAL AMBIENTAL                             
                                                                          
                       PARA OBRAS Y ACTIVIDADES DEL                       
                                                                          
                               SECTOR VIAL                                
                                                                          
                               Mayo de 1998                               
                                                                          
                             MANUAL AMBIENTAL                             
                       PARA OBRAS Y ACTIVIDADES DEL                       
                               SECTOR VIAL                                
                                                                          
PRESENTACION

Las Administraciones Viales de todos los países invierten cifras 
millonarias en procura de reducir los costos globales de transporte, de 
volver más competitivas a las industrias y de contribuir al desarrollo de 
sus sociedades. Ese afán, sano por cierto, se complementa con inversiones 
del sector privado en maquinaria y capacitación de su gente, en buscar 
mayor eficiencia incrementando el rendimiento productivo.

Todo este vertiginoso movimiento de gente y equipos, que altera directa o 
indirectamente el paisaje y el ambiente tiene asociado un costo 
generalmente no previsto, y, cuando aparece, no considerado. Es el costo 
de afectar el ambiente en que nos desarrollamos.

Toda obra, por pequeña que sea, trae asociado un impacto ambiental. Es 
inevitable, y debe convivirse con ello. Pero la conciencia colectiva de 
una sociedad, a través de sus instituciones públicas o sus organizaciones 
privadas, reclama vivamente que esos efectos, aún cuando sean 
sensiblemente menores que los beneficios que una obra arroja, sean 
minimizados.

El presente trabajo, de la Unidad Ambiental, especialmente del ingeniero 
Gabriel Luongo, y de la consultora INGENDESA, a través de los ingenieros 
César Ormazabal y Bertram Husch, que la Dirección Nacional de Vialidad 
hace suyo con orgullo, es una contribución a ese espíritu, que se 
complementa con las cláusulas que se han incorporado a los Pliegos de 
Licitaciones de obras viales. Es un aporte técnico, con profundo 
contenido humano porque, en definitiva, se trata de crear mejores 
condiciones de vida para nosotros, nuestros hijos y los hijos de nuestros 
hijos.

                             Ing. Agustín Aguerre
                        Director Nacional de Vialidad
                  Ministerio de Transporte y Obras Públicas 

PROLOGO

Los proyectos viales se llevan a cabo para mejorar las condiciones de 
fluidez y seguridad vial, así como para proporcionar bienestar social a 
aquellos que usan las carreteras.

Entre los beneficios de la ejecución de proyectos viales, se pueden 
mencionar los siguientes:
-     Reducción del tiempo de viaje.
-     Mejoramiento del acceso a nuevos mercados y servicios.
-     Creación y aumento de fuentes de trabajo.
-     Reducción de costos de transporte.
-     Reducción en costos de mantenimiento de vehículos.
-     Disminución en emisión de gases contaminantes y ruidos.
-     Ahorro en los costos de mantenimiento de las carreteras.
-     Disminución en las tasas de accidentes.

La Dirección Nacional de Vialidad (DNV) del Ministerio de Transporte y 
Obras Públicas (MTOP), de acuerdo a la legislación vigente y consciente 
de su responsabilidad de compatibilizar las necesidades de mejorar la 
infraestructura vial del país con la protección del ambiente, ha 
elaborado el presente Manual Ambiental aplicado al Sector Vial.

Las Especificaciones Ambientales Generales (EAG), contenidas en la 
segunda parte de este manual, se consideran parte integral de los 
contratos que se rigen por el documento denominado "Pliego de Condiciones 
Generales (PCG) de la Dirección Nacional de Vialidad, para la 
construcción de puentes y carreteras" y de otros pliegos y contratos que 
la DNV elabore para la ejecución física de las obras.

En caso de incompatibilidad entre los expresado en el PCG y las EAG, 
prima lo establecido en estas últimas.

Las EAG tienen como objetivo general la protección del ambiente, mediante 
la readecuación y el establecimiento de una serie de disposiciones para 
mitigar los impactos ambientales generados por las acciones propias de 
las obras en sus etapas de proyecto, construcción y mantenimiento durante 
la operación.

El cumplimiento de las EAG no libera al Constructor de cumplir con las 
obligaciones legales ambientales que existen en Uruguay y que aquí no 
hayan sido señaladas expresamente.

INTRODUCCION

A.  Objetivos del manual

El objetivo de este manual es ofrecer lineamientos y especificaciones 
ambientales generales a los Proyectistas y Constructores de obras viales, 
a fin de contribuir a la protección del ambiente inserto en el área de 
influencia de los proyectos viales, de modo de aportar al desarrollo 
sustentable del país.

Este manual establece las medidas que se deben tomar para mitigar los 
impactos sobre el ambiente, causados por las obras viales, tanto en las 
fases de proyecto y construcción como de mantenimiento durante la 
operación de las carreteras.

Por otra parte, si bien este manual indica donde son necesarios los 
estudios de impacto ambiental o estudios biológicos, no es su propósito 
detallar las metodologías específicas para hacer dichos análisis o 
evaluaciones, debido a que hay abundante bibliografía que trata tales 
temas en particular.

B.  Estructura del manual

El manual está estructurado en dos Partes: la Parte I, denominada 
"Lineamientos Ambientales", consta de cinco capítulos. El Capítulo 1 
contiene una síntesis del marco legal ambiental aplicable a la 
construcción o rehabilitación de obras del sector vial. El Capítulo 2 
presenta, en forma resumida, los listados de obras genéricas y el 
Capítulo 3 la lista de actividades genéricas involucradas en la 
construcción y mejoramiento de carreteras y otras instalaciones propias 
de la actividad vial. El Capítulo 4 entrega la enumeración genérica de 
los impactos y riesgos ambientales que ellas pueden provocar, y el 
Capítulo 5 muestra la lista de recomendaciones ambientales genéricas a 
los problemas ambientales más típicos que enfrentan las obras y 
actividades del sector vial.

La Parte II, denominada "Especificaciones Ambientales Generales", ocupa 
el mayor espacio del Manual y está subdividida en dos Secciones: A y B.

La Sección A, "Medidas para Actividades de la Fase de Proyecto (Diseño)", 
está orientada a dar algunos lineamientos generales al Proyectista e 
indicarle claramente los casos en que requerirá someter el proyecto a 
solicitud de Autorización Ambiental Previa ante la Dirección Nacional del 
Medio Ambiente (DINAMA).

Dado que este manual está orientado fundamentalmente a los Constructores 
y Directores de Obra, la Sección A, dirigida al Proyectista, está tratada 
con menos énfasis. Esto no quiere decir que el rol del Proyectista sea 
menor, en cuanto a que sus decisiones, especialmente de localización, 
diseño y magnitud de las obras, son decisivas en cuanto a los efectos 
sobre el ambiente. Sin embargo, a fin de no demorar la edición de este 
primer manual, se dejará para futuras ediciones el abordar con mayor 
profundidad las EAG dirigidas al Proyectista.

En consecuencia, la Sección A consta de dos capítulos que se concentran 
en definir los criterios ambientales que se deben considerar en la 
selección de nuevos tramos de carreteras o rectificación de las 
existentes, así como en las consideraciones sociales que deben observarse 
en la expropiación de terrenos y relocalización de personas. También se 
hace referencia a la selección de lugares para construir nuevos puentes y 
terminales.

La Sección B, "Medidas para Actividades de las Fases de Obra y de 
Mantenimiento (Construcción y Operación)", consta de doce capítulos que 
especifican las medidas que el Constructor deberá aplicar para la 
realización de las diferentes actividades propias de la construcción de 
obras viales. Estas medidas están tratadas como "generales", vale decir, 
son medidas que se pueden aplicar a actividades comunes a varios tipos de 
obras, tanto temporales (campamentos, talleres, depósitos, acopios, 
plantas de producción de materiales, etc.) como permanentes (tramos de 
carreteras, puentes, etc.).

Luego, la Sección B incluye también un capítulo denominado "Costos de 
Medidas Ambientales y Forma de Pago". Este trata sobre los costos de 
actividades de protección ambiental que se deben incluir en un contrato y 
el mecanismo para asegurar que el Constructor cumpla las medidas 
ambientales, antes de proceder a la totalidad del pago.

Finalmente se presentan cuatro anexos. El Anexo I presenta los 
"Procedimientos para el dictado de la Autorización Ambiental Previa. En 
el Anexo II se presenta una "Clasificación ambiental de proyectos 
viales", con el objeto de indicar las posibles categorías a asignar por 
parte de la autoridad ambiental, según los tipos de proyectos. También 
este anexo aclara la exacta connotación y alcances de las actividades que 
involucran las palabras tales como "mantenimiento", "rehabilitación", 
"mejora", "obra nueva", las que a veces se usan e intercambian sin 
discriminación". El Anexo III presenta la definición de términos, 
dividida en dos partes: a) Términos Viales, orientada a definir aquellos 
términos frecuentes en las obras viales, poco conocidos por los 
especialistas en manejo ambiental; b) Términos ambientales, orientada a 
definir aquellos términos frecuentes entre los especialistas en manejo 
ambiental, que son poco conocidos por los Proyectistas y Constructores de 
obras viales. El Anexo IV presenta la citas bibliográficas de los 
principales libros y documentos inéditos consultados para la elaboración 
del presente manual.

C.  Instrucciones de uso

Este manual utiliza los términos "Proyectista" y "Constructor", en varias 
de las descripciones. Se debe entender que la función del "Proyectista" 
es diseñar la obra, estableciendo las especificaciones para la 
construcción o rehabilitación de carreteras u otras obras e instalaciones 
viales. El Proyectista puede ser la propia DNV o consultores contratados. 
Las medidas ambientales en esta fase de proyecto están concentradas en la 
Sección A de este manual.

Por otro lado, el término "Constructor" en este manual se refiere a la 
empresa que realiza las actividades necesarias para ejecutar el diseño 
del Proyectista, vale decir, construir o mantener las obras físicas, 
independiente de la forma del contrato (por precio unitario, por 
indicadores de resultados, por concesiones, etc.). Las medidas que el 
Constructor deberá acatar están especificadas en los doce capítulos de la 
Sección B. Si, durante la ejecución de una obra, un Constructor encuentra 
dudas o discrepancias en algún detalle del diseño, deberá avisar al 
Proyectista sobre ellas, con el fin de llegar a una solución de la 
dificultad. En ningún caso el Constructor debe modificar unilateralmente 
cualquier aspecto del diseño.

D.  Revisión y actualización del manual

La DNV tiene previsto revisar periódicamente este manual, a fin de 
efectuar los ajustes requeridos, de acuerdo a la experiencia que vaya 
obteniendo durante su aplicación (especialmente durante los primeros 
años) e incorporar nuevas medidas, así como mejorar y actualizar el 
presente contenido.

En especial se irá completando la mención a normas y leyes relacionadas 
con el ambiente que existen o que se dicten, de manera que cuando se 
precise la aplicación de medidas, normas, procesos, instrumentos, 
métodos, etc. que estén normados o reglamentados, en el presente manual 
sólo se hará referencia a la norma, especificando cuando sea el caso la 
fecha de su publicación en el Diario Oficial. Si no existe norma, en este 
manual se presentarán los criterios, métodos, dimensiones y medidas que 
regirán para las obras del sector vial, hasta que se dicten las 
respectivas normas oficiales por parte de los organismos especializados.

                                 PARTE I                                  
                                                                          
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electrónica del mismo."

                               LINEAMIENTOS                               
                               AMBIENTALES                                
                                                                          
                    Parte I: Lineamientos Ambientales                     
                                                                          
CAPITULO 1: MARCO LEGAL AMBIENTAL Y DISPOSICIONES RELACIONADAS

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1.1.     Ley y Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental

La principal legislación uruguaya que tiene el objetivo de proteger el 
ambiente es la Ley y el Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental: la 
Ley 16.466 del 19 de enero de 1994 y el Decreto 435/94 del 21 de 
setiembre de 1994, respectivamente.

El objetivo general de esta Ley está resumido en su primer artículo que 
dice: "Declárase de interés general y nacional la protección del medio 
ambiente contra cualquier tipo de depredación, destrucción o 
contaminación, así como la prevención del impacto ambiental negativo o 
nocivo y, en su caso, la recomposición del ambiente dañado por 
actividades humanas".
El inciso "a" del Artículo 6º de la Ley, especifica que las actividades, 
construcciones u obras de carreteras y puentes, públicas o privadas, 
quedan sometidas a la realización previa de un estudio ambiental.

Además, el inciso "e" incluye la "Extracción de minerales y de 
combustibles fósiles". Basado en esta referencia a la extracción de 
minerales, el Reglamento incluyó los agregados pétreos, razón por la cual 
quedó sometida a la realización previa de un estudio de impacto 
ambiental, la apertura de nuevas canteras o el reinicio de la explotación 
de las que hubieran sido abandonadas y cuya autorización original no 
hubiera estado sujeta a evaluación ambiental.

Por otra parte, el Artículo 7º de la Ley dice que "Para iniciar la 
ejecución de las actividades, construcciones u obras en las que estén 
involucradas cualesquiera de las situaciones descritas en el artículo 
anterior, los interesados deberán obtener la autorización previa del 
Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente 
(MVOTMA), el que requerirá el asesoramiento del o de los Ministerios o 
Gobiernos Departamentales que tuvieran que ver con dichas obras o 
trabajos".

El Artículo 2º del Reglamento especifica en más detalle los requisitos de 
autorización ambiental en relación con obras del sector vial con la 
siguiente redacción:
"Requerirán la Autorización Ambiental Previa, las actividades, 
construcciones u obras que se detallan a continuación, sean las mismas de 
titularidad pública o privada:

1)  construcción de carreteras nacionales o departamentales, cuando 
    impliquen trazados nuevos, rectificaciones de trazados existentes o 
    ensanche de los mismos.

3)  construcción de nuevos puentes.

11) extracción de minerales, cuando implique: la apertura de canteras 
    o galerías, la realización de nuevas perforaciones o el reinicio de la
    explotación de canteras, galerías o perforaciones que hubieran sido 
    abandonadas y cuya autorización original no hubiera estado sujeta a 
    evaluación del impacto ambiental.

17) construcción de terminales públicas de carga y descarga y de
    terminales de pasajeros.

Debido a las posibilidades amplias de interpretación de la Ley y de su 
Reglamento, es conveniente establecer especificaciones sobre la manera de 
llevar a cabo las actividades necesarias para realizar las obras 
mencionadas, con el mínimo impacto negativo al ambiente.

1.2.     Procedimiento para el dictado de la Autorización Ambiental Previa

Antes de iniciarse una obra que requiere Autorización Ambiental Previa, 
ésta debe gestionarse por el Proyectista ante la DINAMA.

El procedimiento completo para este trámite se presenta en el Anexo I, 
incluyendo:
a)  comunicación del proyecto.
b)  clasificación del proyecto.
c)  solicitud de la Autorización Ambiental Previa.
d)  estudio de impacto ambiental.
e)  puesta de manifiesto.
f)  audiencia pública.
g)  resolución ministerial.
 
1.3.     Otras disposiciones legales relacionadas con aspectos viales y 
ambientales

Algunas otras leyes relacionadas con aspectos viales y ambientales se 
mencionan en el Cuadro 1.1. Este listado no pretende indicar toda la 
legislación que un Proyectista o Constructor debe observar en el diseño o 
ejecución de una obra vial, sino sólo hacer presente las más importantes. 
Siempre será una responsabilidad del ejecutor o constructor de las obras 
el conocer y cumplir con toda la legislación pertinente.

   Error! Bookmark not defined. Cuadro 1.1.:     Legislación uruguaya 
 relacionada con aspectos ambientales de actividades desarrolladas por el 
                       Sector Vial (ordenada por fecha)
 Nº Ley o                   Tema                               Fecha
Reglamento
             Ley Nacional de Expropiaciones y
             sus posteriores anexos, por la cual 
 Ley 3.958   se indemniza a los afectados por
             expropiación, por el valor de sus
             tierras, mejoras, daños y perjuicios.         28 marzo 1912
 Ley 5.032   Prevención de accidentes del trabajo.         21 julio 1914
Decreto Ley
  10.415     Uso y transporte de explosivos.             12 febrero 1943
 Decreto
 2605/943    Uso y transporte de explosivos.              7 octubre 1943
Ley 10.459   Contratación de personal.                    diciembre 1943
 Decreto
 365/969     Uso y transporte de explosivos.               31 julio 1969
 Decreto
 353/975     Uso y transporte de explosivos.               29 abril 1975
Circular 7   Normas de seguridad para los transportes     Setiembre 1978
             de explosivos. Servicio de Material y
             Armamento.
Decreto Ley
  14.859     Código de Aguas (art. 153).                 15 diciembre 1978
 Decreto     Normas para prevenir la contaminación
 253/979     ambiental.                                     9 mayo 1979
             mediante el control de las aguas.           D.O. 31 mayo 1979
Ley 15.903   Modificación al Código de Aguas (art. 193). 10 noviembre 1987
 Decreto
 406/988     Seguridad, higiene y salud ocupacional.       3 junio 1988
 Decreto
 849/988     Prevención y combate de incendios
             forestales.                                 14 diciembre 1988

Cuadro 1.1.:     Legislación uruguaya relacionada con aspectos 
ambientales de actividades desarrolladas por el Sector Vial (ordenada por 
fecha)
 Nº Ley o    Tema                                              Fecha
Reglamento
Ley 16.112   Ley de creación del Ministerio de
             Vivienda, Medio Ambiente y                    30 mayo 1990
             Ordenamiento Territorial.
 Decreto     Adecua las normas del Decreto 253/979         4 abril 1991
 195/991     y sus modificaciones vigentes.              D.O. 8 julio 1991
 Decreto      
 91/993      Uso y transporte de explosivos.              24 febrero 1993
 Decreto     Comisión técnica asesora de la protección 
 261/993     del medio ambiente.                           4 junio 1993
Ley 16.466   Ley de Evaluación de Impacto Ambiental.       19 enero 1994
 Decreto     Adecuación del Decreto 261/993.               28 junio 1994
 303/994
 Decreto     Establece la Política Nacional de             1º julio 1994
 310/994     Ordenamiento Territorial.
 Decreto     Manejo de sustancias tóxicas y peligrosas.     5 julio 1994
 320/994
             Reglamento de Evaluación de Impacto 
             Ambiental por el cual se regula los 
 Decreto     procedimientos a seguir para la             21 setiembre 1994
 435/994     determinación del impacto ambiental
             que las actividades, construcciones
             u obras originan en el ambiente.
             Reglamento de la Ley 16.466.
 Decreto
 89/995      Adecua la normativa en materia de
             seguridad e higiene para la industria        21 febrero 1995
             de la construcción.                        D.O. 14 marzo 1995
 Decreto     Homologación de normas técnicas 
 103/996     previstas en el decreto 406/988,
             relativas a salud, seguridad e                20 marzo 1996
             higiene en el trabajo.
 Decreto     Normas que garantizan la integridad           10 julio 1996
 283/996     física y la salud de los trabajadores.

CAPITULO 2: OBRAS GENERICAS

"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen 
electrónica del mismo."

En esta categoría cabe distinguir entre obras e instalaciones permanentes 
y aquellas temporales.

Las obras e instalaciones permanentes son aquellas de carácter definitivo 
(o de largo plazo), que permiten operar las carreteras para efectos de 
transporte de pasajeros y de carga.

Las obras e instalaciones temporales son aquellas de carácter provisorio 
(o de corto plazo), que sirven para la construcción de las obras 
permanentes.

A continuación se indican las principales obras permanentes y temporales 
del sector vial, cuya construcción, operación o abandono podría tener 
efectos sobre el ambiente.

2.1.     Obras e instalaciones permanentes

         -  Caminos y carreteras.
         -  Puentes y alcantarillas.
         -  Estructuras e instalaciones complementarias (pasajes a
            desnivel, pasarelas peatonales, puestos de peaje, puestos de
            pesaje, barreras antirruidos, empalmes, cruces, iluminaciones,
            señalizaciones, terminales, parquizaciones).

2.2.     Obras e instalaciones temporales

         -  Accesos a frentes de trabajo y desvíos de tránsito.
         -  Ataguías y desvíos de cauces.
         -  Campamentos, talleres y depósitos.
         -  Canteras y préstamos.
         -  Plantas de áridos, asfalto y hormigón.

CAPITULO 3: ACTIVIDADES GENERICAS

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electrónica del mismo."

Esta categoría comprende las acciones que se realizan para construir, 
mantener, operar o desmantelar una obra, instalación o equipamiento.

Las actividades principales que se realizan en los proyectos de 
construcción o rehabilitación de obras viales, que pueden generar 
impactos ambientales, se resumen a continuación:

3.1.     Durante la Etapa de Proyecto (Diseño)

         -  Determinar o modificar el trazado de la carretera.
         -  Diseñar las obras viales principales y complementarias.
         -  Expropiar terrenos.

3.2.     Durante la Etapa de Obra (Construcción)

         -  Demandar bienes y servicios.
         -  Contratar mano de obra.
         -  Eliminar vegetación, mediante corta o aplicación de
            herbicidas.
         -  Abrir caminos de acceso a las obras.
         -  Establecer desvíos de tránsito.
         -  Instalar y operar campamentos, talleres y depósitos.
         -  Desviar temporal o permanentemente o despejar cauces.
         -  Construir o renovar alcantarillas y puentes.
         -  Construir estructuras complementarias.
         -  Excavar, rellenar y mover suelos.
         -  Perfilar taludes.
         -  Establecer y operar acopios de materiales.
         -  Operar maquinaria y vehículos.
         -  Instalar y operar plantas de áridos, asfalto, hormigón u otros
            materiales.
         -  Abrir y explotar canteras y sitios de préstamos.
         -  Transportar, cargar y descargar materiales.
         -  Aplicar capas de rodadura.
         -  Demoler estructuras y puentes.

3.3.     Durante la Etapa de Abandono de Obras

         -  Abandonar campamentos, talleres y depósitos.
         -  Abandonar acopios de materiales.
         -  Abandonar instalaciones de plantas de áridos, asfalto,
            hormigón y otros materiales requeridos.
         -  Abandonar canteras y sitios de préstamos.

3.4.     Durante la Etapa de Mantenimiento y Operación

         -  Demandar bienes y servicios.
         -  Contratar mano de obra.
         -  Cortar el pasto y limpiar la faja.
         -  Aplicar herbicidas.
         -  Abrir y explotar canteras.
         -  Ejecutar obras de mantenimiento menor.
         -  Instalar y mantener señalización.
         -  Operar maquinaria y vehículos.
         -  Operar puestos de peaje y de pesaje.
         -  Establecer y operar acopios de materiales.
         -  Cargar, transportar y descargar materiales.

CAPITULO 4: IMPACTOS Y RIESGOS AMBIENTALES GENERICOS

"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen 
electrónica del mismo."

La ejecución de las actividades de los proyectos viales pueden provocar 
impactos negativos en los componentes físicos - químicos (agua, suelo, 
atmósfera), bióticos (flora y fauna) y antrópicos (social, económico, 
cultural y paisajístico) del ambiente. Son afectados con mayor intensidad 
tanto los recursos naturales como las personas y las propiedades que 
están dentro del área de influencia directa de las obras del proyecto.

En los cuadros siguientes se resumen los impactos ambientales que pueden 
afectar los distintos componentes del ambiente físico - químico, biótico 
y antrópico, según la etapa: proyecto (Cuadro 4.1), obra (Cuadro 4.2), 
término de construcción (Cuadro 4.3) y mantenimiento y operación (Cuadro 
4.4).

Error! Bookmark not defined. Cuadro 4.1: Actividades de la obra que 
podrían causar impactos a los componentes ambientales

      Actividades durante la
        Etapa de Proyecto
             (Diseño)                  Componentes del Ambiente afectados
                                      Físico -     Bióticos     Antrópicos
                                     Químicos
Determinar o modificar el trazado
de la carretera                                                     X
Diseñar las obras viales                                            X
Expropiar terrenos                                                  X

Error! Bookmark not defined. Cuadro 4.2: Actividades que podrían causar 
impactos a los componentes ambientales

      Actividades durante la
          Etapa de Obra                Componentes del Ambiente afectados
         (Construcción)               Físico -     Bióticos     Antrópicos
                                     Químicos
Demandar bienes y servicios                                         X
Contratar mano de obra                                              X
Eliminar vegetación                     X              X
Abrir caminos de servicio a las obras   X
Establecer desvíos de tránsito          X              X            X
Instalar y operar campamentos,
talleres y depósitos                    X                           X
Desviar temporal o permanentemente,
o despejar cauces                       X              X
Construir estructuras complementarias   X
Construir o renovar alcantarillas
y puentes                               X              X            X
Excavar, rellenar y mover suelos        X
Perfilar taludes                        X
Operar maquinaria y vehículos           X                           X
Establecer y operar acopios
de materiales                           X                           X
Instalar y operar plantas de áridos,
asfalto, hormigón y otros materiales    X
Abrir y explotar canteras y sitios
de préstamos                            X              X
Cargar, transportar y descargar
materiales                              X
Aplicar capas de rodadura               X
Demoler estructuras y puentes           X

Error! Bookmark not defined. Cuadro 4.3: Actividades que podrían causar 
impactos a los componentes ambientales

      Actividades durante la
    Etapa de Abandono de Obras         Componentes del Ambiente afectados
    (Término de construcción)         Físico -     Bióticos     Antrópicos
                                     químicos
Cerrar o abandonar campamentos
y talleres                              X                           X
Cerrar o abandonar acopios y
depósitos de materiales                 X
Cerrar o abandonar caminos
de servicio                             X                           X
Cerrar o abandonar plantas de
áridos, asfalto, hormigón y
otros materiales                        X                           X
Cerrar o abandonar canteras y
sitios de préstamo                      X

Error! Bookmark not defined. Cuadro 4.4: Actividades que podrían causar 
impactos a los componentes ambientales

      Actividades durante la
             Etapa de                  Componentes del Ambiente afectados
     Mantenimiento y Operación        Físico -     Bióticos     Antrópicos
                                     químicos
Demandar bienes y servicios                                         X
Contratar mano de obra                                              X
Cortar el pasto y limpiar la faja                      X
Aplicar herbicidas                      X              X
Abrir y explotar canteras               X              X            X
Ejecutar obras de mantenimiento menor   X              X
Instalar y mantener señalización                                    X
Operar maquinaria y vehículos           X              X
Operar puestos de peaje y de pesaje                                 X
Establecer y operar acopios
de materiales                           X
Cargar, transportar y descargar
materiales                              X

Por otra parte, hay ciertos impactos ambientales negativos que ocurrirán 
inevitablemente en cualquier obra, mientras que existen otros tipos de 
impactos que no siempre se manifiestan y que por ello se denominan 
"riesgos ambientales". Su ocurrencia depende de las situaciones 
específicas del tipo de obra, localización, circunstancias, etc.

La ocurrencia, magnitud e intensidad dependerá de las características 
particulares de las actividades y de la localización de las obras viales. 
Para cada tipo de impacto, se identifica su grado de certeza, 
calificándolo en ineludible (vale decir que hay certeza total que 
ocurrirá y que no se puede evitar) y potencial (vale decir sólo existe el 
riesgo o probabilidad inferior al 100% de que ocurra). Además se 
identifica la duración del impacto, clasificando cada impacto en si es 
temporal o permanente.

Los cuadros 4.5, 4.6 y 4.7 presentan una esquematización de los impactos 
ineludibles y potenciales a los componentes ambientales, causados por 
actividades del Sector Vial según su certeza de ocurrencia y duración. Se 
presentan por separado para el Medio Físico - Químico (Cuadro 4.5), Medio 
Biótico (Cuadro 4.6) y Medio Antrópico (Cuadro 4.7).

Error! Bookmark not defined. Cuadro 4.5:     Impactos ineludibles y 
     potenciales a los componentes ambientales, causados por actividades
     del Sector Vial.
     Medio Físico - Químico

                                       Certeza del          Duración del
                          IMPACTO        Impacto              Impacto
                                     Inelu-     Poten-     Tem-     Perma-
                                     dible       cial      poral    nente

                   MEDIO FISICO-QUIMICO
                         ATMOSFERA
Aumento del nivel de presión
sonora (ruido) y vibraciones           X                     X
Contaminación del aire con material
particulado y emisiones gaseosas
tóxicas                                X                     X
                          SUELOS
Derrumbes en excavaciones y operación
de préstamos y canteras                           X          X
Remoción y pérdidas de suelos
orgánicos superficiales                X                              X
Aumento de la erosión                             X          X
Inestabilidad de laderas y
orillas de cauces                                 X          X
Compactación y otras modificaciones
del suelo                              X                              X
Reducción de la velocidad de
infiltración de agua                   X                              X
Contaminación del suelo con
aceites, grasas,combustibles
y otros líquidos y sólidos                        X          X
                           AGUAS
Impermeabilización de áreas de
recarga de acuíferos                   X                              X
Cambios en los flujos de las
aguas superficiales y subterráneas                X                   X
Aumento del escurrimiento de
agua superficial                                  X                   X
Alteración del sistema de
drenaje natural                                   X                   X
Aporte de sólidos al agua,
causando mayor turbiedad                          X          X
Aumento de sedimentación en
cuerpos de agua                                   X          X
Aumento en la cantidad de
elementos químicos en el agua,
causando degradación de su calidad                X          X
Modificación de los patrones de
infiltración en la zona
de construcción                        X                              X
Contaminación de agua superficial
y subterránea con aceites, grasas,
combustibles y otros líquidos y
sólidos                                           X          X
Modificación del nivel freático                   X          X
Desvíos y cambios en los cauces
de agua                                           X          X
Aumento de desechos en los cauces
de agua                                           X          X
Creación de cuerpos de agua
estancados en préstamos y canteras                X          X

Error! Bookmark not defined. Cuadro 4.6:     Impactos ineludibles y 
   potenciales a los componentes ambientales, causados por actividades del
   Sector Vial. Medio Biótico

                                       Certeza del          Duración del
          IMPACTO                        Impacto              Impacto
                                     Inelu-     Poten-     Tem-     Perma-
                                     dible       cial      poral    nente

                        MEDIO BIOTICO
                            FLORA
Pérdida de la cubierta vegetal                    X                   X
Reducción o eliminación de la
población de especies de
flora silvestre                                   X          X
Cambios en la composición de
la flora, reduciendo número
de especies                                       X          X
Aumento del peligro de
incendios forestales                              X          X
Creación de residuos de
vegetación producto del despeje        X                     X
Mortalidad o daño a la vegetación
en la zona, por emisiones
líquidas, sólidas y gaseosas                      X          X
Introducción de especies de
flora exótica que pueden
convertirse en plagas                             X                   X
                            FAUNA
Contaminación acústica que
ahuyenta animales                      X                              X
Efecto barrera para el
desplazamiento de fauna                X                              X
Destrucción o daños a hábitats
de la fauna                                       X                   X
Reducción o eliminación de la
población de especies de
fauna silvestre                                   X          X
Riesgo de atropellos de la fauna       X                              X
Interferencia en el ritmo de vida
de animales                                       X          X
Caza ilegal por trabajadores
de la obra                                        X          X

Error! Bookmark not defined. Cuadro 4.7:     Impactos ineludibles y 
     potenciales a los componentes ambientales, causados por actividades
     del Sector Vial. Medio Antrópico

                                       Certeza del          Duración del
          IMPACTO                        Impacto              Impacto
                                     Inelu-     Poten-     Tem-     Perma-
                                     dible       cial      poral    nente

                       MEDIO ANTROPICO
                       SOCIAL-CULTURAL
Percepción social negativa de la
población frente a algunas
consecuencias de la obra 
(expropiaciones,                                  X          X
emisiones, ruido, congestión
de tránsito, etc.)
Alteración de la vida normal
de la población de la zona
afectada por la obra                              X          X
Aumento del número de puestos
de trabajo no calificados              X                     X
Aumento de la demanda de
trabajadores calificados                          X          X
Aumento en los riesgos de
accidentes a trabajadores                         X          X
Modificación en el estándar de
vida, cultura y costumbres de
la población aledaña                              X          X
Generación de ruidos, olores y
vibraciones que causan
molestias a la población               X                     X
Aumento en la accesibilidad
de zonas remotas                                  X                   X
Destrucción de patrimonio cultural
y arqueológico                                    X                   X
Expropiación de la propiedad
y desplazamiento involuntario
de poblaciones                                    X                   X
Efecto barrera por obstrucción
de acceso de la población local
a sus propiedades                                 X                   X
                       MEDIO ANTROPICO
                          ECONOMICO
Mejora de la economía zonal            X                              X
Mejora en la infraestructura
física de la zona                      X                              X
Aumento en el uso del
sistema vial                           X                              X
Aumento en el monto y distribución
de ingresos de la población aledaña               X          X
Cambio del valor de la tierra en
la zona                                           X                   X
                      PAISAJE NATURAL
Alteración de la naturalidad
del sitio                              X                              X
Modificación y reducción del
valor estético del paisaje                        X          X
Esparcimiento de desechos,
escombros, chatarra, etc.
en el paisaje                                     X          X
Depósito de desechos en lugares
no autorizados                                    X          X
Destrucción de edificios y otras
estructuras existentes
en el trazado de las nuevas
carreteras o rectificaciones
de las existentes                                 X                    X 

CAPITULO 5: RECOMENDACIONES AMBIENTALES GENERICAS

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electrónica del mismo."

Teniendo presente el criterio general de tratar de reducir o evitar los 
potenciales impactos negativos generados por la ejecución de obras 
viales, señalados genéricamente en el Capítulo 4, a continuación se 
entrega un listado no exhaustivo de medidas recomendadas para cumplir con 
el criterio ya enunciado. Cada Constructor podrá adecuar las 
recomendaciones que le sean pertinentes para la obra en particular que se 
le haya encargado, así como adoptar nuevas acciones que permitan alcanzar 
los objetivos generales de estas EAG.

A fin que sean claras y didácticas, las medidas han sido ordenadas para 
cada componente de los tres medios definidos, aún cuando algunas medidas 
pueden favorecer a más de un componente.

5.1.     Acciones relacionadas principalmente con los impactos a los 
         componentes físico - químicos del ambiente

Atmósfera
-  Disminuir la velocidad permitida en los caminos de servicio o 
   mantenerlos húmedos, para evitar el polvo en suspensión.
-  Instalar las plantas de producción de materiales en zonas alejadas 
   de viviendas y con sistemas que eviten las emisiones fugitivas de gases
   contaminantes y las emisiones de partículas.

Suelos
-  Acopiar la tierra fértil removida en las limpiezas, u otras 
   actividades, para su uso futuro en labores de revegetación.
-  Evitar los derrames de combustibles y materiales durante el 
   mantenimiento y lavado de maquinaria y equipo, a fin de no contaminar
   los suelos.
-  Evitar el derrame de áridos, asfalto y hormigón durante el 
   transporte, a fin de evitar la contaminación y mantener la calidad del 
   paisaje.
-  Recoger el material derramado y/o desechado y disponerlo en un 
   lugar autorizado.
-  Realizar las excavaciones de manera que se minimice la ocurrencia 
   de deslizamientos y erosión.
-  Evitar o minimizar la compactación de suelos causada por el 
   tránsito de maquinaria.
-  Efectuar la descompactación de suelos transitados temporalmente, a 
   fin que puedan ser vueltos a usar en actividades agrícolas, de pastoreo
   y forestales.
-  Evitar el uso de sustancias químicas nocivas o tóxicas, explosivos 
   o fuego en las labores de limpieza del terreno, debido a los riesgos de
   contaminación, accidentes e incendios.
-  Usar de preferencia los desvíos y accesos existentes para llegar a 
   los frentes de trabajo, a fin de evitar la ocupación de nuevos terrenos
   con potencialidad para actividades silvoagropecuarias.
-  Ubicar y operar los campamentos, talleres o depósitos de forma de 
   evitar los impactos negativos al ambiente.
-  Ubicar y operar préstamos o canteras de forma que se minimicen los 
   impactos negativos al ambiente.

Aguas
-  Evitar los derrames de combustibles y materiales durante el 
   mantenimiento y lavado de maquinaria y equipo, a fin de no contaminar
   las aguas.
-  Evitar el uso de explosivos en la demolición de obras civiles, cuando
   haya peligro de contaminación de cuerpos de agua.
-  No arrojar el material resultado de limpiezas, excavaciones y 
   demoliciones, así como desechos o vestigios de la ocupación de un lugar
   a los cuerpos de agua, a fin de evitar la contaminación y el deterioro
   del paisaje; depositar este material en los sitios autorizados.
-  Evitar o minimizar la interrupción de los drenajes y el desvío de 
   los cursos de agua, a fin de evitar trastornos a los ecosistemas.
-  Evitar que residuos de la construcción contaminen los cursos de agua.
-  No transitar ni lavar maquinaria y vehículos sobre el lecho de 
   cauces, para evitar la contaminación y el aumento de la turbidez sobre 
   los niveles a que están acostumbrados los organismos naturales de cada 
   lugar.

5.2.     Acciones relacionadas principalmente con los impactos a los 
         componentes bióticos del ambiente

Flora
-  Efectuar la menor corta posible de vegetación en las diferentes 
   actividades, a fin de proteger el suelo, conservar los hábitats de
   fauna y mantener la biodiversidad.
-  Elegir un lugar seguro para la quema de residuos de limpiezas, a 
   fin de minimizar el riesgo de incendio.
-  Evitar las construcciones en ecosistemas sensibles, ya que en ellos 
   los cambios son más drásticos y cuesta más recuperar las condiciones 
   originales.
-  Restaurar la cubierta vegetal con especies de rápido crecimiento, a 
   fin de proteger el suelo, preferentemente con nativas propias de la
   zona, para contribuir a mantener y acrecentar el patrimonio florístico
   del país.
-  Evitar el trazado de carreteras por áreas protegidas por ley.

Fauna
-  Evitar el uso de explosivos en la demolición de obras civiles, 
   cuando haya peligro de afectar la existencia y hábitats preferenciales
   de especies de fauna con problemas de conservación.
-  Establecer pasos para la fauna y ganado, para aminorar el efecto 
   barrera y disponer de lugares seguros para el cruce de la carretera.

5.3.     Acciones relacionadas principalmente con impactos a los 
         componentes antrópicos del ambiente

-  Educar e informar al personal sobre las normas elementales de 
   comportamiento para proteger el ambiente, debido a que muchos de los 
   daños se provocan por desconocimiento, más que por necesidad o maldad.
-  Tener especial cuidado en las condiciones de higiene en la zona de 
   obras y disponer de agua potable para el personal, a fin de evitar 
   enfermedades.
-  Disponer de elementos de seguridad laboral para protección de los 
   trabajadores.
-  Tener previsto un sistema expedito de atención médica de emergencia,
   en caso de accidentes al personal.
-  Considerar la construcción de pasarelas, que permitan el paso de 
   peatones sobre las carreteras, en lugares con alto flujo de personas.
-  Establecer pasos para el cruce de vehículos, a fin de disminuir el 
   efecto barrera de la carretera.
-  Instalar y mantener alambrados que separen la faja de la carretera 
   de los terrenos colindantes, a fin de evitar accidentes por ganado que 
   entre a la carretera.
-  Mejorar la señalización de las carreteras, para limitar la velocidad de
   los vehículos en las zonas de riesgo.
-  Asegurar que los camiones, vehículos y otra maquinaria utilizada en 
   construcción o mantenimiento de obras cumplan con los reglamentos de 
   seguridad y emisión de gases y partículas, a fin de proteger la 
   integridad y la vida de las personas y evitar la contaminación.
-  Limitar el horario de operación de maquinaria y de plantas de 
   producción de materiales durante el período de descanso nocturno, si
   hay residentes cercanos.
-  Proveer señalizaciones en los lugares utilizados por la maquinaria, 
   a fin de evitar accidentes.
-  Asegurar que los operadores de maquinaria conozcan las normas de 
   seguridad y procedimientos de manejo del equipo.
-  Establecer las plantas de producción de materiales en zonas 
   alejadas de centros urbanos o asentamientos humanos, a fin de evitar
   que estos sean afectados por el ruido, tránsito y emisiones de polvo.
-  Proteger los elementos históricos y arqueológicos que se encuentren 
   en el área de la obra, a fin de no deteriorar el patrimonio cultural
   del país.
-  Mantener periódicamente informada a la comunidad y a las autoridades
   locales del área del proyecto, sobre su desarrollo, riesgos y
   sus impactos sociales, a fin de recoger sugerencias, evitar accidentes
   y conflictos con la comunidad.
-  Solicitar autorización a los propietarios o administradores, antes 
   de ingresar en un predio privado, a fin de evitar conflictos y crear
   mala imagen institucional.
-  Diseñar el trazado de la ruta en lugares que eviten o minimicen la 
   necesidad de expropiaciones de terrenos, a fin de minimizar los 
   conflictos y trastornos sociales.
-  Usar explosivos únicamente en aquellas labores que ineludiblemente 
   lo requieran y transportarlos con extrema precaución, a fin de reducir
   el peligro de accidentes.

             PARTE II: ESPECIFICACIONES AMBIENTALES GENERALES             
                                                                          
SECCION A:     MEDIDAS PARA ACTIVIDADES DE LA FASE DE PROYECTO (DISEÑO)

CAPITULO 6: PROYECTOS DE CARRETERAS

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electrónica del mismo."

6.1.     Autorización Ambiental Previa

El Proyectista deberá:

*  Conseguir la Autorización Ambiental Previa de la DINAMA y, cuando 
   corresponda, elaborar o encargar un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) 
   del proyecto. En este estudio serán identificadas, localizadas 
   espacialmente y cuantificadas las medidas de prevención, mitigación, 
   reparación y compensación ambiental, así como las del plan de monitoreo
   a ser introducidas en el proyecto. Estas medidas serán aplicadas en las
   fases de construcción, abandono de obras transitorias y de operación de
   las carreteras.

*  Estimar a nivel preliminar el costo de las medidas ambientales 
   (prevención, mitigación, reparación y compensación) a aplicar en el 
   proyecto, agrupándolas según rubros, a fin de calcular el presupuesto
   del proyecto. Cuando éste requiere un EIA, las medidas a valorizar
   serán aquellas finalmente aprobadas por la DINAMA, referidas al Plan de
   Manejo Ambiental y al Plan de Monitoreo o Seguimiento Ambiental.

6.2.     Ubicación de trazados nuevos de carreteras, ensanches o 
         rectificaciones de las carreteras existentes

El Proyectista deberá:

*  Evitar el trazado de una nueva carretera por áreas de manejo 
   especial protegidas por ley o por zonas ambientalmente sensibles, ya
   sea por razones de paisaje, flora, fauna o ecosistemas.

*  Hacer un estudio comparativo de alternativas desde el punto de 
   vista ambiental. En caso que sea absolutamente necesario efectuar el 
   trazado por áreas especificadas en el numeral 9.7 de estas EAG o
   cercanas a ellas, deberá introducir en el análisis de viabilidad
   económica de la nueva carretera, los costos de la aplicación de las
   medidas de mitigación ambiental identificadas.

*  Evitar en lo posible el trazado de nuevas carreteras por zonas 
   urbanas, para evitar problemas de impacto ambiental en la población, 
   debido al aumento del ruido y de la probabilidad de accidentes a
   personas y vehículos.

*  Considerar una distancia mínima de 100 m de cualquier vivienda con 
   respecto del eje central de la carretera, como distancia ideal para que
   no sea necesario el uso de barreras acústicas. El Proyectista podrá
   usar otras distancias, con autorización previa de la DNV, la cual
   determinará la distancia mínima de las viviendas con respecto al eje
   central de las carreteras, mediante un estudio del aumento de ruido por
   variación del tránsito de vehículos en los cinco años siguientes.

*  Coordinar con el organismo responsable de la planificación urbana 
   de cada ciudad por donde pasará la carretera, para que la distancia 
   mínima definida conforme el procedimiento explicado anteriormente sea 
   considerada en los planes de expansión urbana.

*  Analizar la necesidad de construir con elementos naturales (excedentes
   de materiales, vegetación, etc.), barreras antirruido para proteger
   zonas críticas como escuelas y hospitales, de las molestias generadas
   por el ruido de los vehículos.

*  Diseñar la instalación de obras de tipo y tamaño adecuado para el 
   paso de la fauna, ganado, vehículos o peatones, en caso que el efecto 
   barrera de la carretera esté demasiado acentuado (ej. cuando es cortado
   un ecosistema valioso como un humedal [bañado] o un monte criollo, una 
   propiedad con actividades de los dos lados que estén relacionadas o 
   interrumpido un camino de alto tránsito).

*  Identificar los elementos culturales singulares que puedan ser 
   afectados por el trazado de una nueva obra o ampliación de una
   existente; prever su traslado, estimar los costos y ponerlos en las
   bases de licitación.

*  Trazar las carreteras por donde implique menor destrucción de la 
   vegetación, vale decir, la estrictamente necesaria para construir y 
   operar las carreteras, preservando o trasladando árboles de gran tamaño
   o aquellos que oficialmente hayan sido calificados de valor genético, 
   paisajístico o histórico.

6.3.     Diseño de obras complementarias

Las estructuras complementarias en las obras de la carretera que el 
Proyectista podría incluir en su diseño del proyecto, son:

*  Pasarelas o puentes livianos elevados para el paso de peatones.

*  Obras de iluminación y señalización.

*  Empalmes, intersecciones o pasos a desnivel.

*  Barreras antirruidos paralelas a la carretera.

*  Playas de estacionamiento, áreas de descanso, puestos de peaje, 
   puestos de pesaje.

*  Edificios para controles fito y zoosanitarios, de aduana y de policía.

El diseño de las estructuras complementarias deberá hacer que estas 
cumplan con todas las normas ambientales presentes en estas EAG, en las 
partes que les sean aplicables.

6.4.     Relaciones con la comunidad

El Proyectista deberá:

*  Informar a la comunidad y a las autoridades locales del área del 
   proyecto, sobre el proyecto de la obra a construir, las diferentes 
   actividades a realizar y otras características de interés para los 
   afectados positiva y negativamente. La información que se brinde deberá
   ser clara, precisa y actualizada.

*  Informar a la comunidad y a las autoridades sobre cualquier 
   situación de riesgo, de impacto social o comunitario que la ejecución
   del proyecto pueda generar o cualquier otro evento que consideren
   relevante, en relación con estos aspectos.

*  Establecer mecanismos de comunicación periódica con la comunidad y 
   con la unidad ambiental municipal incluida en el área de influencia de
   la obra, para una mejor coordinación de los aspectos ambientales,
   sociales y comunitarios.

6.5.     Expropiación de terrenos

Los representantes del órgano expropiador deberán:

*  Adoptar los procedimientos adecuados de actuación con los propietarios,
   sus familiares o poseedores, para lograr una actitud y disposición
   favorable de las comunidades y demás grupos sociales hacia el proyecto.

*  Solicitar autorización a los propietarios u ocupantes para acceder 
   al predio identificados en forma visible y llevar una carta de 
   presentación que los legitime para actuar.

6.6.     Relocalización involuntaria de personas

Los cambios de propiedad causados por las expropiaciones para el nuevo 
trazado de la carretera, pueden desplazar a individuos de su lugar de 
residencia, trabajo o entorno social, modificando la distribución 
espacial de la población. También la nueva carretera puede generar un 
efecto barrera, especialmente en sectores de alto tránsito, cercanos a 
las zonas urbanas, dificultando los movimientos de las poblaciones 
aledañas.

La relocalización de personas debido a la construcción de la nueva 
infraestructura pueden causar un impacto negativo en el sistema de vida 
tradicional de las comunidades.

El Proyectista deberá:

*  Coordinar con los organismos gubernamentales responsables de las 
   expropiaciones para establecer estrategias conjuntas y/o coherentes.

*  Diseñar el trazado de una nueva carretera para evitar, al máximo 
   posible, la necesidad de expropiaciones y relocalización de personas 
   contra su voluntad.

El organismo responsable de las expropiaciones deberá:

*  Apoyar social y legalmente a los afectados, para facilitar su 
   relocalización, si por razones de interés general es absolutamente 
   necesario relocalizar personas. En el caso que sea necesario desplazar 
   personas no propietarias, pero con derechos válidos (ej. arriendo a
   largo plazo, etc.), se apoyará a los desplazados que lo soliciten, en
   la búsqueda de una solución de vivienda.
*  Compensar económicamente a los propietarios por las expropiaciones 
   o realizar permutas parcelarias, según la preferencia de los individuos
   afectados.

6.7.     Seguridad vial

El Proyectista deberá analizar la conveniencia de:

*  Instalar banquinas anchas, con una senda especial para peatones y 
   ciclistas, en zonas sub-urbanas con flujos significativos de personas.

*  Instalar cruces de peatones y vehículos en lugares que la geometría 
   del trazado brinde buena visibilidad, acompañado de la señalización de 
   advertencia.

*  Instalar alambrados y otros tipos de deslindes que separen las 
   carreteras de los terrenos colindantes y prevengan la entrada de
   personas o animales.

*  Remover los obstáculos a la visibilidad de los conductores en curvas,
   pendientes y cruces.

*  Señalizar las carreteras para limitar la velocidad de los vehículos 
   en puntos críticos como zonas pobladas, curvas y pendientes, así como
   la señalización de las zonas de estacionamiento permitido.

CAPITULO 7: PROYECTOS DE PUENTES Y DE TERMINALES

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electrónica del mismo."

7.1.     Autorización Ambiental Previa

El Proyectista deberá:

*  Conseguir la Autorización Ambiental Previa de la DINAMA y, cuando 
   corresponda, elaborar o encargar un Estudio de Impacto Ambiental
   (EIA) del nuevo puente o terminal. En este estudio serán identificadas,
   localizadas espacialmente y cuantificadas las medidas de prevención, 
   mitigación, reparación y compensación ambiental, así como los del plan
   de monitoreo, a ser introducidas en el proyecto, para ser aplicadas en
   las fases de construcción y de operación de los puentes o terminales.

*  Estimar a nivel preliminar el costo de las medidas ambientales 
   (prevención, mitigación, reparación y compensación) a aplicar en las 
   obras, agrupándolas según rubros, a fin de calcular el presupuesto del 
   proyecto. Cuando éste requiere un EIA, las medidas a valorizar serán 
   aquellas finalmente aprobadas por la DINAMA, referidas al Plan de
   Manejo Ambiental y al Plan de Monitoreo o Seguimiento Ambiental.

7.2.     Diseño de nuevos puentes

El Proyectista deberá:

*  Evitar el emplazamiento de un nuevo puente en áreas de manejo 
   especial protegidas por ley o por zonas ambientalmente sensibles, ya
   sea por razones de paisaje, flora, fauna o ecosistemas.

*  Hacer un estudio comparativo de alternativas desde el punto de vista
   ambiental. En caso que sea absolutamente necesario instalar el puente
   en áreas especificadas en el numeral 9.7. de estas EAG o cercanas a
   ellas, deberá introducir en el análisis de viabilidad económica del
   nuevo emplazamiento, los costos de la aplicación de las medidas de 
   mitigación ambiental identificadas.

*  Diseñar el puente de manera que las construcciones que estén inmersas
   en el flujo de agua tengan un perfil hidrodinámico.

*  Diseñar el puente procurando no provocar una reducción excesiva del 
   área libre al paso del flujo máximo de agua, que pueda provocar 
   socavaciones, remansos o inundaciones. El cálculo se realizará de
   acuerdo a los períodos de retorno usuales, dependiendo de la
   envergadura del puente.

*  Evitar modificar la dirección normal del flujo de agua, ya que esto 
   puede provocar socavación de la ribera afectada, con el consiguiente 
   arrastre de sedimentos.

7.3.     Diseño de terminales públicas de carga y descarga y de 
         terminales de pasajeros

El Proyectista deberá:

*  Evitar el emplazamiento de una nueva terminal u otro tipo de obras 
   complementarias en áreas de manejo especial protegidas por ley o por 
   zonas ambientalmente sensibles, ya sea por razones de paisaje, flora, 
   fauna o ecosistemas.

*  Hacer un estudio comparativo de alternativas desde el punto de 
   vista ambiental. En caso que sea absolutamente necesario instalar 
   terminales en áreas especificadas en el numeral 9.8. de estas EAG o 
   cercanas a ellas, deberá introducir en el análisis de viabilidad 
   económica del nuevo emplazamiento, los costos de la aplicación de las 
   medidas de mitigación ambiental identificadas.

*  El diseño de terminales y de otras estructuras complementarias 
   requerirá el respeto a todas las normas ambientales presentes en estas 
   EAG, en las partes que les sean aplicables.

SECCION B:    MEDIDAS PARA ACTIVIDADES DE LAS FASES DE OBRA
              (CONSTRUCCION) Y DE MANTENIMIENTO

CAPITULO 8: CONSIDERACIONES GENERALES

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electrónica del mismo."

8.1.     Responsabilidades

La Inspección deberá:

*  Ser el responsable ante la DNV de la fiscalización del cumplimiento 
   del contrato por parte del Constructor, y, en particular, de los
   aspectos relacionados con estas EAG, de manera de asegurar que el
   Constructor realice las obras con un deterioro mínimo del ambiente. En
   ese contexto le corresponderá aprobar, solicitar modificaciones o
   rechazar las solicitudes o informes (Plan de Restauración Ambiental,
   Informes Trimestrales de Gestión Ambiental, etc.) sobre temas
   ambientales que le presente el Constructor. En temas especializados y
   no rutinarios, la Inspección contará con la asesoría de la Unidad
   Ambiental de la DNV.

*  Respaldar sus órdenes verbales, que signifiquen gasto al 
   Constructor, mediante notas emitidas a más tardar una semana después de
   la orden verbal y conforme a los términos y condiciones del contrato.

La Unidad Ambiental de la DNV deberá:

*  Atender y decidir los temas ambientales relacionados con cualquier 
   obra para la cual no se haya designado un Director de Obra.

*  Efectuar el seguimiento ambiental de aquellas obras que tengan 
   mayores posibilidades de impacto al ambiente o que estén emplazadas en,
   o cerca de, áreas ambientalmente sensibles. Además, la Unidad Ambiental
   brindará asesoramiento a los Directores de Obra en el cumplimiento de
   sus funciones en cuanto a protección ambiental.

El Constructor deberá:

*  Acatar la normativa legal y contar con los permisos de otros 
   organismos técnicos competentes en temas de protección del ambiente, 
   antes de iniciar la obra y presentarlos a la Inpección.

*  Instrumentar las medidas comprometidas en la Autorización Ambiental 
   Previa y/o EIA.

*  Acatar estas EAG y todas las órdenes que imparta la Inspección con 
   relación a la protección del ambiente.

*  Preparar y remitir a la Inspección y a la Unidad Ambiental, el Plan 
   de Restauración Ambiental, los Informes Trimestrales de Gestión 
   Ambiental, Informes de Monitoreos y otros informes ambientales afines 
   establecidos en los EIA.

*  Priorizar las compras de materiales, eligiendo a aquellos proveedores
   que presenten certificación ambiental de sus productos, o que expendan
   elementos biodegradables.

8.2.     Plan de Restauración Ambiental

El Constructor deberá:

*  Presentar a consideración de la Inspección, antes de iniciar la 
   actividad correspondiente, el Plan de Restauración Ambiental de áreas
   de la obra, los que deberán constar de medidas de mitigación para los 
   siguientes sectores o lugares donde se hayan localizado instalaciones:

   * Campamentos y sus dependencias:
     -  Viviendas, comedor y vestuarios.
     -  Oficinas administrativas.
     -  Depósitos de desechos, insumos y combustibles.
     -  Talleres de mantenimiento de maquinarias.
   * Plantas de producción de materiales:
     -  Trituradora o lavadora de agregados y sus acopios.
     -  Planta asfáltica y sus acopios y depósitos de asfalto.
     -  Plantas de hormigón y sus acopios y depósitos de cemento.
   * Extracciones:
     -  Sitios de préstamo para el movimiento de suelos.
     -  Frente de canteras de materiales para el pavimento.
   * Depósitos:
     -  De acopios o sobrantes de las obras.
     -  De desechos o demoliciones.
   * Caminos de servicio provisorios
     -  Caminos de acceso a la obra.
     -  Desvíos de tránsito.
     -  Caminos internos y estacionamientos.
   * Obras de arte:
     -  Puentes.
     -  Alcantarillas.
   * Sectores ecológicamente valiosos y ambientalmente sensibles, 
     no considerados en la lista anterior, e indicados por la Inspección o
     en los EIA.

*  Considerar, en el Plan de Restauración Ambiental que algunas fases 
   de la ejecución de una obra se requiere:

   *  Compactar los rellenos, para evitar erosión.

   *  Efectuar un análisis de las características físicas del suelo 
      para determinar el grado de compactación. Descompactar el terreno,
      de acuerdo a lo establecido en el numeral 9.3. de estas EAG.

   *  Perfilar el terreno, de manera de hacerlo armónico con el 
      resto del paisaje, estable y de fácil drenaje.

   *  Colocar una capa superficial de espesor suficiente de suelo 
      fértil como para promover la revegetación.

   *  Sembrar especies herbáceas de rápida germinación y desarrollo, 
      que puedan cubrir con prontitud el suelo, preferentemente
      autóctonas.

   *  Plantar especies arbóreas y arbustivas, preferentemente autóctonas.

   *  Construir una barrera visual, con tierra y vegetación, que oculte
      las zonas no recuperables.

*  Presentar a la Inspección, conjuntamente con el Plan de Restauración
   Ambiental, la conformidad de los propietarios de las áreas en las
   cuales se efectuará el plan, con las medidas ambientales a
   aplicar. El dueño de una propiedad afectada por la obra podrá solicitar
   por escrito a la Inspección que un camino de servicio, una construcción
   provisoria o cualquier estructura permanezca para su uso. Si la
   solicitud es aprobada por la Inspección, no será necesario que el
   Constructor efectúe la restauración ambiental.

La Inspección deberá:

*  Analizar la propuesta del Constructor para el Plan de Restauración 
   Ambiental, pudiendo solicitar las modificaciones que estime conveniente
   para lograr el cumplimiento de las EAG y lo comprometido en la 
   Autorización Ambiental Previa de la obra.

*  Comunicar y enviar copia del Plan de Restauración Ambiental 
   aprobado a la Unidad Ambiental.

*  Vigilar el cumplimiento de lo comprometido en el Plan de 
   Restauración Ambiental.

8.3.     Informes Trimestrales de Gestión Ambiental

El Constructor deberá preparar y remitir a consideración de la Inspección 
y a la Unidad Ambiental, los Informes Trimestrales de Gestión Ambiental 
(ITGA), tanto en la construcción de carreteras como de puentes y obras 
complementarias, los que deberán abordar como mínimo los siguientes temas 
y/o actividades:

*  Informar sobre las actividades desarrolladas en la obra en el 
   trimestre anterior, cómo éstas están impactando en los componentes 
   ambientales y las medidas de mitigación adoptadas.

*  Planificar las medidas de mitigación ambiental que se adoptarán en 
   función de las actividades a ser desarrolladas en el trimestre 
   siguiente.

*  Efectuar el registro fotográfico o fílmico, para demostrar en qué 
   forma se está cumpliendo con las EAG, además de señalar cuales han sido
   los problemas más relevantes durante el período informado.

La Inspección deberá:

*  Tomar la decisión de aprobar, solicitar modificaciones o rechazar 
   los ITGA que le presente el Constructor, considerando la opinión de la 
   Unidad Ambiental.

*  Comunicar y enviar copia de los ITGA aprobados a la Unidad Ambiental.

8.4. Contratación de personal

El Constructor deberá:

*  Divulgar públicamente la demanda de mano de obra (número de 
   trabajadores requeridos y requisitos mínimos para su contratación) y 
   mantener una oficina encargada de recepcionar las solicitudes de
   empleo.

*  Dar prioridad a trabajadores locales para la contratación de mano 
   de obra adicional, a igualdad de condiciones de salario y calificación.

*  Realizar, con el apoyo de personal especializado, talleres informativos
   y educativos a los trabajadores, acerca del comportamiento que deben
   tener con la población local, la responsabilidad que les cabe
   respecto a la protección ambiental, así como respecto de las medidas de
   higiene y seguridad que deben adoptar.

8.5.     Salud ocupacional

El Constructor deberá:

*  Cuidar las condiciones de higiene cuando se preparen alimentos en 
   los comedores de la empresa.

*  Disponer de agua potable, servicios higiénicos y vestuario para sus 
   trabajadores.

*  Suministrar a los trabajadores los elementos de protección personal 
   necesarios, de acuerdo con las actividades que realicen, y tener a su 
   disposición equipos de primeros auxilios.

*  Tener un sistema que garantice la higienización entre cada usuario, 
   para aquellos elementos de seguridad que puedan usarse en forma
   sucesiva por varios trabajadores.

*  Tener previsto un sistema expedito de atención médica de emergencia,
   en caso de accidentes.

8.6.     Seguridad vial

El Constructor deberá:

*  Proveer una señalización efectiva en los sectores de riesgo del 
   tramo de obra, tanto de día como de noche, que brinde seguridad al 
   tránsito público como al personal de la obra.

*  Señalizar claramente la zona donde se estén realizando trabajos, 
   indicando las condiciones en que debe circular el tránsito.

*  Instrumentar la señalización con cartelería de color naranja vivo y 
   contar con elementos lumínicos o reflectivos.

*  Verificar que la maquinaria que se encuentre trabajando en la 
   carretera tenga los destelladores encendidos.

*  Proveer al personal obrero de vestimenta color naranja vivo para 
   los trabajos diurnos y chalecos con cintas reflectivas para los
   trabajos de noche.

8.7.     Relaciones con la comunidad

El Constructor deberá:

*  Informar a la comunidad y a las autoridades locales de la zona de 
   obras, sobre la obra a construir, las diferentes actividades a realizar
   y otras características de interés para los afectados positiva y 
   negativamente. La información que se brinde deberá ser clara, precisa y
   actualizada.

*  Informar a la comunidad y a las autoridades sobre cualquier 
   situación de riesgo, de impacto social o comunitario que la obra pueda 
   generar o cualquier otro evento que consideren relevante, en relación
   con estos aspectos. En las ocasiones más delicadas, la información será
   entregada a las autoridades por la Inspección.

*  Establecer mecanismos de comunicación periódica con la comunidad y 
   con la unidad ambiental municipal incluida en el área de influencia de
   la obra, para una mejor coordinación de los aspectos sociales y 
   comunitarios.

*  Solicitar autorización a los propietarios o administradores antes 
   de ingresar a un predio e informar sobre el objetivo del trabajo que se
   realizará.

*  Limitarse al espacio y tiempo estrictamente indispensable, durante 
   la ocupación temporal de un predio, procurando causar el menor daño 
   posible.

*  Colocar alambrados, al iniciar las obras, de acuerdo a los linderos 
   que separen los terrenos expropiados de los terrenos que se mantienen
   en posesión de particulares.

CAPITULO 9:     MEDIDAS GENERALES DE PROTECCION AMBIENTAL

"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen 
electrónica del mismo."

9.1.     Calidad del aire y ruido

El Constructor deberá:

*  Disminuir la velocidad de los camiones en aquellos caminos que por 
   su situación generan un exceso de contaminación del aire con polvo y 
   partículas.

*  Mantener humedecidos los caminos de servicio, los patios de carga y 
   maniobras y los caminos de acceso a préstamos, canteras y plantas de 
   producción de materiales, que provocan un exceso de contaminación del 
   aire con polvo y partículas generadas por el tránsito de vehículos y 
   maquinaria de construcción. No podrá humedecer los caminos con aceite 
   usado para atenuar este efecto.

*  Formar una barrera acústica con los acopios, alrededor de las 
   diferentes plantas de producción de materiales establecidas para las 
   obras, para no alterar la tranquilidad de la zona.

*  Adoptar las medidas necesarias para minimizar las emisiones de 
   gases y partículas, cuando en las proximidades de un poblado se
   localice una planta de producción de materiales.

9.2.     Calidad, cantidad y regularidad del agua

El Constructor deberá:

*  Evitar el derrame de aceites, grasas, combustibles, cemento, etc., 
   ya que afectan la calidad de las aguas, tanto superficiales como 
   subterráneas.

*  Evitar la eliminación de desechos sólidos o líquidos de los 
   campamentos o de sitios de trabajo, vertiéndolos en cauces, canales, 
   esteros o embalses, como tampoco en las proximidades de ellos.

*  Evitar el lavado o enjuague de equipos que puedan producir 
   escurrimiento y/o derrames de contaminantes cerca de los cursos de
   agua.

*  Colocar las alcantarillas simultáneamente con la construcción de 
   terraplenes, para evitar la interrupción de los drenajes naturales.

*  Restaurar a sus condiciones originales las zonas donde se hayan 
   construido ataguías y/o desvíos de curso de agua que ya no se
   requieran.

*  Evitar que residuos de la construcción de las carreteras contaminen 
   los cursos de agua, tanto superficiales como subterráneas.

*  Evitar el cruce frecuente de vehículos por los cauces de agua en la 
   operación de maquinaria.

9.3.     Contaminación y compactación del suelo

El Constructor deberá:

*  Evitar la compactación de aquellos suelos donde no sea necesario el 
   tránsito de maquinaria o acopio de materiales. Para tal efecto, los 
   cuidados deben apuntar a reducir al mínimo estas superficies.

*  En los suelos que hayan sido compactados por el tránsito de 
   vehículos o por acopio de material, el Constructor deberá hacer lo 
   siguiente:

*  Determinar las áreas en las cuales se tendrá que efectuar 
   descompactación del suelo, mediante la medición del grado o valor de 
   compactación, sometiendo esta información a la aprobación dla
   Inspección. Para esto se recomienda usar un penetrómetro, comparando el
   valor de los suelos presumiblemente compactados con el de los suelos
   cercanos a los cuales se está midiendo la compactación. Estos suelos
   próximos deberán tener vegetación y no haber sido intervenidos por la
   obra.

*  Proponer a la Inspección la forma de efectuar la descompactación 
   del suelo, así como también el plazo para efectuar esta labor.

*  Someter al proceso de descompactación como mínimo, las siguientes
   áreas:

*  Zona de campamento, talleres y depósitos temporales con sus 
   respectivos caminos de servicio y estacionamientos.

*  Areas de las plantas de áridos, de asfalto y de hormigón, con sus 
   respectivos caminos de servicio.

*  Desvíos de tránsito que se hayan hecho para el tránsito de los 
   vehículos durante la obra.

*  Pisos de los depósitos, acopios en el campamento, plantas de 
   producción de materiales.

*  Solicitar a la Inspección autorización para la no descompactación 
   de una determinada área, acompañada de un documento del dueño o del 
   administrador del terreno, solicitando y justificando lo antes
   expuesto.

*  Evitar y prevenir el derrame al suelo de hidrocarburos, u otras 
   sustancias contaminantes, construyendo diques de contención en el
   entorno de los depósitos.

9.4.     Vegetación, flora y fauna

El Constructor deberá:

*  Evitar hacer limpieza del terreno mediante el uso del fuego.

*  Elegir un lugar seguro, que impida la propagación del fuego, para 
   efectuar la quema de material vegetal producto de la limpieza del
   terreno y además contar con la autorización de la Inspección.

*  Adoptar las siguientes medidas, cuando los trabajos se realicen en 
   zonas donde existe el peligro potencial de incendio de la vegetación 
   circundante, y en especial cuando los trabajos estén dentro o cerca de 
   áreas protegidas, áreas ambientalmente sensibles, o bien, masas 
   forestales naturales o plantadas importantes:

   *  Establecer un sistema de vigilancia del estado de conservación 
      de la flora, para detectar cualquier deterioro de la vegetación.

   *  Contar con brigadas contra incendios, equipadas con los medios 
      adecuados para poder cumplir con su función.

   *  Hacer zonas de corta-fuego (mediante extracción del material 
      combustible), para prevenir deterioro tanto de la vegetación como de
      la maquinaria, depósitos de combustible, etc.

   *  Presentar a la Inspección un Plan de Acción Contra Incendios, 
      para su aprobación.

*  Suspender de inmediato y temporalmente los trabajos, si se 
   descubrieran durante la construcción áreas o ecosistemas sensibles que 
   estén expuestos a sufrir una modificación directa por las actividades
   de la obra, dando cuenta del hecho a la Inspección, para que informe a
   las autoridades competentes.

*  Adoptar las medidas necesarias para evitar que su personal efectúe 
   actividades negativas sobre la flora y fauna silvestre.

*  Ejecutar la restauración de la cubierta vegetal, cuando se produzcan
   daños importantes que la afecten, creando las condiciones
   óptimas que posibiliten en el corto plazo, la implantación de especies 
   herbáceas y en el largo plazo la colonización de vegetación similar a
   la inicial.

*  Utilizar, para el recubrimiento vegetal en terraplenes y desmontes, 
   especies de rápido crecimiento y fácil regeneración, para minimizar los
   procesos de erosión incipientes.

*  Reemplazar con especies de rápido desarrollo, preferentemente 
   nativas propias de la zona, la vegetación que sea alterada o extraída,
   ya sea por trabajos de limpieza del terreno, ensanches de plataforma o 
   explotación de préstamos, canteras, etc. En este caso la replantación
   se realizará con el criterio que por cada árbol o arbusto que se
   retire, se plantarán dos. El lugar, su extensión, las especies, número
   de ejemplares por especies, densidades y fechas para la plantación
   deberá ser aprobado por la Inspección. El Constructor deberá realizar
   el mantenimiento de lo plantado, de forma de lograr un prendimiento
   (sobrevivencia) de, por lo menos, la mitad de los ejemplares al año de
   terminada la obra.

*  Plantar las especies que puedan alcanzar gran tamaño a distancias 
   tales que su presencia o su posible caída no represente un peligro para
   el tránsito de vehículos.

9.5.     Aspectos socioeconómicos

El Constructor deberá:

*  Limitar, a criterio de la Inspección, el horario nocturno de 
   operación de las diferentes plantas de producción de materiales, para
   no alterar los períodos de descanso de los habitantes de la zona.

*  Establecer los campamentos y las plantas de producción de 
   materiales en zonas alejadas de los centros urbanos o asentamientos 
   humanos, con el objetivo de minimizar cualquier efecto adverso a la 
   población.

9.6.     Patrimonio arqueológico, histórico y cultural

El Constructor deberá:

*  Contactar con la antelación adecuada, antes de comenzar las obras, 
   a la autoridad responsable del patrimonio arqueológico y cultural, 
   comunicando la fecha de comienzo de la obra y su área de influencia; y 
   solicitarle información respecto a si en la zona existe o hay
   posibilidad de hallar restos arqueológicos.

*  Señalizar con barreras y carteles los elementos patrimoniales que 
   están en la zona de influencia de la obra, hasta donde puedan llegar la
   maquinaria, las proyecciones de una voladura, etc.

*  Disponer la suspensión inmediata de las tareas que pudieran afectar 
   piezas arqueológicas, si durante el transcurso de las operaciones de 
   construcción se descubrieran restos de elementos históricos o 
   arqueológicos. También deberá dejar vigilantes con el fin de evitar 
   saqueos y procederá a dar aviso de inmediato a la Inspección y a las 
   autoridades pertinentes. La Inspección, en coordinación con las 
   autoridades respectivas, evaluará la situación y determinará cuándo y 
   cómo continuar con las obras viales.

9.7.     Areas legalmente protegidas

La Inspección deberá:

*  Entregar, si la carretera pasa cerca de áreas protegidas, copia del 
   Plan de Restauración Ambiental presentado por el Constructor y del 
   proyecto, a las autoridades responsables de dicha área y establecer un 
   mecanismo de información y coordinación acerca de:

   *  Los impactos ambientales esperados que puedan afectar al área 
      protegida.

   *  Las medidas de mitigación previstas en estas EAG, en el EIA, y 
      en el Plan de Restauración Ambiental.

El Constructor deberá:

*  Colocar señalizaciones en dichas áreas con relación a:

   *  La existencia del área protegida.

   *  La protección de las especies de flora y fauna.

   *  La prohibición de arrojar basura, actividades de caza, pesca y 
      corte de especies vegetales.

   *  La limitación de la velocidad de los vehículos en estas zonas. 
      El límite debe ser aún menor en las horas sin luz solar, por el
      peligro que existe de atropellamiento de fauna.

9.8.     Zonas restringidas de obras

El Constructor no podrá localizar campamentos, talleres, depósitos, 
plantas de producción de materiales, préstamos, canteras, acopios, 
depósitos o caminos de servicio en los siguientes lugares:

*  Con manejo especial protegidos por ley, ni dentro de áreas 
   ambientalmente sensibles.

*  Con presencia de especies vegetales protegidas o en peligro de 
   extinción, definidas por el organismo oficial de protección de la
   flora.

*  Con existencia de fauna rara, en peligro de extinción, o de interés 
   científico, definidas por el organismo oficial de protección de la 
   fauna.

*  Con  existencia de sistemas naturales que constituyen hábitats 
   preferenciales de algunas especies de fauna, áreas de reproducción, 
   alimentación, descanso, etc.

*  Con existencia de centros poblados o casas habitadas, distantes a 
   menos de 500 m, con el objetivo de evitar conflictos sociales e
   impactos en la salud de la población, debido principalmente a la
   contaminación acústica.

*  A menos de 2.000 m aguas arriba de los lugares de captación de las 
   tomas de abastecimiento de agua de núcleos poblados.

*  A menos de 2.000 m de centros poblados en línea con la dirección 
   predominante de los vientos, cuando se trate de plantas de producción
   de materiales.

*  Con existencia de cauces de agua, distantes a menos de 500 m. A 
   menos de esa distancia, dichas instalaciones se ubicarán a más de 100 m
   y en contrapendiente, para evitar contingencias relativas a
   escurrimiento de residuos líquidos tóxicos que puedan afectar la
   calidad del agua.

*  Con probabilidades de inundaciones.

*  Con nivel freático aflorante.

*  Susceptibles a procesos erosivos.

*  Sujetos a inestabilidades físicas que presenten peligros de derrumbes.

En casos de fuerza mayor y técnicamente justificado por escrito, la 
Inspección podrá autorizar variaciones a las restricciones de 
localización señaladas anteriormente.

El Constructor deberá preferenciar localizaciones de campamentos, 
talleres, plantas de producción de materiales, préstamos, canteras, 
acopios o depósitos en los siguientes lugares:

*  Planos y sin cobertura vegetal.

*  Distantes más de 2.000 m de cualquier área poblada.

*  Con barreras naturales, como por ejemplo vegetación alta, pequeñas 
   formaciones sobre nivel, etc.

*  Con accesos y playas de estacionamiento ya existentes.

El Constructor deberá solicitar autorización escrita a la Inspección, 
para instalar campamentos, talleres, plantas de producción de materiales, 
préstamos, canteras, acopios, depósitos o caminos de servicio, adjuntando 
los siguientes documentos:

*  Fotografías o filmación del área de emplazamiento.

*  Planos de planta, con la ubicación de las instalaciones programadas.

*  Planos complementarios, en que se indique claramente donde serán 
   vertidos los desechos sólidos y líquidos.

*  Permisos, concedidos por las autoridades competentes, en relación a 
   localización, utilización de agua, disposición de desechos, corte de 
   vegetación, y otros documentos que a criterio de la Inspección, sean 
   necesarios para la aprobación del emplazamiento.

*  Un Plan de Restauración Ambiental del área afectada, conforme a lo 
   estipulado en el numeral 8.2 de estas EAG.

CAPITULO 10: CAMPAMENTOS, TALLERES Y DEPOSITOS

"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen 
electrónica del mismo."

Las siguientes especificaciones se refieren a campamentos, talleres y 
depósitos, o cualquier otra instalación que complemente las anteriores y 
ubicadas en los mismos predios.

10.1.    Ubicación

El Constructor deberá:

*  Evitar localizar el campamentos, talleres y depósitos en lugares 
   con las características señaladas en el numeral 9.8. de estas EAG.

*  Preferenciar las localizaciones de campamentos, talleres y 
   depósitos, en lugares con las características señaladas en el numeral 
   9.8. de estas EAG.

10.2.    Instalación

El Constructor deberá:

*  Solicitar por escrito autorización a la Inspección, antes de 
   instalar campamentos, talleres y depósitos, acompañando los documentos 
   señalados en el numeral 9.8. de estas EAG.

*  Evitar al máximo la realización de desmontes del terreno, rellenos 
   y remoción de vegetación en la construcción de la instalación. En lo 
   posible, los campamentos deberán ser prefabricados y desmontables.
   Cuando sea necesario remover la vegetación presente, además de contarse
   con el permiso de la autoridad responsable de la protección de la
   flora, deberá realizarse en el área estrictamente necesaria para
   establecer las vías de acceso, viviendas, oficinas, talleres,
   estacionamiento, acopio de materiales e instalación de maquinarias.

*  Realizar las siguientes acciones a los diversos residuos de los 
   campamentos, talleres o depósitos:

   *  Instalar en los servicios higiénicos de la obra el "sistema 
      sanitario químico", o en su defecto, pozos sépticos técnicamente 
      diseñados. Por ningún motivo se verterán aguas servidas en los
      cuerpos de agua.

   *  Construir trampas de grasas, para los residuos del comedor del 
      campamento, viviendas y afines.

   *  Colocar tachos de basuras, de capacidad adecuada, que sean 
      recolectados periódicamente, para su disposición final.

   *  Construir y organizar un sistema para la disposición de los
      residuos.

   *  Instalar en los talleres y patios de almacenamiento, sistemas 
      de manejo y disposición de grasas y aceites. Asimismo, los residuos
      de aceites y lubricantes se deberán retener en recipientes
      herméticos y disponerse en sitios adecuados de almacenamiento, con
      miras a su posterior tratamiento especializado.

   *  Instalar sistemas de decantación de sólidos y trampas de grasas en
      las zonas de lavado de maquinarias, las cuales deberán estar
      alejadas de cuerpos de agua.

*  Construir diques de contención de derrames que rodeen la zona de 
   almacenamiento de combustibles.

*  Construir en el campamento un sistema que garantice la potabilidad 
   del agua destinada al consumo humano, debiéndose realizar
   periódicamente análisis físico - químicos y bacteriológicos para su
   control.

*  Construir dentro del campamento instalaciones higiénicas destinadas 
   al aseo personal y cambio de ropa de trabajo del personal.

10.3.    Operación

El Constructor deberá:

*  Definir procedimientos para el abastecimiento de combustible y 
   mantenimiento de maquinarias, incluyendo el lavado de éstas en 
   campamentos, talleres o depósitos, de forma que eviten el derrame de 
   hidrocarburos, u otras sustancias contaminantes, a los cauces de agua o
   al suelo.

*  Dotar de una adecuada señalización, con avisos de advertencia 
   respecto a riesgos y otros aspectos de ordenamiento operacional y de 
   tránsito en los campamentos, talleres o depósitos.

*  Priorizar la prevención de accidentes del trabajo y de riesgos 
   ambientales al personal (alertando sobre desniveles provisorios, zonas
   de prohibición de fumar y de prender fuego, etc.).

*  Colocar carteles prohibiendo verter desperdicios sólidos de los 
   campamentos, talleres o depósitos, a los cauces de agua.

*  Dotar los campamentos, talleres y depósitos, con equipos de 
   extinción de incendios y material de primeros auxilios.

*  Vigilar que el personal no cace o compre en el área de trabajo 
   animales silvestres vivos, embalsamados o productos derivados de éstos,
   de aquellas especies protegidas por ley.

10.4.    Restauración ambiental y abandono del área

El Constructor deberá:

*  Restituir, una vez terminada la operación, las condiciones del 
   lugar previas a su instalación, de acuerdo al Plan de Restauración 
   Ambiental estipulado en el numeral 8.2 de estas EAG.

*  Retirar los vestigios de ocupación del lugar, tales como chatarra, 
   escombros, alambrados, instalaciones eléctricas y sanitarias,
   estructuras y sus respectivas fundaciones, caminos internos,
   estacionamientos, pisos de acopios, etc.

*  Rellenar los pozos, de forma que no constituyan un peligro para la 
   salud humana ni para la calidad ambiental.

*  Descompactar los suelos, de acuerdo al procedimiento indicado en el 
   numeral 9.3. de estas EAG.

*  Restaurar la vegetación, de acuerdo al procedimiento indicado en el 
   numeral 8.2. de estas EAG.

*  Dejar en el lugar los elementos que efectivamente signifiquen una 
   mejora para el ambiente o presten utilidad práctica evidente. Podrán 
   permanecer en su lugar solamente aquellas construcciones que cumplan
   con los siguientes requisitos:

   *  Estar fuera de la faja pública y de la faja privada con prohibición
      de edificar.

   *  Contar con autorización escrita y justificación de uso del
      propietario o su representante legal.

   *  Contar con los permisos que establezca la normativa vigente.

CAPITULO 11: PLANTAS DE PRODUCCION DE MATERIALES

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electrónica del mismo."

Las siguientes especificaciones se refieren a plantas de áridos, asfaltos 
y hormigones, o cualquier otra instalación para la producción de 
materiales requeridos por la obra.

11.1.    Ubicación

El Constructor deberá:

*  Evitar localizar las plantas de producción de materiales en lugares 
   con las características señaladas en el numeral 9.8. de estas EAG.

*  Preferenciar las localizaciones de las plantas de producción de 
   materiales en lugares con las características señaladas en el numeral 
   9.8. de estas EAG.

11.2.    Instalación

El Constructor deberá:

*  Solicitar por escrito autorización a la Inspección, antes de 
   instalar las plantas de producción de materiales y sus respectivos
   sitios para el acopio y disposición de desechos, acompañando los
   documentos indicados en el numeral 9.8. de estas EAG.

*  Evitar al máximo la realización de desmontes del terreno, rellenos 
   y remoción de vegetación en la construcción de las instalaciones.
   Cuando sea necesario remover la vegetación presente, además de contarse
   con el permiso de la autoridad responsable de la protección de la
   flora, deberá realizarse en el área estrictamente necesaria para
   instalar las plantas de producción de materiales, establecer las vías
   de acceso, estacionamiento, acopio de materiales e instalaciones
   complementarias.

*  Formar una barrera visual y acústica alrededor de las plantas de 
   producción de materiales.

*  Colocar equipos de control ambiental en las plantas de producción 
   de materiales, que cumplan los padrones de emisión de material 
   particulado y gases tóxicos especificados por la legislación vigente.
   Si no existen normas nacionales, las plantas de producción de
   materiales ubicadas a menos de 2.000 m de un poblado, deberán aplicar
   medidas de abatimiento de polvo y control de emisiones.

*  Hacer las piscinas de decantación mencionadas el numeral 15.7. de 
   estas EAG, para evitar la contaminación de aguas superficiales o 
   subterráneas, en los casos que sea necesario instrumentar
   procedimientos de eliminación de partículas o gases en base a agua.

*  Construir diques de contención de derrames que rodeen la zona de 
   almacenamiento de combustibles y/o asfalto.

11.3.    Operación

El Constructor deberá:

*  Limitar el horario nocturno de operación de las plantas de 
   producción de materiales, a criterio de la Inspección, para no alterar
   la tranquilidad de la zona.

*  Dotar a los trabajadores directamente involucrados en la operación 
   de las plantas de producción de materiales, de los elementos de
   seguridad necesarios para protegerse de los ruidos y del polvo, aparte
   de otros elementos de seguridad necesarios.

*  Dotar las plantas de producción de materiales con material de 
   primeros auxilios.

*  Dotar de una adecuada señalización, con avisos de advertencia 
   respecto a riesgos y otros aspectos de ordenamiento operacional y de 
   tránsito en las plantas de producción de materiales.

*  Instruir al personal sobre la prevención de riesgos ambientales.

*  Colocar carteles prohibiendo verter desperdicios sólidos de las 
   plantas de producción de materiales a los cauces de agua.

*  Establecer en las plantas de producción de materiales 
   procedimientos para el abastecimiento de combustible y mantenimiento de
   maquinarias, incluyendo el lavado de éstas, de forma que eviten el 
   derrame de hidrocarburos, asfalto, hormigón u otras sustancias 
   contaminantes, a los cauces de agua o al suelo.

*  Tomar medidas adecuadas para dejar los equipos herméticos, para 
   evitar la contaminación del aire del tipo fugitiva, caracterizada por 
   salida de polvo de los equipos.

*  Mantener, en el caso de plantas de producción de materiales 
   ubicadas a menos de 2.000 m de lugares poblados, en buenas condiciones 
   los sistemas de abatimiento de emisiones, como ser los aspersores para 
   humedecer los áridos que entran a las plantas trituradoras, los
   sistemas de lavado o filtrado de gases de las plantas asfálticas, etc.

*  Mantener en buenas condiciones de uso las piscinas de decantación 
   mencionadas en el numeral 15.7. de estas EAG.

11.4.    Restauración ambiental y abandono del área

*  Restituir, una vez terminada la operación, las condiciones del 
   lugar previas a la instalación de las plantas de producción de 
   materiales, de acuerdo al Plan de Restauración Ambiental estipulado en
   el numeral 8.2. de estas EAG.

*  Retirar los vestigios de ocupación del lugar, tales como chatarra, 
   escombros, alambrados, instalaciones eléctricas y sanitarias, 
   construcciones, estructuras y sus respectivas fundaciones, pisos de 
   acopios, caminos internos y estacionamientos.

*  Rellenar los pozos, de forma que no constituyan un peligro para la 
   salud humana ni para la calidad ambiental.

*  Descompactar los suelos, de acuerdo al procedimiento indicado en el 
   numeral 9.3. de estas EAG.

*  Restaurar la vegetación, de acuerdo al procedimiento indicado en el 
   numeral 8.2. de estas EAG.

*  Dejar en el lugar los elementos que efectivamente signifiquen una 
   mejora para el ambiente o presten utilidad práctica evidente. Podrán 
   permanecer en su lugar solamente aquellas construcciones que cumplan
   con los siguientes requisitos:

   *  Estar fuera de la faja pública y de la faja privada con 
      prohibición de edificar.

   *  Contar con una autorización escrita y justificación de uso del 
      propietario o su representante legal.

   *  Contar con los permisos que establezca la normativa vigente.

CAPITULO 12: DESPEJE Y LIMPIEZA DE FAJA Y TERRENO

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electrónica del mismo."

12.1.    Limpieza de faja

El Constructor deberá:

*  Limpiar y regularizar el área comprendida entre los alambrados que 
   delimitan la faja y el borde de la carretera e incluye:

   *  Regularizar todo montículo o pozo que signifique un peligro en 
      caso de accidente, que impida el normal escurrimiento de las aguas y
      el paso de los equipos de mantenimiento.

   *  Eliminar todos los desechos provenientes de las obras, además 
      de los escombros o basuras existentes, según se indica en el numeral
      14.1. de estas EAG.

   *  Cortar todo árbol o arbusto situado a menos de 15 m del borde 
      de la carretera o que entorpezca la visibilidad.

   *  Perfilar los taludes y contrataludes, cunetas longitudinales y 
      de coronamiento.

   *  Construir zanjas y limpiar las obstrucciones que puedan 
      existir a la salida de alcantarillas y puentes.

   *  Efectuar la menor destrucción posible de la vegetación, 
      protegiendo o trasladando los árboles que oficialmente hayan sido 
      calificados de valor genético, paisajístico o histórico, a un sitio 
      adecuado para su conservación.

*  Distribuir el suelo fértil, de manera de fomentar el establecimiento
   natural de vegetación en la faja.

*  Evitar el uso de sustancias químicas nocivas o tóxicas, explosivos 
   y fuego en las labores de limpieza.

12.2.    Despeje de terreno

El Constructor deberá:

*  Despejar el terreno requerido para movimiento de suelos, instalación
   de obras, apertura de canteras o sitios de préstamo, en el área
   estrictamente necesaria, incluyendo:

   *  Cortar y retirar la vegetación.

   *  Retirar y acopiar el suelo fértil.

*  Efectuar la menor destrucción posible de la vegetación, protegiendo 
   o trasladando los árboles que oficialmente hayan sido calificados de 
   valor genético, paisajístico o histórico, a un sitio adecuado para 
   garantizar su conservación.

*  Evitar el uso de sustancias químicas nocivas o tóxicas, explosivos 
   y fuego en las labores de limpieza.

*  Evitar la pérdida de suelo orgánico, acopiándolo para ser usado 
   posteriormente en recubrir superficies para facilitar la revegetación
   de taludes, desmontes, depósitos, préstamos y otras áreas que hayan
   sido intervenidas por la obra y deban ser recuperadas.

12.3.    Despeje de vegetación de los puentes

El Constructor deberá:

*  Cortar la vegetación que crece bajo los puentes, en el área 
   correspondiente a la faja pública. La vegetación a cortar será aquella 
   que pueda provocar obstrucción al paso normal del agua o daños a la 
   estructura, y evitará daños a la vegetación aledaña a la que se debe 
   cortar.

*  Inspeccionar el cauce, aguas arriba y aguas abajo del puente, para 
   determinar, conforme al criterio de la Inspección, la zona adicional en
   la cual se deberá efectuar la limpieza y corte de la vegetación que 
   podría obstruir el flujo normal de agua o generar daños a la
   estructura.

*  Solicitar autorización a la autoridad competente para cortar 
   vegetación protegida por la legislación.

*  Evitar el uso de sustancias químicas nocivas o tóxicas, explosivos 
   y fuego para eliminar la vegetación.

*  Efectuar la menor destrucción posible de la vegetación, protegiendo 
   o trasladando los árboles que oficialmente hayan sido calificados de 
   valor genético, paisajístico o histórico, a un sitio adecuado para 
   garantizar su conservación.

12.4.    Disposición de desechos

El Constructor deberá:

*  Evitar verter a los cuerpos de agua, el material producto de la 
   limpieza del terreno, para ello deberá construir dispositivos
   especiales que impidan la caída de material de limpieza a éstos.

*  Transportar los materiales producto de las limpiezas y despejes 
   anteriormente especificadas, a depósitos aprobados por la Inspección y
   de acuerdo a lo establecido en el numeral 14.1. de estas EAG.

CAPITULO 13: SITIOS DE PRESTAMOS Y CANTERAS

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13.1.    Autorización Ambiental Previa

La apertura de canteras o el reinicio de la explotación de aquellas 
existentes requiere de Autorización Ambiental Previa (AAP) otorgada por 
DINAMA, según la legislación vigente.

Habrá tres situaciones para las obras que utilizarán materiales pétreos. 
El material provendrá de: a) canteras que ya cuentan con AAP; b) canteras 
cuyo funcionamiento aún no está aprobado por la autoridad ambiental; y c) 
canteras exentas de AAP.

*  Para utilizar materiales de las canteras que ya disponen de AAP, el 
   Constructor sólo requerirá presentar copia de dicha autorización a la 
   Inspección. En particular, si el Constructor comprará a terceros el 
   material pétreo proveniente de canteras, deberá entregar a la
   Inspección copia de la AAP otorgada por DINAMA a los dueños de la
   cantera.

*  Para aquellas canteras sin AAP, el Constructor deberá solicitar y 
   tramitar directamente la AAP ante DINAMA, pudiendo contar con el 
   asesoramiento de la DNV para la obtención de dicho permiso.
 
*  Las canteras exentas de AAP son aquellas que estaban en explotación 
   al momento del dictado del Decreto 435/94 y han permanecido en 
   explotación hasta el momento de su uso para la obra. En este caso el 
   Constructor deberá demostrar fehacientemente a la Inspección que se 
   encuentra al amparo de esta excepción.

13.2.    Ubicación

El Constructor deberá:

*  Evitar la extracción de suelos o áridos en sitios de préstamo o 
   canteras en lugares con las características señaladas en el numeral
   9.8. de estas EAG.

*  Preferenciar la extracción de suelo o áridos en sitios de préstamos 
   o canteras que hayan sido explotados para el abastecimiento de alguna 
   obra anterior o en lugares con las características señaladas en el 
   numeral 9.8. de estas EAG.

*  Evitar la explotación de préstamos o canteras en las siguientes 
   áreas, bajo cualquiera de las condiciones que se indican:

   *  Ensanche de un desmonte de la carretera, fuera de los límites 
      definidos por el perfil tipo del proyecto. En estos casos se podrá 
      permitir como excepción, siempre que al término de los trabajos el
      lugar quede estéticamente acondicionado y con taludes estables (no
      se admitirán taludes con pendientes mayores a 1:3).

   *  Lugares localizados a menos de 200 m del eje de la carretera 
      en construcción o bien de una existente. Entre 200 y 500 m se podrá 
      autorizar por la Inspección, siempre que no sea visible desde la 
      carretera en construcción o de una existente. En caso de ser
      visible, deberá estar localizado a más de 500 m de la carretera en
      construcción o de una existente.

13.3.    Instalación

El Constructor deberá:

*  Solicitar por escrito autorización a la Inspección, antes de 
   comenzar la explotación de préstamos o canteras, acompañando los 
   documentos señalados en el numeral 9.8. de estas EAG, cuando el volumen
   a extraer supere los 2.000 m3.

*  Evitar al máximo la realización de desmontes del terreno, rellenos 
   y remoción de vegetación en la instalación. Cuando sea necesario
   remover la vegetación presente, además de contarse con el permiso de la
   autoridad responsable de la protección de la flora, deberá realizarse
   en el área estrictamente necesaria para establecer las vías de acceso,
   oficinas, estacionamiento y acopio de materiales.

13.4.    Explotación de sitios

El Constructor deberá:

*  Almacenar la capa de suelo fértil removida de un sitio de préstamo 
   o cantera, para ser reutilizada posteriormente en la restauración de la
   zona, no pudiendo comercializarla o usarla para cualquier otro fin.

*  Acatar lo estipulado en el numeral 9.1. de estas EAG, con el fin de 
   minimizar la contaminación del aire con polvo y partículas.

*  Acatar lo estipulado en el numeral 14.1 de estas EAG, referente a 
   la disposición de los desechos.

*  Acatar las estipulaciones acerca de la operación de maquinaria 
   indicadas en el numeral 15.5. de estas EAG.

13.5.    Explotación en cauces fluviales

El Constructor deberá:

*  Solicitar previamente los permisos del organismo oficial competente 
   y cumplir con los requisitos técnicos para la explotación en los cauces
   naturales, para extracción de áridos (arenas y cantos rodados).

*  Presentar un proyecto de extracción de material fluvial 
   demostrando, mediante procedimientos de hidráulica fluvial aceptables, 
   que la modalidad de extracción y el volumen a extraer son compatibles
   con el normal escurrimiento del cauce y que no afectará ninguna
   estructura existente (puente, vivienda, etc.).

*  Evitar excavaciones que profundicen solo parcialmente un cauce y 
   que dejen depresiones localizadas, o cualquier trabajo que en alguna 
   forma pueda impedir, desviar o entorpecer el normal escurrimiento de
   las aguas. No se deberán utilizar como yacimiento áreas situadas en las
   cercanías de puentes, tomas de agua, riberas protegidas u otras 
   estructuras que pudiesen ser afectadas por las excavaciones, tanto
   desde el punto de vista de su estabilidad, de su operación o debido al 
   incremento de la turbidez del agua.

13.6.    Restauración ambiental y abandono del área

El Constructor deberá:

*  Restituir el frente explotado, una vez terminada la operación, a 
   las mejores condiciones posibles, de acuerdo al Plan de Restauración 
   Ambiental estipulado en el numeral 8.2. de estas EAG.

*  Retirar los vestigios de ocupación del lugar, tales como chatarra, 
   escombros, construcciones, estructuras, acopios con sus pisos, caminos 
   internos y estacionamientos.

*  Rellenar los pozos y huecos entre piedras de sobretamaño, de forma 
   que no constituyan un peligro para la salud humana ni para el ambiente.

*  Tender una capa de suelo fértil sobre la superficie del préstamo o 
   cantera, ocupando para ello el suelo que se haya acopiado durante la 
   instalación.

*  Restaurar la vegetación, de acuerdo al procedimiento indicado en el 
   numeral 8.2. de estas EAG.

*  Formar una barrera visual si no es posible lograr un paisaje 
   agradable, o si el área es visible desde la carretera o un centro 
   poblado.

*  Dejar el área bien drenada para evitar los riesgos de deslizamientos y
   proteger contra la erosión, mediante plantaciones, drenes, cunetas,
   escalonamiento del talud, etc.

*  Instalar alambrados de seguridad para evitar accidentes de personas 
   o animales.
 
CAPITULO 14: DEPOSITOS

"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen 
electrónica del mismo."

14.1. Ubicación

El Constructor deberá:

*  Evitar el depósito de materiales y de desechos de construcción, en 
   lugares con las características señaladas en el numeral 9.8. de estas 
   EAG.

*  Preferenciar el depósito de materiales y de desechos de construcción,
   en lugares con las características señaladas en el numeral 9.8. de
   estas EAG.

*  Evitar el depósito de materiales y de desechos de construcción, en 
   las siguientes áreas, bajo cualquiera de las condiciones que se
   indican:

   *  En la faja pública de la carretera. En estos casos se podrá 
      permitir como excepción, siempre que al término de los trabajos el
      lugar quede estéticamente acondicionado y con taludes estables (no
      se admitirán taludes con pendientes mayores a 1:3).

   *  Lugares localizados a la vista de la carretera, a menos que sea
      material en proceso y tenga autorización escrita de la Inspección.
 
   *  Sitios donde existan procesos evidentes de arrastre por aguas 
      lluvias y erosión. Así no se expondrá el material depositado a
      procesos naturales de lixiviación, que puedan afectar cuerpos de
      agua próximos al lugar.

*  Preferenciar el depósito de materiales y desechos de construcción, 
   en las siguientes áreas:

   *  Suelos de menor valor agrícola, donde no se altere en forma 
      significativa la fisionomía original del terreno y no se interrumpan
      los cursos de aguas superficiales o subterráneas.

   *  Depresiones naturales o artificiales, las que se rellenarán 
      por capas en forma ordenada, sin sobrepasar los niveles de los
      terrenos circundantes, permitiendo el drenaje en forma adecuada.

14.2.    Instalación

El Constructor deberá:

*  Solicitar por escrito autorización a la Inspección, antes de comenzar
   el uso de los depósitos, acompañando los documentos señalados en
   el numeral 9.8. de estas EAG, cuando el volumen a extraer supere los 
   2.000 m3.

*  Evitar al máximo la remoción de vegetación en la instalación. 
   Además de contarse con el permiso de la autoridad responsable de la 
   protección de la flora, deberá realizarse en el área estrictamente 
   necesaria para establecer las vías de acceso y depósito.

14.3.    Explotación de depósitos

El Constructor deberá:

*  Retirar la capa orgánica de suelo hasta que se encuentre una capa 
   que pueda soportar el sobrepeso provocado por el relleno, previo al uso
   del acopio. El suelo removido se deberá reutilizar en la restauración
   de la zona, no pudiéndose comercializar o usar con otro fin.

*  Establecer drenajes adecuados.

*  Asegurar que los taludes de los acopios de material tengan una 
   pendiente que minimice el riesgo de deslizamientos.

*  Si se trata de desechos químicos, envasarlos previamente en depósitos
   adecuados a las características propias de cada tipo de sustancia, y
   enterrarlos a las profundidades especificadas por la reglamentación
   vigente.

14.4.    Restauración ambiental y abandono del área

El Constructor deberá:

*  Restituir el lugar, una vez terminada la operación, a las mejores 
   condiciones posibles, de acuerdo al Plan de Restauración Ambiental 
   estipulado en el numeral 8.2. de estas EAG.

*  Tender una capa de suelo fértil sobre la superficie del depósito, 
   ocupando para ello el suelo que se haya acopiado durante la
   instalación. Esta capa de suelo deberá estar precedida de una capa de
   relleno, de una granulometría que evite la erosión hacia el interior
   del depósito.

*  Restaurar la vegetación, de acuerdo al procedimiento indicado en el 
   numeral 8.2. de estas EAG.

*  Dejar el área bien drenada para evitar riesgos de deslizamientos y 
   protegida contra la erosión, mediante plantaciones, drenes, cunetas, 
   etc.

CAPITULO 15: CARRETERAS (NUEVAS Y EXISTENTES)

"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen 
electrónica del mismo."

15.1.    Excavaciones

El Constructor deberá:

*  Informar a la Inspección si la ubicación de las obras pudiese 
   ocasionar perjuicio o desaparición de algún elemento cultural singular,
   que no haya sido previsto en la fase de proyecto. Analizar
   conjuntamente con éste la posibilidad de su traslado y reconstrucción
   dentro de las proximidades de su localización original. Será requisito
   obtener previamente una autorización de la autoridad competente, antes
   de efectuar cualquier traslado.

*  Verificar las especificaciones en los diseños de la obra, para 
   asegurar la estabilidad de los taludes, previo al inicio de las 
   actividades de excavación.

*  Transportar los materiales excavados, dentro de lo posible, 
   directamente al camión que lo llevará al sitio de disposición final del
   material, aprobado para tal fin según lo estipulado en el numeral 14.1.
   de estas EAG.

*  Evitar el arrojar material de excavación a los cuerpos de agua.
 
15.2.    Materiales de desecho

El Constructor deberá:

*  Verificar la posibilidad de reutilización del material removido en 
   la rehabilitación de la carretera y restos de la demolición de puentes
   u otras estructuras (asfalto, hormigón, metales, encofrados, etc.).

*  Llevar a depósitos autorizados por la Inspección, según lo dispuesto
   en el numeral 14.1. de estas EAG, el material que no pueda ser
   reutilizado o reciclado.

*  Mantener el material sobrante de la obra dentro de la faja pública, 
   previo a su transporte a depósitos autorizados.

15.3.    Drenajes

El Constructor deberá:

*  Evitar la obstrucción de los drenajes naturales, durante las 
   actividades de movimientos de suelos, para lo cual se construirán 
   previamente las obras de drenaje o se construirán sistemas provisorios
   de drenaje durante los movimientos de suelos.

*  Instruir a sus operarios para adoptar los cuidados pertinentes de 
   los drenajes, que impidan la ocurrencia de obstrucciones al drenaje 
   natural o contaminen las aguas.

15.4.    Taludes

En relación a zonas con problemas de erosión en los taludes desnudos, el 
Constructor deberá aplicar las siguientes técnicas, contando previamente 
con la autorización de la Inspección:

*  Disminuir la inclinación del talud, de manera que permita colocar 
   tierra vegetal.

*  Construir terrazas y sistemas de drenaje para minimizar el riesgo 
   de deslizamientos.

*  Evitar que el agua de la plataforma superior fluya hacia el talud, 
   provocando erosión acentuada, por medio de la construcción de cunetas
   de coronamiento.

*  Aplicar una capa de tierra fértil a los taludes, tanto de desmontes 
   como de terraplenes.
 
*  Sembrar especies herbáceas y, si es posible, especies arbustivas de 
   rápido desarrollo, de preferencia autóctonas.

*  Efectuar los cuidados necesarios (riego, aplicación de 
   fertilizantes, etc.) con el objeto de tener una buena cobertura
   vegetal, la cual protegerá al talud de la erosión.

15.5.    Uso de maquinaria

El Constructor deberá:

*  Asegurar que los camiones, vehículos y otras maquinarias cumplan 
   con los reglamentos vigentes referidos a luces, pesos máximos, 
   señalización, frenos, etc.

*  Efectuar el mantenimiento periódico de las máquinas, de manera de 
   mantenerlas dentro de los valores aceptables de emisión de ruido, gases
   y en condiciones seguras de operación.

*  Mantener en buen estado de funcionamiento la maquinaria, para 
   evitar el derrame de lubricantes y combustibles que puedan afectar los 
   suelos y cursos de agua.

*  Interrumpir el uso de maquinaria durante el período de descanso 
   nocturno de la comunidad afectada por la construcción de las obras, 
   conforme el criterio de la Inspección.

*  Hacer el aprovisionamiento de combustible y mantenimiento de maquinaria
   y equipo, incluyendo su lavado, de forma que no se contaminen
   las aguas o los suelos.

*  Asegurar que los operadores de maquinaria conozcan las normas de 
   seguridad y procedimientos de manejo del equipo que están operando.

15.6.    Transporte de materiales

El Constructor deberá:

*  Evitar que la extracción, carga, transporte y colocación de 
   materiales, produzcan contaminación atmosférica por material
   particulado, debiendo mantener húmedos los caminos de servicio,
   disminuir la velocidad, así como cubrir con una lona la carga de los
   camiones, que puedan ocasionar una excesiva emisión de polvo.

*  Tener especial cuidado en las operaciones de transporte, 
   almacenamiento y aplicación de asfalto, cemento portland y sus
   derivados, especialmente cuando se trate de cruces con cuerpos de
   agua.

*  Mantener limpias las carreteras por donde hayan transitado los 
   camiones con asfalto, cemento portland, sus derivados y cualquier otro 
   material proveniente de excavaciones, préstamos o canteras, retirando
   los fragmentos y residuos generados.

*  Construir rápidamente, en caso de vertimiento accidental de asfalto,
   cemento portland o cualquiera de sus derivados, un terraplén que
   confine el derrame y recoger a la brevedad dicho material, incluyendo
   el suelo contaminado y disponerlo en un lugar autorizado por la
   Inspección, según lo indicado en el numeral 14.1. de estas EAG.

15.7.    Decantación de residuos de aguas de lavado

El Constructor deberá:

*  Construir piscinas de decantación para los residuos de las aguas de 
   lavado de: camiones de transporte de hormigón, plantas de elaboración
   de hormigón, sistemas de abatimiento de gases y polvo por medio de
   agua.

Para estas piscinas se recomiendan las siguientes características:

   *  Deben haber tres piscinas en serie en operación permanente, 
      con una cuarta en paralelo con la primera de la serie, ya que hay
      una saturación más rápida de la primera piscina. Esto permite
      efectuar limpieza sin afectar la eficiencia del sistema.

   *  Las piscinas deben ser todas iguales, recomendándose las 
      siguientes dimensiones internas:

                  largo        =    10,0 m
                  ancho        =     4,0 m
                  profundidad  =     1,5 m 

   *  La conexión entre las piscinas debe ser por medio de canaletas 
      simples de cemento.

   *  El sentido del flujo será longitudinal respecto de las 
      piscinas y se usará una manguera flexible para alimentar la primera 
      piscina, de manera que permita alimentar la piscina de reserva, que
      está en paralelo, en los períodos de limpieza de ésta.

   *  Con el objetivo de prevenir la contaminación de las aguas 
      subterráneas, se deberán colocar 50 cm de arcilla compactada en el
      fondo de cada piscina.
 
   *  Un lado de las piscinas será inclinado, de forma de permitir el
      acceso de un cargador que realice su limpieza.

15.8.    Construcción de la capa de rodadura

El Constructor deberá:

*  Evitar el calentamiento del asfalto en recipientes improvisados, 
   que generen emisiones de gases contaminantes. En caso de ser necesario
   y que cuente con la aprobación de la Inspección, esta operación se 
   realizará en zonas alejadas de centros urbanos o asentamientos humanos,
   con el objetivo de minimizar cualquier efecto adverso a la población.

*  Acopiar y disponer los desechos provenientes del bacheo del 
   pavimento en un lugar autorizado por la Inspección, según lo indicado
   en el numeral 14.1. de estas EAG.

*  Proveer al personal de los equipos adecuados de protección personal 
   para el transporte, almacenamiento y disposición del asfalto, los
   cuales serán de uso obligatorio por parte de los operarios.

15.9.    Estructuras complementarias

En la construcción o instalación de estructuras complementarias, el 
Constructor deberá observar todas las normas referidas en los capítulos 
anteriores acerca de medidas generales de protección ambiental, limpieza, 
fuentes y acopios de materiales, maquinarias y equipos, excavaciones, 
terraplenes, etc.

15.10.   Mantenimiento rutinario

Para realizar los trabajos de mantenimiento rutinario, el Constructor 
deberá observar las normas establecidas en estas EAG.

Debido a que generalmente las cantidades de material utilizadas en el 
mantenimiento rutinario de la carretera son mucho menores que las usadas 
para su construcción o rehabilitación, no es necesario que la Inspección 
exija la totalidad de los documentos señalados en el numeral 9.8. de 
estas EAG. Lo anterior no exime al Constructor de su obligación de 
presentar el Plan de Restauración Ambiental, además del cumplimiento de 
estas EAG en su totalidad.

CAPITULO 16: CAMINOS DE SERVICIO

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electrónica del mismo."

16.1.    Ubicación

El Constructor deberá:

*  Usar de preferencia los caminos existentes para acceder a las 
   instalaciones temporales o los diferentes frentes de trabajo, o para 
   desviar el tránsito durante la obra.

*  Evitar construir caminos de servicio en lugares con las características
   señaladas en el numeral 9.8. de estas EAG.

*  Preferenciar la construcción de caminos de servicio en lugares con 
   las características señaladas en el numeral 9.8. de estas EAG.

*  Solicitar por escrito autorización a la Inspección, antes de hacer 
   uso de lugares para construir caminos de servicio, acompañando el Plan
   de Restauración Ambiental, conforme a lo estipulado en el numeral 8.2
   de estas EAG, si los caminos de servicio no se seguirán usando y ocupan
   más de 5.000 m2.

16.2.    Construcción y mantenimiento

El Constructor deberá:

*  Seguir los contornos naturales del ambiente circundante, de manera 
   de minimizar los desmontes y terraplenes.

*  Evitar la interrupción de los drenajes existentes, estableciendo un 
   sistema adecuado a las condiciones climáticas de la zona en la cual se 
   construya el camino. Se colocarán puentes provisorios o alcantarillas, 
   simultáneamente con la nivelación del camino y la construcción de 
   terraplenes.

*  Construir los caminos de servicio con el ancho mínimo necesario y 
   con el radio de las curvas también reducido, con el objeto de tener 
   condiciones aceptables de seguridad y de impactar lo menos posible al 
   ambiente.

*  Ejecutar los caminos de servicio teniendo en cuenta la protección 
   de predios aledaños y de cualquier tipo de infraestructura existente.

*  Mantener los caminos de servicio en buenas condiciones de
   transitabilidad y seguridad durante el período de uso.

*  Acatar la estipulación del numeral 9.1. de estas EAG, con el fin de 
   minimizar la contaminación del aire con polvo y partículas.

*  Colocar señalización diurna y nocturna, en ubicación y cantidad 
   adecuada para direccionar y para salvaguardar la seguridad del
   tránsito. La señalización deberá indicar los desvíos y la velocidad
   máxima de circulación para evitar accidentes.

16.3.    Restauración ambiental de accesos

Una vez que la carretera esté construida, el Constructor deberá restaurar 
las áreas en las cuales haya construido caminos de servicio que no se 
volverán a usar, para lo cual deberá aplicar un Plan de Restauración 
Ambiental aprobado por la Inspección, según lo estipulado en el numeral 
8.2 de estas EAG.
 
CAPITULO 17: DEMOLICIONES Y USO DE EXPLOSIVOS

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electrónica del mismo."

17.1. Demoliciones de puentes y otras estructuras

En la demolición de obras civiles (puentes, alcantarillas, estructuras, 
muros de hormigón, etc.) le está prohibido al Constructor usar explosivos 
cuando exista:

*  Peligro de contaminación de cuerpos de agua.

*  Peligro a la integridad de las carreteras.

*  Peligro a la seguridad de las personas o construcciones.

*  Sistemas naturales, terrestres o acuáticos, que constituyen 
   hábitats preferenciales de especies de fauna protegida, o de sus áreas
   de reproducción, descanso, alimentación, etc.

*  Fauna rara y/o en peligro de extinción, o de interés científico y 
   económico, definida por ley.

Si en la demolición es necesario usar explosivos, el Constructor deberá:

*  Cerrar la zona donde es probable que caigan fragmentos y usar 
   esteras para voladuras en aquellos lugares donde hay peligro que vuele 
   roca, hormigón, u otros materiales, hacia construcciones.

*  Efectuar cada detonación bajo la vigilancia directa del 
   especialista. Una vez cargados los barrenos, la explosión no se deberá 
   demorar.

*  Desconectar los cables inmediatamente después de la voladura, si se 
   ha utilizado corriente eléctrica para detonar la carga.

*  Hacer una inspección después de la voladura, para determinar si 
   todas las cargas han estallado.

*  Desprender los pedazos de roca suelta y el escombro de voladuras en 
   canteras, antes de continuar con los trabajos.

17.2.    Disposición de materiales removidos

El Constructor deberá:

*  Efectuar la limpieza del área una vez terminada su labor de 
   demolición.

*  Verificar la posibilidad de reciclar los restos de la demolición de 
   puentes u otras estructuras, mediante trituración en una planta de 
   áridos, para ser usados en alguna construcción de la obra.

*  Llevar el material que no pueda ser reciclado a un depósito 
   autorizado por la Inspección, de acuerdo a lo establecido en el numeral
   14.1. de estas EAG.

*  Evitar hacer acopio de material en lugares visibles desde la carretera,
   a menos que sea material en proceso y tenga la autorización escrita de
   la Inspección.

17.3.    Uso y transporte de explosivos

El Constructor deberá:

*  Usar explosivos únicamente en aquellas labores propias de la obra 
   que así lo requieran, las cuales deberán tener la autorización escrita
   de la Inspección.

*  Programar la realización de labores que requieren uso de explosivos 
   con antelación, sometiendo esta programación a la aprobación de la 
   Inspección. Esta programación deberá tener en cuenta las normas de 
   seguridad que permitan garantizar que no se pongan en peligro vidas 
   humanas, componentes del ambiente, así como obras o construcciones 
   existentes.
 
*  Usar, para el transporte de explosivos, un vehículo fuerte y 
   resistente, en perfectas condiciones, provisto de piso de material que
   no provoque chispas, con los lados y la parte de atrás de altura
   suficiente para impedir la caída eventual de material, o bien con
   carrocería cerrada.

*  Evitar el transporte de explosivos en el mismo vehículo que los 
   detonadores, metales, herramientas de metal, carburo, aceite, cerillos,
   armas de fuego, acumuladores, materiales inflamables, ácidos o
   compuestos corrosivos u oxidables.

*  Revisar los camiones que transportan explosivos cada vez que se 
   utilicen para este fin y verificar que lleven por lo menos dos
   extintores de tetracloruro de carbono en buenas condiciones.

*  Evitar el transporte de explosivos en remolques, excepto si son 
   semirremolques; ni enganchar ningún remolque al camión que transporte 
   explosivos.

*  Cubrir los explosivos con una lona a prueba de agua y de fuego, 
   para protegerlos de la intemperie y de cualquier chispa, si se utiliza
   un camión abierto.

*  Verificar que los vehículos que transporten explosivos no se carguen
   más allá del límite señalado por el fabricante y por ningún motivo la
   carga deberá sobrepasar la altura de los lados del vehículo.

*  Evitar, en lo posible, que los vehículos que transporten explosivos 
   pasen por zonas urbanas o congestionadas de tránsito.

*  Verificar que los vehículos que transporten explosivos lleven 
   señalización de su carga y la palabra "peligro", así como la custodia
   de seguridad.

*  Almacenar la cantidad mínima posible de explosivos que le permita 
   realizar las obras de construcción en condiciones adecuadas de 
   seguridad.

*  Almacenar los explosivos en construcciones de materiales sólidos, a 
   pruebas de fuego y balas y conservarlos cerrados con llave.

*  Verificar que los explosivos no se guarden al alcance de menores de 
   edad, de personas no autorizadas o de animales.

*  Guardar los detonadores en un polvorín separado y nunca almacenarlos
   en el mismo polvorín con otros explosivos.

*  Abrir los cajones de madera que contengan explosivos, con 
   herramientas de madera; los cajones no se deberán abrir dentro del 
   polvorín.

*  Confiar sólo a especialistas debidamente autorizados la manipulación y
   detonación de explosivos.

CAPITULO 18: PUENTES

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electrónica del mismo."

18.1. Construcción de puentes

El Constructor deberá analizar la AAP emitida por DINAMA y el EIA si lo 
hubiera. Sobre esta base deberá presentar a la Inspección el plan 
detallado de construcción del puente, el cual deberá contener diferentes 
alternativas para su construcción, especialmente de sus fundaciones, 
acompañadas de un análisis de las respectivas implicancias ambientales.

La Inspección decidirá:

*  El método a utilizar para construir el puente, considerando en 
   especial los impactos ambientales que provoca cada alternativa. Optará 
   por aquella solución que, a un costo razonable, presente el menor
   impacto negativo al ambiente.

*  La época adecuada para la construcción de las fundaciones del puente,
   teniendo en consideración la época de reproducción de las especies de
   fauna rara o en peligro de extinción que hayan sido observadas en la
   zona de localización del puente.
 
*  La zona de trabajo autorizada, de manera de no afectar excesivamente
   los ecosistemas frágiles que usualmente existen en las riberas de los
   cauces de agua.

El Constructor deberá:

*  Evitar alteraciones significativas a la calidad del agua,
   independientemente del método constructivo del puente.

*  Acentuar las medidas de precaución en el transporte de hormigón 
   desde el sitio de elaboración hasta el frente de trabajo, con el fin de
   evitar vertimientos accidentales sobre el cauce, la vegetación o suelo 
   adyacente.

*  Remover el mínimo de vegetación para la construcción de los estribos
   del puente y, de manera compensatoria, revegetar los taludes que
   presenten signos de erosión dentro de la margen del cauce.

*  Tomar medidas preventivas para evitar vertimientos accidentales 
   sobre las aguas durante la colocación de la capa de rodadura del puente
   y de sus accesos.

*  Evitar transitar y lavar maquinaria y/o vehículos sobre el lecho.

*  Implantar un plan de monitoreo que constará, como mínimo, de las 
   siguientes medidas:

   *  Tomar muestras de aguas arriba y aguas abajo del puente en 
      construcción, para determinar las probables alteraciones de la
      calidad de ésta. Verificar que por lo menos se mantengan las
      condiciones esenciales para su uso y la vida dentro de estas aguas,
      conforme a la normativa vigente.

   *  Efectuar la colecta de muestras en los períodos de construcción de
      las fundaciones del puente, arme y desarme de ataguías o durante
      otras actividades que puedan alterar la calidad del agua. La
      frecuencia de muestreo será fijada por la Inspección.

   *  Analizar las muestras en un laboratorio aprobado por la Inspección.

   *  Realizar en las muestras de agua, a lo menos, los siguientes 
      análisis:

      - Color
      - pH
      - Oxígeno disuelto
      - Petróleo e hidrocarburos
      - Sólidos flotantes visibles y espumas no naturales
      - Temperatura del flujo de agua corriente
      - Turbiedad
      - Sólidos disueltos y en suspensión
      - Metales pesados.

   *  Incluir en los Informes Trimestrales de Gestión Ambiental, de 
      acuerdo a lo establecido en el numeral 8.3. de estas EAG los
      resultados de dichos análisis.

18.2.    Renovación de puentes existentes

El Constructor deberá:

*  Aplicar las especificaciones en el numeral 18.1. de estas EAG, para 
   la renovación de un puente.

*  Usar martillos neumáticos u otros dispostivos no explosivos para 
   efectuar las demoliciones encima del cauce, teniendo los cuidados 
   necesarios para que no caigan restos de material sobre el agua.

18.3.    Uso de ataguías y desvíos de cauce

El Constructor deberá:

*  Evitar la construcción de ataguías y desvíos del flujo del agua que 
   provoquen arrastres de sedimentos hacia el cauce, afectando la calidad 
   del agua y con ello la flora y fauna acuática.

*  Efectuar el menor desvío y la menor obstrucción posible al flujo de 
   agua, que permita la construcción del puente.

*  Tener cuidado con el aumento del nivel del cauce aguas arriba de 
   las ataguías o desvíos de cauce, de manera que siempre el cauce se 
   mantenga dentro de su caja y no se produzcan inundaciones de las 
   propiedades aledañas.

*  Usar, para construir las ataguías o desvíos de cauce, materiales 
   libres de sustancias que contaminen el cauce, por ejemplo: aceites, 
   combustibles, pintura, basura, etc.

*  Construir las ataguías o desvíos de cauce utilizando material de 
   tipo y tamaño adecuado, para minimizar los problemas de sedimentación
   del cauce.

*  Evitar modificar significativamente la velocidad y dirección normal 
   del flujo de agua en la construcción de ataguías y desvíos, ya que esto
   puede provocar socavación de la ribera afectada, con el consiguiente 
   arrastre de sedimentos.

*  Presentar para la aprobación de la Inspección un plan para deshacer 
   tanto las ataguías como las instalaciones asociadas, cuando se termine
   la construcción del puente.

*  Limpiar el lecho para volverlo a condiciones similares a las que 
   existían previamente a la construcción, cuando se termine la
   construcción del puente.

*  Realizar los levantamientos del perfil del lecho del cauce, tanto 
   antes de efectuar su construcción como después de la limpieza final.
   Los levantamientos tendrán que ser aprobados por la Inspección, de
   manera que el lecho del cauce quede, como mínimo, en condiciones
   similares a las existentes antes de la construcción.

*  Tomar las siguientes precauciones para deshacer las ataguías y evitar
   la contaminación del cauce con sedimentos:

   *  Evitar deshacer las ataguías en períodos de desove de las 
      especies acuáticas significativas.

   *  Dejar, una vez terminada la labor de deshacer las ataguías, el 
      área limpia y llevar el material extraído del cauce a depósitos de 
      desechos aprobados por la Inspección y de acuerdo a lo establecido
      en el numeral 14.1. de estas EAG.

"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen 
electrónica del mismo."

18.4.    Restauración ambiental y abandono del área  

El Constructor deberá:

*  Preparar un Plan de Restauración Ambiental de las superficies 
   afectadas por la renovación o construcción del puente, de acuerdo a las
   normas del numeral 8.2. de estas EAG.

*  El Plan de Restauración Ambiental deberá considerar:

   *  Remover ataguías según lo estipulado en el numeral 18.3. de 
      estas EAG.

   *  Dejar el área limpia; se retirará y dejará en los depósitos 
      aprobados por la Inspección y de acuerdo a lo especificado en el
      numeral 14.1. de estas EAG, el material extraído del cauce
      (chatarra, escombros, desechos de demoliciones y sobrantes de la
      construcción).

   *  Retirar las instalaciones temporales utilizadas en la obra.

   *  Restaurar las áreas en las cuales hayan construido caminos de 
      servicio, extraído y acopiado de materiales; y se hayan operado
      sitios de préstamo, de plantas de producción de materiales y
      cualquier otra obra temporal.

   *  Recuperar el perfil de los terrenos colindantes y del cauce de agua.

   *  Instalar vegetación según lo indicado en el numeral 8.2. de estas
      EAG.

CAPITULO 19:     COSTOS DE LAS MEDIDAS AMBIENTALES Y FORMA DE PAGO

"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen 
electrónica del mismo."

19.1.    Costos de las medidas ambientales

El Constructor deberá:

*  Incluir el costo de la instrumentación de las tareas de mitigación 
   y del "Plan de Restauración Ambiental" previstos en estas EAG, en el 
   rubro "Recuperación Ambiental" de su oferta.

*  Establecer en su Oferta el monto global del rubro "Recuperación 
   Ambiental", el cual no podrá ser inferior al 3% del monto del contrato,
   salvo especificación particular en el pliego de licitación.

19.2.    Adelantos parciales del rubro "Recuperación Ambiental"

La Inspección estará facultado para conceder adelantos parciales del 
rubro "Recuperación Ambiental", si comprueba con el asesoramiento de la 
Unidad Ambiental de DNV, que se están realizando las tareas de mitigación 
previstas en estas EAG y las comprometidas en el Plan de Restauración 
Ambiental.

La suma de los adelantos parciales no podrá exceder el 50% del monto del 
rubro "Recuperación Ambiental", de manera que el remanente del rubro será 
cancelado cuando el Constructor haya realizado todas las tareas de 
mitigación previstas en estas EAG y las comprometidas en el Plan de 
Restauración Ambiental.

19.3.     Devolución de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato
 Considerándose estas EAG parte integral del contrato, no se podrá 
conceder la Recepción Provisoria, ni se dará trámite a la solicitud de 
devolución de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato (5%) y de su 
respectivo Refuerzo (2%) hasta que se hayan instrumentado, a satisfacción 
de la Unidad Ambiental de la DNV y la Inspección, la totalidad de las 
medidas establecidas en estas EAG y en el Plan de Restauración Ambiental 
propuesto.
                                  ANEXOS                                  
                                                                          
"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen 
electrónica del mismo."

ANEXO I:    PROCEDIMIENTOS PARA EL DICTADO
            DE LA AUTORIZACION AMBIENTAL PREVIA

ANEXO II:   TIPOS DE PROYECTOS VIALES
            Y SU CLASIFICACION AMBIENTAL

ANEXO III:  DEFINICION DE TERMINOS

ANEXO IV:   BIBLIOGRAFIA
 
ANEXO I:    PROCEDIMIENTO PARA EL DICTADO DE LA AUTORIZACION AMBIENTAL
            PREVIA

El procedimiento para el dictado de la Autorización Ambiental Previa 
(AAP), consta de las siguientes siete etapas:

a) Comunicación del proyecto.
b) Clasificación del proyecto.
c) Autorización Ambiental Previa.
d) Estudio de impacto ambiental.
e) Puesta de manifiesto.
f) Audiencia pública.
g) Resolución ministerial.

El detalle de cada etapa se presenta a continuación.

1.  Comunicación del proyecto

El interesado en la realización de algunas de las actividades, 
construcciones y obras sujetas a AAP, debe comunicar el proyecto a la 
DINAMA, mediante la presentación de la información siguiente:

a) la identificación precisa del o de los titulares del proyecto.

b) la identificación del o de los propietarios del predio donde se 
   ejecutará el proyecto.

c) la identificación de los técnicos responsables de la elaboración y 
   ejecución del proyecto.

d) la localización y descripción del área de ejecución e influencia 
   del proyecto.

e) la descripción del proyecto y del entorno, conteniendo todos los 
   elementos necesarios para su correcta consideración.

f) el detalle de los posibles impactos ambientales que pudieran 
   producirse y de las medidas de prevención, mitigación o corrección 
   previstas.

g) la clasificación del mismo, a criterio del proponente, según las 
   categorías que se establecen en el artículo siguiente.

2.  Clasificación del Proyecto

En la comunicación del proyecto, el representante de éste debe proponer 
una clasificación del proyecto en algunas de las tres categorías 
siguientes:

a) Categoría "A": incluye aquellos proyectos de actividades, 
   construcciones u obras, cuya ejecución no presentaría impactos 
   ambientales negativos o pueda presentar impactos ambientales mínimos, 
   dentro de lo tolerado y previsto por las normas vigentes.

   Dichos proyectos no requerirán la realización de un estudio de 
   impacto ambiental.

b) Categoría "B": incluye aquellos proyectos de actividades, 
   construcciones u obras, cuya ejecución pueda tener impactos ambientales
   moderados o que afectarían muy parcialmente el ambiente, cuyos efectos 
   negativos pueden ser eliminados o minimizados mediante la adopción de 
   medidas bien conocidas y fácilmente aplicables.

   En estos casos, deberá realizarse un estudio de impacto ambiental 
   sectorial o parcial.

c) Categoría "C": incluye aquellos proyectos de actividades,
   construcciones u obras, cuya ejecución pueda producir impactos
   ambientales negativos de significación cuantitativa o cualitativa, se 
   encuentren o no previstas medidas de prevención o mitigación.

   Dichos proyectos requerirán un estudio de impacto ambiental completo 
   o detallado.

El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente 
(MVOTMA) dispone de un plazo de diez días hábiles, a partir de la 
presentación de la comunicación del proyecto, para evaluar la información 
aportada junto con la misma y ratificar o rectificar la clasificación 
propuesta por el interesado. En caso que se omitiere dicho 
pronunciamiento, dentro del plazo correspondiente, se tendrá por 
ratificada la clasificación propuesta por el interesado.

Cuando la DINAMA concluye que la información suministrada por el 
interesado es incorrecta o incompleta se interrumpe el plazo, confiriendo 
vista al interesado.

Una vez presentada la información en forma correcta o completa, se inicia 
un nuevo plazo de diez días hábiles para que el MVOTMA se expida acerca 
de la clasificación propuesta por el interesado.

Una vez ratificada o rectificada la clasificación propuesta por el 
interesado para el proyecto, la DINAMA le expedirá el certificado de 
clasificación ambiental correspondiente, la que además será comunicada a 
los organismos con competencia sectorial en la materia principal sobre la 
que versa el proyecto y a la Intendencia Municipal del departamento en el 
que se localiza.

3.  Autorización Ambiental Previa

Cuando el proyecto es clasificado en la categoría "A" la DINAMA procede a 
otorgar la AAP y sin más trámite se puede comenzar con la ejecución de la 
obra.

Cuando el proyecto es clasificado en la categoría "B" o "C", el 
interesado debe realizar, a su costo, el Estudio de Impacto Ambiental 
(EIA) y reiterar la solicitud de la AAP.

Si el MVOTMA, a través de DINAMA, clasifica el proyecto en la Categoría 
"B", la resolución deberá contener la definición de los sectores o temas 
sobre los cuales deberá centrarse el EIA.

Finalmente, la solicitud de AAP otorgada por DINAMA debe contener, como 
mínimo:

a) la copia del Certificado de Clasificación Ambiental.

b) los documentos del proyecto.

c) el Estudio de Impacto Ambiental (si hubiera correspondido).

d) el Informe Ambiental Resumen (si hubiera correspondido).

Los documentos del proyecto que sean presentados conjuntamente con la 
solicitud de AAP deben contener como mínimo:

a) el resumen ejecutivo del proyecto, conteniendo una memoria 
   descriptiva y los planos básicos del mismo.

b) el marco legal y administrativo de referencia, identificando las 
   normas aplicables y los permisos o autorizaciones necesarios.

c) la localización y área de influencia del proyecto, desde el punto 
   de vista de su ubicación geográfica y político - administrativa.

d) la descripción de las distintas actividades previstas en el 
   proyecto, personal a utilizar, materias primas y desechos previsibles.

e) la descripción de las fases del proyecto (construcción, operación 
   y abandono) y de las actividades que implica, tanto directas como 
   derivadas.

4.  Estudio de Impacto Ambiental

Si corresponde ejecutar un EIA (Categorías "B" y "C") debe abarcar el 
proyecto y su posible área de influencia, incluyendo un encuadre general 
macroambiental, realizándose una comparación objetiva entre las 
condiciones anteriores y posteriores a la ejecución del proyecto, en sus 
etapas de construcción, operación y abandono.

El documento que recoja los resultados del EIA, deberá contener, como 
mínimo, las partes siguientes:

*  Parte I (Características del ambiente receptor): en la que se 
   describen las principales características del entorno, se evalúan las 
   afectaciones ya existentes y se identifican las áreas sensibles o de 
   riesgo; todo ello en tres aspectos:

   a) ambiente físico: agua, suelo, paisaje, etc.

   b) ambiente biótico: fauna, flora, biota acuática, etc.

   c) ambiente antrópico: población, actividades, usos del suelo, 
      sitios de interés histórico y cultural, etc.

*  Parte II (Identificación y evaluación de impactos): en la que se 
   identifican y evalúan los impactos ambientales tanto negativos como 
   positivos, debiéndose considerar los siguientes aspectos:

   a) previsión de impactos directos o indirectos, simples y 
      acumulativos, así como los riesgos derivados de la situación
      ambiental resultante de la ejecución del proyecto.

   b) predicción de la evolución de los impactos ambientales 
      negativos, comparando la situación del ambiente con y sin la
      ejecución del proyecto.

   c) cuantificación de los impactos ambientales identificados, tanto
      geográfica, como temporalmente.

   d) comparación de los resultados con la situación actual y con 
      los estándares admitidos.

*  Parte III (Determinación de las medidas de mitigación): en la que 
   se identifican y desarrollan las medidas de mitigación a ser adoptadas
   y se presenta el cálculo de impacto ambiental residual, en caso que las
   medidas se adoptasen.

   Se deben considerar los siguientes aspectos:

   a) las medidas de mitigación que se deberán aplicar para disminuir los
      impactos ambientales identificados.

   b) los planes de prevención de riesgos y de contingencias.

   c) las medidas compensatorias o restauradoras que será necesario
      adoptar.

   d) los planes de manejo ambiental del proyecto.

   e) los programas de abandono que sería necesario adoptar.

Parte IV (Plan de seguimiento, vigilancia y auditoría): en la que se 
instrumentará un plan de monitoreo sobre los factores ambientales 
comprendidos dentro del área de influencia del proyecto.

Asimismo, en el EIA deben explicitarse claramente las deficiencias de 
información o conocimientos de base, así como las incertidumbres que se 
hubieran padecido en su elaboración. Se identificarán además, los 
técnicos que hubieran intervenido en su elaboración.

Cuando el proyecto es clasificado en Categoría "B", el EIA se limitará a 
los elementos o el sector que específicamente hubiera sido señalado, 
manteniendo en lo pertinente la estructura antes señalada.

El Informe Ambiental Resumen debe contener, en forma sucinta, la 
información contenida en los documentos del proyecto y en el EIA; debe 
presentar un capítulo de conclusiones sobre los principales impactos 
identificados en el estudio y cuales serían las medidas que se adoptarían 
en cada caso. El Informe Ambiental Resumen debe ser redactado en términos 
fácilmente comprensibles, sin perder por ello su exactitud y rigor 
técnico, a los efectos de servir como documento base para la puesta de 
manifiesto.

5.  Puesta de Manifiesto

El MVOTMA pondrá de manifiesto en sus oficinas el Informe Ambiental 
Resumen, para que cualquier interesado pueda acceder a la vista del mismo 
y formular, por escrito, las apreciaciones que considere convenientes.

A tales efectos, librará el aviso que deberá ser publicado por el 
interesado en el Diario Oficial y en otro diario de circulación nacional, 
de todo lo cual debe quedar expresa constancia en la tramitación.

El plazo de manifiesto es de veinte días hábiles, contados a partir del 
día inmediato siguiente al de la última publicación.

6.  Audiencia Pública

El MVOTMA puede disponer la realización de una audiencia pública cuando 
considere que el proyecto implica repercusiones graves de orden cultural, 
social o ambiental. A tales efectos determinará la forma de convocatoria 
y demás aspectos inherentes a la realización de la audiencia pública.

7.  Resolución Ministerial

El MVOTMA evalúa si el proyecto presenta impactos negativos residuales 
que puedan considerarse admisibles, teniendo en cuenta el eventual EIA y 
demás información generada en la tramitación. A tales efectos, se 
consideran admisibles aquellos impactos negativos que no provoquen 
contaminación, depredación o destrucción del medio ambiente.

El MVOTMA debe otorgar la AAP cuando del proyecto sólo se deriven 
impactos ambientales negativos que puedan ser considerados admisibles.

En caso que del proyecto se deriven impactos ambientales negativos que 
puedan ser eliminados o reducidos a niveles admisibles, el MVOTMA puede 
otorgar la AAP condicionándola a la introducción de modificaciones en el 
proyecto o a la adopción de medidas de prevención o mitigación que 
considerare necesarias para ello.

Cuando el MVOTMA considera que del proyecto se derivarían impactos 
ambientales residuales negativos no admisibles, debe rechazar la 
solicitud de AAP.

En los casos de categorías "B" o "C", en que se requirió un EIA, el 
MVOTMA dispone de un plazo de 150 días para analizar un EIA y 
pronunciarse sobre la solicitud de AAP. Dicho plazo se suspende cuando se 
requiere del solicitante la corrección, complementación o ampliación de 
información, dejándose constancia en el expediente. La ausencia de 
pronunciamiento de parte de la autoridad, vencido el plazo, significa un 
rechazo de la solicitud.

El trámite concluye, independientemente de la categoría, con la 
resolución ministerial respecto de la AAP.

El diagrama de flujo de la página siguiente muestra el esquema de 
tramitación de una solicitud de AAP.

  SECUENCIA PARA LA SOLICITUD Y OBTENCION DE UNA AUTORIZACION AMBIENTAL   
                                  PREVIA                                  
                         (Diagrama simplificado)                          
                                                                          
"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen 
electrónica del mismo."

ANEXO II:   TIPOS DE PROYECTOS VIALES Y SU CLASIFICACION AMBIENTAL

TIPOS DE OBRAS VIALES

1.  Mantenimiento rutinario

Consiste en realizar trabajos periódicos o de rutina para mantener la 
carretera en buenas condiciones de servicio.
Todos los trabajos se efectúan en la faja pública existente.
Se incluyen tareas como:

*  Trabajos de bacheo y reposiciones parciales del pavimento.
*  Trabajos de limpieza de alcantarillas y sus zanjeados.
*  Trabajos en la faja como corte de pasto, limpieza de cunetas, etc.
*  Trabajos de señalización vertical y horizontal.
*  Trabajos menores de reparación y mantenimiento en alcantarillas y 
   puentes.

2.  Mantenimiento extraordinario o rehabilitación

Consiste en realizar trabajos de mantenimiento de fondo, para llevar la 
carretera a sus condiciones originales, a partir de situaciones de 
deterioro importantes, pero reversibles.

Todos los trabajos se efectúan en la faja pública, destacándose que no se 
requiere adquirir más terrenos.
Se incluyen:

*  Refuerzo del pavimento, como recapados, recargos y tratamientos.
*  Mejoramiento de las condiciones de drenaje, lo que conlleva tareas 
   como regularización de faja y taludes; limpieza de alcantarillas y sus
   zanjeados, cunetas longitudinales, etc.
*  Reparación y mantenimiento de puentes, como el sellado de fisuras, 
   reparación de juntas, cambio de apoyos, etc.

Estas tareas pueden ir acompañadas de cambios en:

*   El tipo de pavimento, como ser la sustitución de un tratamiento por 
    un carpeta asfáltica de rodadura.
*   La geometría de la calzada y sus banquinas, consistente en un 
    ensanche de la plataforma que permita el refuerzo del pavimento o que 
    brinde mayor seguridad al conductor (no genera nuevos terraplenes o 
    desmontes, ni adquisición de nuevos terrenos).

3.  Mejora en el trazado y/o de los puentes

Consiste en ejecutar obras de mejora del trazado plani-altimétrico, con 
el objeto de mejorar las condiciones de seguridad.
Implican rectificaciones menores del trazado, donde la mayor parte del 
trabajo se ejecuta dentro de la faja pública. Se requieren movimientos de 
suelo menores y, eventualmente, la adquisición de terrenos de pequeña 
escala.
Se incluyen:

*  Mejora de la visibilidad de los acordamientos verticales, 
   suavizando o disminuyendo pendientes.
*  Mejora en las condiciones de seguridad, corrigiendo el trazado de 
   curvas peligrosas.
*  Construcción de una segunda calzada o una senda para tránsito 
   pesado.
*  Mejora en el emplazamiento y funcionamiento de empalmes.

En otros casos el punto crítico en las condiciones de seguridad de una 
carretera se producen en los puentes.
Se incluyen:

*  Modificaciones en la geometría del puente, como ser el ensanche de 
   la calzada y veredas de un puente existente (generalmente incluye el 
   refuerzo de la estructura).
*  Sustitución de un puente antiguo por otro de adecuadas condiciones 
   de seguridad y carga, en el mismo emplazamiento.

4.  Obra nueva

Consisten en proyectos con trazados sustancialmente nuevos, donde se 
necesita adquirir mayores cantidades de terreno.

Se incluyen:

*  Construcción de nuevos trazados.
*  Construcción de "by-passes".

Generalmente incluyen la construcción de nuevos puentes en lugares donde 
no existen vestigios de otro puente anterior.

                   ACTIVIDADES DE LOS PROYECTOS VIALES                    
                                                                          
Las obras viales incluyen distintas actividades:

"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen 
electrónica del mismo."

5.  Extracción de áridos

Consiste en extraer áridos de distintos tipos para diferentes usos en las 
obras viales:

*  Canteras de roca sana, en que la extracción se realiza por medio de 
   voladuras y la producción de piedra partida se logra con una
   trituradora, obteniendo los materiales para hormigones, mezclas
   asfálticas o riegos bituminosos.

*  Canteras de tosca (rocas alteradas), destinadas para las capas 
   inferiores del pavimento se obtienen arrancándola con un bulldozer.

*  Yacimientos de arena, destinada a las mezclas asfálticas o riegos 
   bituminosos, son extraídas de antiguos depósitos (no de cauces de agua)
   por medio de cargadores frontales.

CLASIFICACION AMBIENTAL PROPUESTA

De acuerdo con la legislación vigente (Ley 16.466 y Decreto 435/994), 
requieren Autorización Ambiental Previa (AAP) de la DINAMA, las obras que 
incluyan rectificación o ensanche del trazado existente, la construcción 
de un nuevo puente, así como la extracción de áridos.

Las obras de mantenimiento rutinario (tipo 1), de mantenimiento 
extraordinario (tipo 2) y las de modificación de la geometría o capacidad 
de carga de un puente (tipo 3.2.a); no requieren una solicitud de AAP.

Las obras de mejora parciales del trazado (tipo 3.1) y aquellas que 
implican la construcción de un nuevo puente similar a uno existente (tipo 
3.2.b); requieren la solicitud de AAP y generalmente se propone la 
Clasificación de "A" en el marco de las Especificaciones Ambientales 
Generales.

Las obras nuevas (tipo 4) requieren la solicitud de AAP, estando la 
Clasificación sujeta a las condiciones propias del proyecto.

Independiente del tipo de obra donde se sucedan, la legislación vigente 
establece que la actividad extractiva de minerales (tipo 5) esta sujeta 
al procedimiento de AAP, por lo cual los constructores deberán contar 
con, o gestionar ante DINAMA, la autorización correspondiente, cuando la 
extracción implique la apertura de canteras o el reinicio de la 
explotación de canteras que hubieran sido abandonadas y cuya autorización 
original no hubiera estado sujeta a evaluación del impacto ambiental.

TIPO    DESCRIPCION               TRAMITE                    PROPONENTE
1       mantenimiento rutinario   por ley no requiere AAP
2       mantenimiento
        extraordinario
        o rehabilitación          por ley no requiere AAP
3.1     mejora parcial en el
        trazado                   requiere AAP,
                                  categoría propuesta "A"    DNV-MTOP
3.2.a.  mejora geométrica o
        estructural               por leyno requiere AAP
        del puente existente
3.2.b.  sustitución del puente
        existente en el           requiere AAP,
        mismo emplazamiento       categoría propuesta "A"    DNV-MTOP
4       requiere AAP,
        obra nueva                categoría propuesta "A"    DNV-MTOP
                                  o "B" según las
                                  características
                                  del propias del
                                  proyecto
5       extracción de áridos      requiere AAP,              Constructor o
                                  categoría propuesta "A"    Concesionario

El proponente siempre es el titular del proyecto, en el caso particular 
de las obras que fueron diseñadas por un Proyectista externo a la DNV se 
deberá contar con la ayuda del mismo para poder elaborar los documentos a 
presentar ante DINAMA.

ANEXO III: DEFINICION DE TERMINOS

A continuación se explica el significado de ciertos términos utilizados 
en este manual. La lista incluye algunos términos técnicos del sector 
vial que no son habituales para los especialistas ambientales, así como 
algunos términos ambientales que no son comunes para las personas ligadas 
al sector construcción de obras.

1.     TERMINOS VIALES

Abandono de una carretera: Es la fase en que una carretera se abandona 
debido a una rectificación de trazado. Implica que la carretera que se 
abandona deja de ser mantenida por la DNV, aunque pudiese seguir siendo 
utilizada como camino interno de un predio.

Acopio: Montón de materiales almacenados.

Alcantarilla: Desagüe para que las aguas puedan atravesar la carretera de 
un lado al otro.

Arido: Término genérico para arena, piedras, gravas, etc., utilizados en 
construcciones.

Ataguías: Estructura temporal para desviar o eliminar agua de una zona de 
construcción dentro de un cauce.

Autoridad competente: Es la autoridad del Poder Ejecutivo designada por 
leyes o decretos para otorgar permisos, vigilar el cumplimiento de normas 
y denunciar al Poder Judicial las infracciones detectadas.

Bacheo: Acción de tapar los pozos que aparecen en la carretera.

Banquina: Faja a la orilla de la calzada de la carretera, para la 
detención en caso de fallas.

Barreno: Agujero que se abre en la roca y se rellena de explosivo para 
volarla.

Camino de servicio: Desvío temporal que se hace al costado de la 
carretera, mientras se construye o repara un tramo o un puente. También 
incluye los accesos temporales, que son los caminos que vinculan las 
obras temporales (ej. campamento, planta de producción de materiales), y 
que una vez terminada la obra no se usarán más. Finalmente también 
pertenecen a esta categoría los caminos internos, que son aquellos que 
vinculan las diferentes áreas de un campamento, cantera o planta.

Cantera: Sitio de donde se extraen materiales pétreos usados en 
construcción.

Capa de rodadura: La capa superficial colocada en la construcción de una 
carretera; puede ser de asfalto u hormigón.

Construcción de un puente: La instalación de un nuevo puente donde éste 
existía o no. Es una obra completa, desde las fundaciones hasta el 
tablero.

Cunetas: Zanja paralela a la carretera, cuya función es la evacuación de 
las aguas lluvias hasta las alcantarillas.

Ensanche de faja pública: Expropiación de pequeñas franjas de los 
terrenos linderos para facilitar la obra y su posterior mantenimiento.

Ensanche de plataforma o de firme: Trabajos requeridos para ampliar el 
ancho de carreteras existentes. El ensanche puede requerir o no 
adquisición de nuevos terrenos. Incluye actividades tales como: 
construcción de nuevas pistas y/o calzadas.

Escombros: Desechos que quedan de una construcción derribada o de la 
explotación de una cantera o de un proceso industrial.

Faja pública: Servidumbre de paso entre alambrados, para los caminos y 
carreteras, de propiedad de la DNV del MTOP.

Gálibos: Espacio libre bajo los puentes o pasajes superiores

Pasarela: Una construcción (por ej. puente liviano), que permite el paso 
de peatones sobre una carretera.

Préstamo: Un área de la cual se excava tierra o suelo para su uso en la 
construcción de terraplenes.

Rectificación de una carretera: Modificación del trazado, abandonando el 
antiguo.

Renovación de un puente: Es la recuperación, refuerzo estructural, 
ensanche del tablero, o cualquier otra obra que aproveche un puente 
existente para mejorarlo.

Talud: Inclinación de un corte en el terreno.

Trazado: Recorrido o dirección de una carretera.

Voladura: La detonación de explosivos en rocas, causando fisuras y salto 
de materiales.

Zanjado: Pequeño canal, generalmente usado para evacuar aguas lluvias.

2.     TERMINOS AMBIENTALES

Abandono ambiental de un proyecto: Es la etapa donde se recuperan las 
condiciones ambientales de una zona o lugar, restituyendo características 
ecológicas y paisajísticas similares o mejores a las previas a la 
ejecución del proyecto. Generalmente se aplica a sectores que han sido 
ocupados por obras temporales o provisorias, o a sectores de trazado de 
carreteras que han caído en desuso.

Acuífero: Manto de agua subterránea, o napa freática que se mueve a 
través de capas permeables del suelo.

Antrópica: Humana, o causada por acción humana.

Arrastre: Desplazamiento de sedimentos por parte del agua. Esta agua 
puede ser de cauces fluviales, de lluvias u otras.

Area ambientalmente sensible: Zona muy proclive a disturbios o 
perturbaciones de sus factores ambientales ante la acción humana. 
Ejemplos de estas áreas son las costas o bordes marítimos y fluviales, de 
estuarios y deltas, de humedales o bañados y de formaciones de monte 
nativo o criollo.

Area protegida: Una zona, terrestre o acuática, establecida legalmente, 
de propiedad pública o privada, que es manejada o protegida con el fin de 
lograr objetivos específicos de conservación.

Autóctona (especies, vegetación): Biota originaria del lugar en que 
vive.

Barrera antirruido o acústica: Elemento físico que se instala para 
disminuir la presión sonora a los lados de una carretera.

Bentos: Flora o fauna del fondo de los ambientes acuáticos.

Biodiversidad: La totalidad de los genes, especies y ecosistemas, 
referida a una zona, región o país.

Biota: Todos los organismos, incluyendo fauna, flora, hongos y 
microorganismos, que viven en una zona específica.

Cauce: Lugar físico por donde escurre agua temporal o permanentemente con 
un período de retorno menor a 100 años.

Contaminante: Cualquier sustancia o agente que altera perjudicialmente el 
estado natural o anterior de los factores ambientales.

Cubierta vegetal: Masa arbórea, arbustiva y/o herbácea que cubre el 
suelo.

Cuerpo de agua: Arroyo, río, laguna, lago, canal, mar, océano.
 Desmalezado: Acción de corta de aquellas especies vegetales consideradas 
malezas, por su escasa utilidad para las personas.

Ecosistema: Cualquier área de la naturaleza que incluya organismos 
vivientes y sustancias en interacción para producir un intercambio de 
materiales entre las partes vivas y las no vivas (p. ej. un estanque, un 
lago, o un bosque). Es la unidad básica funcional en ecología y comprende 
cuatro componentes: sustancias abióticas, productores, consumidores y 
descomponedores.

Emisiones: Salida de contaminantes (por ej. gases, líquidos, sólidos) a 
la atmósfera, cuerpos de agua o al suelo.

Emisiones fugitivas: Descarga de contaminantes a la atmósfera, 
atribuibles a un proceso o actividad, no confinadas por un ducto de 
emisión.

Emisiones puntuales: Descarga de contaminantes a la atmósfera, 
atribuibles a un proceso o actividad, confinadas por un ducto de 
emisión.

Escurrimiento: Agua que corre sobre la superficie del terreno, 
normalmente originada de lluvias.

Especies nativas o autóctonas: Flora, fauna, hongos y microorganismos que 
habitan naturalmente una área, región o país.

Especies protegidas: Especies que debido a estar amenazadas de extinción 
o en algún grado de vulnerabilidad están protegidas por leyes especiales, 
que regulan o prohiben su explotación o la alteración del hábitat donde 
se desarrollan.

Estándares de calidad de agua: Normas legales que describen las 
propiedades físicas y químicas requeridas de agua según su uso 
designado.

Fauna (silvestre): Animales que habitan naturalmente una área o región 
sin requerir cuidados humanos.

Flora (silvestre): Plantas que habitan naturalmente una área o región sin 
requerir cultivo o cuidados humanos. Conjunto de plantas existentes en un 
área dada. Descripción de las especies de plantas de una región. Elenco 
de especies que constituyen una comunidad vegetal.

Formación vegetal: Carácter fisionómico de las comunidades vegetales que 
habitan un lugar. Esta fisionomía es el resultado de la combinación de 
formas biológicas (ej. árboles, arbustos, hierbas, enredaderas, cactos) 
dominantes y del modo en que se presenta la distribución espacial de las 
especies vegetales, o sea por la estructura de la vegetación. Una 
formación vegetal representa comunidades o asociaciones características 
de especies que, si bien difieren entre sí por su composición florística, 
coinciden en sus rasgos fisionómicos principales.

Fuentes no puntuales: Origen de emisiones no atribuibles a un ducto o 
fuente puntual. Estas pueden ser de superficie (erosión de un sector) o 
de volumen (incendio de un estanque de combustible).

Hábitat: Suma total de los factores atmosféricos, del suelo y bióticos en 
los que un organismo puede desarrollar sus procesos vitales.

Hidrosiembra: Acción de sembrar especies herbáceas mediante el 
lanzamiento a presión de una mezcla de semillas de pasto y una solución 
química que permite mantener la humedad y adherir la mezcla a los taludes 
de cortes.

Humedal o bañado: Areas que están inundadas o saturadas por agua, y que 
albergan preferentemente especies adaptadas a suelos saturados o 
ambientes acuáticos de poca profundidad.

Lixiviación: Desplazamiento de algún soluto a través del suelo, producto 
del desplazamiento del agua.

Medidas mitigantes: Acciones que conducen a disminuir el impacto de 
alguna actividad derivada de un proyecto sobre el medio que lo rodea.

Mejora para el ambiente: Obras y/o actividades que tienen como objetivo 
mejorar el estado de los componentes del ambiente con respecto al estado 
en que se encontraba antes o durante la realización de un proyecto.

Monitoreo ambiental: El proceso de tomar observaciones, medidas, etc. 
para proporcionar información sobre el estado de algún factor ambiental o 
sus características, con el fin de evaluar si los impactos de un proyecto 
evolucionan según lo previsto.

Partículas: Sólidos de tamaño pequeño y variable.

Polvo: Tierra muy suelta y menuda que el aire levanta fácilmente.

Proceso erosivo: Proceso natural o artificial mediante el cual se 
arrastran pendiente abajo partículas de suelo.

Reciclaje: Dar un nuevo uso a un material o producto sin mediar una 
modificación o proceso.

Residuo líquido: Elemento no deseado, sobra o excedente de procesos o 
actividades no utilizables que se encuentran en fase líquida o con un 
contenido de humedad superior al 80%.

Residuo sólido: Elemento no deseado, sobra o excedente de procesos o 
actividades, no utilizable, que se encuentra en fase sólida o líquida en 
forma confinada en un envase.

Restauración ambiental: La recuperación de la composición, estructura y 
funcionamiento del ambiente con todos sus componentes físicos, químicos y 
biológicos.

Reutilización: Dar un nuevo uso a un material o producto sin mediar una 
modificación o proceso.

Revegetación: Vegetación que ha poblado sectores explotados o cosechados 
y que provienen de restos de vegetación que quedó en el lugar o semillas 
dispersadas por algún método (viento, animales, etc.).

Sedimentos: El material que ha sido depositado en el fondo de un cuerpo 
de agua. Dicho material se origina de los restos de organismos acuáticos, 
de la precipitación química de minerales disueltos y de partículas 
originadas por la erosión de tierras aledañas.

Sólidos suspendidos o en suspensión: Las partículas que se mantienen 
dispersas en un cuerpo de agua, sin precipitar o depositarse.

Tierra fértil: Suelo que dadas sus características de estructura, textura 
y composición química, permite que se desarrollen especies vegetales en 
forma adecuada.

Turbidez: Dispersión de la luz en un líquido, debido a la presencia de 
sólidos en suspensión.

Vegetación: Estructura (proyección vertical y horizontal) o modo en que 
las especies vegetales ocupan el espacio disponible, así como el aspecto 
o carácter propio que presenta una comunidad vegetal como componente de 
un paisaje.

ANEXO IV:     BIBLIOGRAFIA

Alvarez, Manuel. 1997. Proposición de Especificaciones Ambientales 
Generales para la Dirección Nacional de Vialidad del Uruguay. Enero 
1997.

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II. Lineamientos Sectoriales. Trabajo Técnico Nº 140. Departamento de 
Medio Ambiente. Banco Mundial. Washington, D.C.

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Infraestructura de Transporte de Productos Forestales. Informe Final para 
el Ministerio de Transporte y Obras Públicas de la República Oriental del 
Uruguay. Montevideo.

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Madrid, España.

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Ambientales. Segunda Edición. Ministerio de Transporte. Santa Fe de 
Bogotá, Colombia.

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la Elaboración de Estudios de Impacto Ambiental. I. Carreteras y 
Ferrocarriles. Monografías de la Dirección General de Medio Ambiente. 
Madrid, España.

Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo. 1991. Guías para la Elaboración 
de Estudios del Medio Físico. Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo 
(MOPU), Madrid, España.

Ormazabal, César. 1997. Informe Final sobre Aspectos Ambientales del 
Proyecto de Infraestructura de Transporte de Productos Forestales. 
Informe de Consultoría para el Banco Mundial. Mayo. Montevideo.

Ministerio del Interior. 1986. Programa Caminos Provinciales. Manual 
Operativo, Vol. 3. Módulo IV: Módulo Ambiental para Obras Viales. 
República Argentina. Buenos Aires.

World Bank. 1992. Environmental Assessment Sourcebook. Volume I. 
Policies, Procedures and Cross-sectoral Issues. World Bank Tech. Paper 
139. Volume II. Sectoral Guidelines. (Agriculture and Rural Development, 
Population, Health and Nutrition, Urban Development, Transportation, 
Water Supply and Sewerage). World Bank Tech. Paper 140. Volume III. 
Guidelines for Environmental Assessment of Energy and Industrial 
Projects. World Bank Tech. Paper 154.
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