Decreto 176/003
Apruébase al Manual Ambiental del Sector Vial elaborado por la Dirección
Nacional de Vialidad, el que consta de cuatro Anexos que se consideran
parte integrante del presente Decreto.
(1.143*R)
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
Montevideo, 7 de mayo de 2003
VISTO: el Convenio suscrito con fecha 2 de octubre de 2002, entre el
Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Ministerio de Vivienda,
Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.
RESULTANDO: que a través del citado documento la Secretaría de Estado
nombrada en segunda instancia acepta y aprueba los términos contenidos en
el Manual Ambiental aplicado al Sector Vial, elaborado por la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, el
que consta de cuatro Anexos, que forman parte de dicho instrumento.
CONSIDERANDO: I) Que dicho Convenio, como el Manual de referencia,
tienen como fundamento los artículos 6° de la Ley N° 16.466 de 19 de
enero de 1994 y 2° del Decreto N° 435/994 de 21 de setiembre de 1994, que
establecen las actividades, construcciones u obras públicas o privadas
que quedan sometidas a la realización previa de un estudio de impacto
ambiental y las que requerirán la Autorización Ambiental Previa.
II) Que teniendo en cuenta que el Manual Ambiental aplicable al Sector Vial incorporado al acuerdo suscrito entre las referidas Secretarías de Estado, dado su carácter general y abstracto de sus disposiciones debe
ser puesto en vigencia por Decreto.
ATENTO: a lo establecido por el artículo 18 de la Ley N° 16.466 de 19 de
enero de 1994.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Apruébase el Manual Ambiental del Sector Vial, elaborado por la
Dirección Nacional de Vialidad, el que consta de cuatro Anexos que se
consideran parte integrante del presente Decreto y que se hayan
incorporados al Convenio suscrito con fecha 2 de octubre de 2002, entre
el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Ministerio de Vivienda,
Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.
Comuníquese, publíquese y pase a la citada Dirección Nacional, a sus
efectos.
BATLLE, JUAN LUIS AGUERRE, SAUL IRURETA.
REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD
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electrónica del mismo."
MANUAL AMBIENTAL
PARA OBRAS Y ACTIVIDADES DEL
SECTOR VIAL
Mayo de 1998
MANUAL AMBIENTAL
PARA OBRAS Y ACTIVIDADES DEL
SECTOR VIAL
PRESENTACION
Las Administraciones Viales de todos los países invierten cifras
millonarias en procura de reducir los costos globales de transporte, de
volver más competitivas a las industrias y de contribuir al desarrollo de
sus sociedades. Ese afán, sano por cierto, se complementa con inversiones
del sector privado en maquinaria y capacitación de su gente, en buscar
mayor eficiencia incrementando el rendimiento productivo.
Todo este vertiginoso movimiento de gente y equipos, que altera directa o
indirectamente el paisaje y el ambiente tiene asociado un costo
generalmente no previsto, y, cuando aparece, no considerado. Es el costo
de afectar el ambiente en que nos desarrollamos.
Toda obra, por pequeña que sea, trae asociado un impacto ambiental. Es
inevitable, y debe convivirse con ello. Pero la conciencia colectiva de
una sociedad, a través de sus instituciones públicas o sus organizaciones
privadas, reclama vivamente que esos efectos, aún cuando sean
sensiblemente menores que los beneficios que una obra arroja, sean
minimizados.
El presente trabajo, de la Unidad Ambiental, especialmente del ingeniero
Gabriel Luongo, y de la consultora INGENDESA, a través de los ingenieros
César Ormazabal y Bertram Husch, que la Dirección Nacional de Vialidad
hace suyo con orgullo, es una contribución a ese espíritu, que se
complementa con las cláusulas que se han incorporado a los Pliegos de
Licitaciones de obras viales. Es un aporte técnico, con profundo
contenido humano porque, en definitiva, se trata de crear mejores
condiciones de vida para nosotros, nuestros hijos y los hijos de nuestros
hijos.
Ing. Agustín Aguerre
Director Nacional de Vialidad
Ministerio de Transporte y Obras Públicas
PROLOGO
Los proyectos viales se llevan a cabo para mejorar las condiciones de
fluidez y seguridad vial, así como para proporcionar bienestar social a
aquellos que usan las carreteras.
Entre los beneficios de la ejecución de proyectos viales, se pueden
mencionar los siguientes:
- Reducción del tiempo de viaje.
- Mejoramiento del acceso a nuevos mercados y servicios.
- Creación y aumento de fuentes de trabajo.
- Reducción de costos de transporte.
- Reducción en costos de mantenimiento de vehículos.
- Disminución en emisión de gases contaminantes y ruidos.
- Ahorro en los costos de mantenimiento de las carreteras.
- Disminución en las tasas de accidentes.
La Dirección Nacional de Vialidad (DNV) del Ministerio de Transporte y
Obras Públicas (MTOP), de acuerdo a la legislación vigente y consciente
de su responsabilidad de compatibilizar las necesidades de mejorar la
infraestructura vial del país con la protección del ambiente, ha
elaborado el presente Manual Ambiental aplicado al Sector Vial.
Las Especificaciones Ambientales Generales (EAG), contenidas en la
segunda parte de este manual, se consideran parte integral de los
contratos que se rigen por el documento denominado "Pliego de Condiciones
Generales (PCG) de la Dirección Nacional de Vialidad, para la
construcción de puentes y carreteras" y de otros pliegos y contratos que
la DNV elabore para la ejecución física de las obras.
En caso de incompatibilidad entre los expresado en el PCG y las EAG,
prima lo establecido en estas últimas.
Las EAG tienen como objetivo general la protección del ambiente, mediante
la readecuación y el establecimiento de una serie de disposiciones para
mitigar los impactos ambientales generados por las acciones propias de
las obras en sus etapas de proyecto, construcción y mantenimiento durante
la operación.
El cumplimiento de las EAG no libera al Constructor de cumplir con las
obligaciones legales ambientales que existen en Uruguay y que aquí no
hayan sido señaladas expresamente.
INTRODUCCION
A. Objetivos del manual
El objetivo de este manual es ofrecer lineamientos y especificaciones
ambientales generales a los Proyectistas y Constructores de obras viales,
a fin de contribuir a la protección del ambiente inserto en el área de
influencia de los proyectos viales, de modo de aportar al desarrollo
sustentable del país.
Este manual establece las medidas que se deben tomar para mitigar los
impactos sobre el ambiente, causados por las obras viales, tanto en las
fases de proyecto y construcción como de mantenimiento durante la
operación de las carreteras.
Por otra parte, si bien este manual indica donde son necesarios los
estudios de impacto ambiental o estudios biológicos, no es su propósito
detallar las metodologías específicas para hacer dichos análisis o
evaluaciones, debido a que hay abundante bibliografía que trata tales
temas en particular.
B. Estructura del manual
El manual está estructurado en dos Partes: la Parte I, denominada
"Lineamientos Ambientales", consta de cinco capítulos. El Capítulo 1
contiene una síntesis del marco legal ambiental aplicable a la
construcción o rehabilitación de obras del sector vial. El Capítulo 2
presenta, en forma resumida, los listados de obras genéricas y el
Capítulo 3 la lista de actividades genéricas involucradas en la
construcción y mejoramiento de carreteras y otras instalaciones propias
de la actividad vial. El Capítulo 4 entrega la enumeración genérica de
los impactos y riesgos ambientales que ellas pueden provocar, y el
Capítulo 5 muestra la lista de recomendaciones ambientales genéricas a
los problemas ambientales más típicos que enfrentan las obras y
actividades del sector vial.
La Parte II, denominada "Especificaciones Ambientales Generales", ocupa
el mayor espacio del Manual y está subdividida en dos Secciones: A y B.
La Sección A, "Medidas para Actividades de la Fase de Proyecto (Diseño)",
está orientada a dar algunos lineamientos generales al Proyectista e
indicarle claramente los casos en que requerirá someter el proyecto a
solicitud de Autorización Ambiental Previa ante la Dirección Nacional del
Medio Ambiente (DINAMA).
Dado que este manual está orientado fundamentalmente a los Constructores
y Directores de Obra, la Sección A, dirigida al Proyectista, está tratada
con menos énfasis. Esto no quiere decir que el rol del Proyectista sea
menor, en cuanto a que sus decisiones, especialmente de localización,
diseño y magnitud de las obras, son decisivas en cuanto a los efectos
sobre el ambiente. Sin embargo, a fin de no demorar la edición de este
primer manual, se dejará para futuras ediciones el abordar con mayor
profundidad las EAG dirigidas al Proyectista.
En consecuencia, la Sección A consta de dos capítulos que se concentran
en definir los criterios ambientales que se deben considerar en la
selección de nuevos tramos de carreteras o rectificación de las
existentes, así como en las consideraciones sociales que deben observarse
en la expropiación de terrenos y relocalización de personas. También se
hace referencia a la selección de lugares para construir nuevos puentes y
terminales.
La Sección B, "Medidas para Actividades de las Fases de Obra y de
Mantenimiento (Construcción y Operación)", consta de doce capítulos que
especifican las medidas que el Constructor deberá aplicar para la
realización de las diferentes actividades propias de la construcción de
obras viales. Estas medidas están tratadas como "generales", vale decir,
son medidas que se pueden aplicar a actividades comunes a varios tipos de
obras, tanto temporales (campamentos, talleres, depósitos, acopios,
plantas de producción de materiales, etc.) como permanentes (tramos de
carreteras, puentes, etc.).
Luego, la Sección B incluye también un capítulo denominado "Costos de
Medidas Ambientales y Forma de Pago". Este trata sobre los costos de
actividades de protección ambiental que se deben incluir en un contrato y
el mecanismo para asegurar que el Constructor cumpla las medidas
ambientales, antes de proceder a la totalidad del pago.
Finalmente se presentan cuatro anexos. El Anexo I presenta los
"Procedimientos para el dictado de la Autorización Ambiental Previa. En
el Anexo II se presenta una "Clasificación ambiental de proyectos
viales", con el objeto de indicar las posibles categorías a asignar por
parte de la autoridad ambiental, según los tipos de proyectos. También
este anexo aclara la exacta connotación y alcances de las actividades que
involucran las palabras tales como "mantenimiento", "rehabilitación",
"mejora", "obra nueva", las que a veces se usan e intercambian sin
discriminación". El Anexo III presenta la definición de términos,
dividida en dos partes: a) Términos Viales, orientada a definir aquellos
términos frecuentes en las obras viales, poco conocidos por los
especialistas en manejo ambiental; b) Términos ambientales, orientada a
definir aquellos términos frecuentes entre los especialistas en manejo
ambiental, que son poco conocidos por los Proyectistas y Constructores de
obras viales. El Anexo IV presenta la citas bibliográficas de los
principales libros y documentos inéditos consultados para la elaboración
del presente manual.
C. Instrucciones de uso
Este manual utiliza los términos "Proyectista" y "Constructor", en varias
de las descripciones. Se debe entender que la función del "Proyectista"
es diseñar la obra, estableciendo las especificaciones para la
construcción o rehabilitación de carreteras u otras obras e instalaciones
viales. El Proyectista puede ser la propia DNV o consultores contratados.
Las medidas ambientales en esta fase de proyecto están concentradas en la
Sección A de este manual.
Por otro lado, el término "Constructor" en este manual se refiere a la
empresa que realiza las actividades necesarias para ejecutar el diseño
del Proyectista, vale decir, construir o mantener las obras físicas,
independiente de la forma del contrato (por precio unitario, por
indicadores de resultados, por concesiones, etc.). Las medidas que el
Constructor deberá acatar están especificadas en los doce capítulos de la
Sección B. Si, durante la ejecución de una obra, un Constructor encuentra
dudas o discrepancias en algún detalle del diseño, deberá avisar al
Proyectista sobre ellas, con el fin de llegar a una solución de la
dificultad. En ningún caso el Constructor debe modificar unilateralmente
cualquier aspecto del diseño.
D. Revisión y actualización del manual
La DNV tiene previsto revisar periódicamente este manual, a fin de
efectuar los ajustes requeridos, de acuerdo a la experiencia que vaya
obteniendo durante su aplicación (especialmente durante los primeros
años) e incorporar nuevas medidas, así como mejorar y actualizar el
presente contenido.
En especial se irá completando la mención a normas y leyes relacionadas
con el ambiente que existen o que se dicten, de manera que cuando se
precise la aplicación de medidas, normas, procesos, instrumentos,
métodos, etc. que estén normados o reglamentados, en el presente manual
sólo se hará referencia a la norma, especificando cuando sea el caso la
fecha de su publicación en el Diario Oficial. Si no existe norma, en este
manual se presentarán los criterios, métodos, dimensiones y medidas que
regirán para las obras del sector vial, hasta que se dicten las
respectivas normas oficiales por parte de los organismos especializados.
PARTE I
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LINEAMIENTOS
AMBIENTALES
Parte I: Lineamientos Ambientales
CAPITULO 1: MARCO LEGAL AMBIENTAL Y DISPOSICIONES RELACIONADAS
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1.1. Ley y Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental
La principal legislación uruguaya que tiene el objetivo de proteger el
ambiente es la Ley y el Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental: la
Ley 16.466 del 19 de enero de 1994 y el Decreto 435/94 del 21 de
setiembre de 1994, respectivamente.
El objetivo general de esta Ley está resumido en su primer artículo que
dice: "Declárase de interés general y nacional la protección del medio
ambiente contra cualquier tipo de depredación, destrucción o
contaminación, así como la prevención del impacto ambiental negativo o
nocivo y, en su caso, la recomposición del ambiente dañado por
actividades humanas".
El inciso "a" del Artículo 6º de la Ley, especifica que las actividades,
construcciones u obras de carreteras y puentes, públicas o privadas,
quedan sometidas a la realización previa de un estudio ambiental.
Además, el inciso "e" incluye la "Extracción de minerales y de
combustibles fósiles". Basado en esta referencia a la extracción de
minerales, el Reglamento incluyó los agregados pétreos, razón por la cual
quedó sometida a la realización previa de un estudio de impacto
ambiental, la apertura de nuevas canteras o el reinicio de la explotación
de las que hubieran sido abandonadas y cuya autorización original no
hubiera estado sujeta a evaluación ambiental.
Por otra parte, el Artículo 7º de la Ley dice que "Para iniciar la
ejecución de las actividades, construcciones u obras en las que estén
involucradas cualesquiera de las situaciones descritas en el artículo
anterior, los interesados deberán obtener la autorización previa del
Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente
(MVOTMA), el que requerirá el asesoramiento del o de los Ministerios o
Gobiernos Departamentales que tuvieran que ver con dichas obras o
trabajos".
El Artículo 2º del Reglamento especifica en más detalle los requisitos de
autorización ambiental en relación con obras del sector vial con la
siguiente redacción:
"Requerirán la Autorización Ambiental Previa, las actividades,
construcciones u obras que se detallan a continuación, sean las mismas de
titularidad pública o privada:
1) construcción de carreteras nacionales o departamentales, cuando
impliquen trazados nuevos, rectificaciones de trazados existentes o
ensanche de los mismos.
3) construcción de nuevos puentes.
11) extracción de minerales, cuando implique: la apertura de canteras
o galerías, la realización de nuevas perforaciones o el reinicio de la
explotación de canteras, galerías o perforaciones que hubieran sido
abandonadas y cuya autorización original no hubiera estado sujeta a
evaluación del impacto ambiental.
17) construcción de terminales públicas de carga y descarga y de
terminales de pasajeros.
Debido a las posibilidades amplias de interpretación de la Ley y de su
Reglamento, es conveniente establecer especificaciones sobre la manera de
llevar a cabo las actividades necesarias para realizar las obras
mencionadas, con el mínimo impacto negativo al ambiente.
1.2. Procedimiento para el dictado de la Autorización Ambiental Previa
Antes de iniciarse una obra que requiere Autorización Ambiental Previa,
ésta debe gestionarse por el Proyectista ante la DINAMA.
El procedimiento completo para este trámite se presenta en el Anexo I,
incluyendo:
a) comunicación del proyecto.
b) clasificación del proyecto.
c) solicitud de la Autorización Ambiental Previa.
d) estudio de impacto ambiental.
e) puesta de manifiesto.
f) audiencia pública.
g) resolución ministerial.
1.3. Otras disposiciones legales relacionadas con aspectos viales y
ambientales
Algunas otras leyes relacionadas con aspectos viales y ambientales se
mencionan en el Cuadro 1.1. Este listado no pretende indicar toda la
legislación que un Proyectista o Constructor debe observar en el diseño o
ejecución de una obra vial, sino sólo hacer presente las más importantes.
Siempre será una responsabilidad del ejecutor o constructor de las obras
el conocer y cumplir con toda la legislación pertinente.
Error! Bookmark not defined. Cuadro 1.1.: Legislación uruguaya
relacionada con aspectos ambientales de actividades desarrolladas por el
Sector Vial (ordenada por fecha)
Nº Ley o Tema Fecha
Reglamento
Ley Nacional de Expropiaciones y
sus posteriores anexos, por la cual
Ley 3.958 se indemniza a los afectados por
expropiación, por el valor de sus
tierras, mejoras, daños y perjuicios. 28 marzo 1912
Ley 5.032 Prevención de accidentes del trabajo. 21 julio 1914
Decreto Ley
10.415 Uso y transporte de explosivos. 12 febrero 1943
Decreto
2605/943 Uso y transporte de explosivos. 7 octubre 1943
Ley 10.459 Contratación de personal. diciembre 1943
Decreto
365/969 Uso y transporte de explosivos. 31 julio 1969
Decreto
353/975 Uso y transporte de explosivos. 29 abril 1975
Circular 7 Normas de seguridad para los transportes Setiembre 1978
de explosivos. Servicio de Material y
Armamento.
Decreto Ley
14.859 Código de Aguas (art. 153). 15 diciembre 1978
Decreto Normas para prevenir la contaminación
253/979 ambiental. 9 mayo 1979
mediante el control de las aguas. D.O. 31 mayo 1979
Ley 15.903 Modificación al Código de Aguas (art. 193). 10 noviembre 1987
Decreto
406/988 Seguridad, higiene y salud ocupacional. 3 junio 1988
Decreto
849/988 Prevención y combate de incendios
forestales. 14 diciembre 1988
Cuadro 1.1.: Legislación uruguaya relacionada con aspectos
ambientales de actividades desarrolladas por el Sector Vial (ordenada por
fecha)
Nº Ley o Tema Fecha
Reglamento
Ley 16.112 Ley de creación del Ministerio de
Vivienda, Medio Ambiente y 30 mayo 1990
Ordenamiento Territorial.
Decreto Adecua las normas del Decreto 253/979 4 abril 1991
195/991 y sus modificaciones vigentes. D.O. 8 julio 1991
Decreto
91/993 Uso y transporte de explosivos. 24 febrero 1993
Decreto Comisión técnica asesora de la protección
261/993 del medio ambiente. 4 junio 1993
Ley 16.466 Ley de Evaluación de Impacto Ambiental. 19 enero 1994
Decreto Adecuación del Decreto 261/993. 28 junio 1994
303/994
Decreto Establece la Política Nacional de 1º julio 1994
310/994 Ordenamiento Territorial.
Decreto Manejo de sustancias tóxicas y peligrosas. 5 julio 1994
320/994
Reglamento de Evaluación de Impacto
Ambiental por el cual se regula los
Decreto procedimientos a seguir para la 21 setiembre 1994
435/994 determinación del impacto ambiental
que las actividades, construcciones
u obras originan en el ambiente.
Reglamento de la Ley 16.466.
Decreto
89/995 Adecua la normativa en materia de
seguridad e higiene para la industria 21 febrero 1995
de la construcción. D.O. 14 marzo 1995
Decreto Homologación de normas técnicas
103/996 previstas en el decreto 406/988,
relativas a salud, seguridad e 20 marzo 1996
higiene en el trabajo.
Decreto Normas que garantizan la integridad 10 julio 1996
283/996 física y la salud de los trabajadores.
CAPITULO 2: OBRAS GENERICAS
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En esta categoría cabe distinguir entre obras e instalaciones permanentes
y aquellas temporales.
Las obras e instalaciones permanentes son aquellas de carácter definitivo
(o de largo plazo), que permiten operar las carreteras para efectos de
transporte de pasajeros y de carga.
Las obras e instalaciones temporales son aquellas de carácter provisorio
(o de corto plazo), que sirven para la construcción de las obras
permanentes.
A continuación se indican las principales obras permanentes y temporales
del sector vial, cuya construcción, operación o abandono podría tener
efectos sobre el ambiente.
2.1. Obras e instalaciones permanentes
- Caminos y carreteras.
- Puentes y alcantarillas.
- Estructuras e instalaciones complementarias (pasajes a
desnivel, pasarelas peatonales, puestos de peaje, puestos de
pesaje, barreras antirruidos, empalmes, cruces, iluminaciones,
señalizaciones, terminales, parquizaciones).
2.2. Obras e instalaciones temporales
- Accesos a frentes de trabajo y desvíos de tránsito.
- Ataguías y desvíos de cauces.
- Campamentos, talleres y depósitos.
- Canteras y préstamos.
- Plantas de áridos, asfalto y hormigón.
CAPITULO 3: ACTIVIDADES GENERICAS
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Esta categoría comprende las acciones que se realizan para construir,
mantener, operar o desmantelar una obra, instalación o equipamiento.
Las actividades principales que se realizan en los proyectos de
construcción o rehabilitación de obras viales, que pueden generar
impactos ambientales, se resumen a continuación:
3.1. Durante la Etapa de Proyecto (Diseño)
- Determinar o modificar el trazado de la carretera.
- Diseñar las obras viales principales y complementarias.
- Expropiar terrenos.
3.2. Durante la Etapa de Obra (Construcción)
- Demandar bienes y servicios.
- Contratar mano de obra.
- Eliminar vegetación, mediante corta o aplicación de
herbicidas.
- Abrir caminos de acceso a las obras.
- Establecer desvíos de tránsito.
- Instalar y operar campamentos, talleres y depósitos.
- Desviar temporal o permanentemente o despejar cauces.
- Construir o renovar alcantarillas y puentes.
- Construir estructuras complementarias.
- Excavar, rellenar y mover suelos.
- Perfilar taludes.
- Establecer y operar acopios de materiales.
- Operar maquinaria y vehículos.
- Instalar y operar plantas de áridos, asfalto, hormigón u otros
materiales.
- Abrir y explotar canteras y sitios de préstamos.
- Transportar, cargar y descargar materiales.
- Aplicar capas de rodadura.
- Demoler estructuras y puentes.
3.3. Durante la Etapa de Abandono de Obras
- Abandonar campamentos, talleres y depósitos.
- Abandonar acopios de materiales.
- Abandonar instalaciones de plantas de áridos, asfalto,
hormigón y otros materiales requeridos.
- Abandonar canteras y sitios de préstamos.
3.4. Durante la Etapa de Mantenimiento y Operación
- Demandar bienes y servicios.
- Contratar mano de obra.
- Cortar el pasto y limpiar la faja.
- Aplicar herbicidas.
- Abrir y explotar canteras.
- Ejecutar obras de mantenimiento menor.
- Instalar y mantener señalización.
- Operar maquinaria y vehículos.
- Operar puestos de peaje y de pesaje.
- Establecer y operar acopios de materiales.
- Cargar, transportar y descargar materiales.
CAPITULO 4: IMPACTOS Y RIESGOS AMBIENTALES GENERICOS
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La ejecución de las actividades de los proyectos viales pueden provocar
impactos negativos en los componentes físicos - químicos (agua, suelo,
atmósfera), bióticos (flora y fauna) y antrópicos (social, económico,
cultural y paisajístico) del ambiente. Son afectados con mayor intensidad
tanto los recursos naturales como las personas y las propiedades que
están dentro del área de influencia directa de las obras del proyecto.
En los cuadros siguientes se resumen los impactos ambientales que pueden
afectar los distintos componentes del ambiente físico - químico, biótico
y antrópico, según la etapa: proyecto (Cuadro 4.1), obra (Cuadro 4.2),
término de construcción (Cuadro 4.3) y mantenimiento y operación (Cuadro
4.4).
Error! Bookmark not defined. Cuadro 4.1: Actividades de la obra que
podrían causar impactos a los componentes ambientales
Actividades durante la
Etapa de Proyecto
(Diseño) Componentes del Ambiente afectados
Físico - Bióticos Antrópicos
Químicos
Determinar o modificar el trazado
de la carretera X
Diseñar las obras viales X
Expropiar terrenos X
Error! Bookmark not defined. Cuadro 4.2: Actividades que podrían causar
impactos a los componentes ambientales
Actividades durante la
Etapa de Obra Componentes del Ambiente afectados
(Construcción) Físico - Bióticos Antrópicos
Químicos
Demandar bienes y servicios X
Contratar mano de obra X
Eliminar vegetación X X
Abrir caminos de servicio a las obras X
Establecer desvíos de tránsito X X X
Instalar y operar campamentos,
talleres y depósitos X X
Desviar temporal o permanentemente,
o despejar cauces X X
Construir estructuras complementarias X
Construir o renovar alcantarillas
y puentes X X X
Excavar, rellenar y mover suelos X
Perfilar taludes X
Operar maquinaria y vehículos X X
Establecer y operar acopios
de materiales X X
Instalar y operar plantas de áridos,
asfalto, hormigón y otros materiales X
Abrir y explotar canteras y sitios
de préstamos X X
Cargar, transportar y descargar
materiales X
Aplicar capas de rodadura X
Demoler estructuras y puentes X
Error! Bookmark not defined. Cuadro 4.3: Actividades que podrían causar
impactos a los componentes ambientales
Actividades durante la
Etapa de Abandono de Obras Componentes del Ambiente afectados
(Término de construcción) Físico - Bióticos Antrópicos
químicos
Cerrar o abandonar campamentos
y talleres X X
Cerrar o abandonar acopios y
depósitos de materiales X
Cerrar o abandonar caminos
de servicio X X
Cerrar o abandonar plantas de
áridos, asfalto, hormigón y
otros materiales X X
Cerrar o abandonar canteras y
sitios de préstamo X
Error! Bookmark not defined. Cuadro 4.4: Actividades que podrían causar
impactos a los componentes ambientales
Actividades durante la
Etapa de Componentes del Ambiente afectados
Mantenimiento y Operación Físico - Bióticos Antrópicos
químicos
Demandar bienes y servicios X
Contratar mano de obra X
Cortar el pasto y limpiar la faja X
Aplicar herbicidas X X
Abrir y explotar canteras X X X
Ejecutar obras de mantenimiento menor X X
Instalar y mantener señalización X
Operar maquinaria y vehículos X X
Operar puestos de peaje y de pesaje X
Establecer y operar acopios
de materiales X
Cargar, transportar y descargar
materiales X
Por otra parte, hay ciertos impactos ambientales negativos que ocurrirán
inevitablemente en cualquier obra, mientras que existen otros tipos de
impactos que no siempre se manifiestan y que por ello se denominan
"riesgos ambientales". Su ocurrencia depende de las situaciones
específicas del tipo de obra, localización, circunstancias, etc.
La ocurrencia, magnitud e intensidad dependerá de las características
particulares de las actividades y de la localización de las obras viales.
Para cada tipo de impacto, se identifica su grado de certeza,
calificándolo en ineludible (vale decir que hay certeza total que
ocurrirá y que no se puede evitar) y potencial (vale decir sólo existe el
riesgo o probabilidad inferior al 100% de que ocurra). Además se
identifica la duración del impacto, clasificando cada impacto en si es
temporal o permanente.
Los cuadros 4.5, 4.6 y 4.7 presentan una esquematización de los impactos
ineludibles y potenciales a los componentes ambientales, causados por
actividades del Sector Vial según su certeza de ocurrencia y duración. Se
presentan por separado para el Medio Físico - Químico (Cuadro 4.5), Medio
Biótico (Cuadro 4.6) y Medio Antrópico (Cuadro 4.7).
Error! Bookmark not defined. Cuadro 4.5: Impactos ineludibles y
potenciales a los componentes ambientales, causados por actividades
del Sector Vial.
Medio Físico - Químico
Certeza del Duración del
IMPACTO Impacto Impacto
Inelu- Poten- Tem- Perma-
dible cial poral nente
MEDIO FISICO-QUIMICO
ATMOSFERA
Aumento del nivel de presión
sonora (ruido) y vibraciones X X
Contaminación del aire con material
particulado y emisiones gaseosas
tóxicas X X
SUELOS
Derrumbes en excavaciones y operación
de préstamos y canteras X X
Remoción y pérdidas de suelos
orgánicos superficiales X X
Aumento de la erosión X X
Inestabilidad de laderas y
orillas de cauces X X
Compactación y otras modificaciones
del suelo X X
Reducción de la velocidad de
infiltración de agua X X
Contaminación del suelo con
aceites, grasas,combustibles
y otros líquidos y sólidos X X
AGUAS
Impermeabilización de áreas de
recarga de acuíferos X X
Cambios en los flujos de las
aguas superficiales y subterráneas X X
Aumento del escurrimiento de
agua superficial X X
Alteración del sistema de
drenaje natural X X
Aporte de sólidos al agua,
causando mayor turbiedad X X
Aumento de sedimentación en
cuerpos de agua X X
Aumento en la cantidad de
elementos químicos en el agua,
causando degradación de su calidad X X
Modificación de los patrones de
infiltración en la zona
de construcción X X
Contaminación de agua superficial
y subterránea con aceites, grasas,
combustibles y otros líquidos y
sólidos X X
Modificación del nivel freático X X
Desvíos y cambios en los cauces
de agua X X
Aumento de desechos en los cauces
de agua X X
Creación de cuerpos de agua
estancados en préstamos y canteras X X
Error! Bookmark not defined. Cuadro 4.6: Impactos ineludibles y
potenciales a los componentes ambientales, causados por actividades del
Sector Vial. Medio Biótico
Certeza del Duración del
IMPACTO Impacto Impacto
Inelu- Poten- Tem- Perma-
dible cial poral nente
MEDIO BIOTICO
FLORA
Pérdida de la cubierta vegetal X X
Reducción o eliminación de la
población de especies de
flora silvestre X X
Cambios en la composición de
la flora, reduciendo número
de especies X X
Aumento del peligro de
incendios forestales X X
Creación de residuos de
vegetación producto del despeje X X
Mortalidad o daño a la vegetación
en la zona, por emisiones
líquidas, sólidas y gaseosas X X
Introducción de especies de
flora exótica que pueden
convertirse en plagas X X
FAUNA
Contaminación acústica que
ahuyenta animales X X
Efecto barrera para el
desplazamiento de fauna X X
Destrucción o daños a hábitats
de la fauna X X
Reducción o eliminación de la
población de especies de
fauna silvestre X X
Riesgo de atropellos de la fauna X X
Interferencia en el ritmo de vida
de animales X X
Caza ilegal por trabajadores
de la obra X X
Error! Bookmark not defined. Cuadro 4.7: Impactos ineludibles y
potenciales a los componentes ambientales, causados por actividades
del Sector Vial. Medio Antrópico
Certeza del Duración del
IMPACTO Impacto Impacto
Inelu- Poten- Tem- Perma-
dible cial poral nente
MEDIO ANTROPICO
SOCIAL-CULTURAL
Percepción social negativa de la
población frente a algunas
consecuencias de la obra
(expropiaciones, X X
emisiones, ruido, congestión
de tránsito, etc.)
Alteración de la vida normal
de la población de la zona
afectada por la obra X X
Aumento del número de puestos
de trabajo no calificados X X
Aumento de la demanda de
trabajadores calificados X X
Aumento en los riesgos de
accidentes a trabajadores X X
Modificación en el estándar de
vida, cultura y costumbres de
la población aledaña X X
Generación de ruidos, olores y
vibraciones que causan
molestias a la población X X
Aumento en la accesibilidad
de zonas remotas X X
Destrucción de patrimonio cultural
y arqueológico X X
Expropiación de la propiedad
y desplazamiento involuntario
de poblaciones X X
Efecto barrera por obstrucción
de acceso de la población local
a sus propiedades X X
MEDIO ANTROPICO
ECONOMICO
Mejora de la economía zonal X X
Mejora en la infraestructura
física de la zona X X
Aumento en el uso del
sistema vial X X
Aumento en el monto y distribución
de ingresos de la población aledaña X X
Cambio del valor de la tierra en
la zona X X
PAISAJE NATURAL
Alteración de la naturalidad
del sitio X X
Modificación y reducción del
valor estético del paisaje X X
Esparcimiento de desechos,
escombros, chatarra, etc.
en el paisaje X X
Depósito de desechos en lugares
no autorizados X X
Destrucción de edificios y otras
estructuras existentes
en el trazado de las nuevas
carreteras o rectificaciones
de las existentes X X
CAPITULO 5: RECOMENDACIONES AMBIENTALES GENERICAS
"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen
electrónica del mismo."
Teniendo presente el criterio general de tratar de reducir o evitar los
potenciales impactos negativos generados por la ejecución de obras
viales, señalados genéricamente en el Capítulo 4, a continuación se
entrega un listado no exhaustivo de medidas recomendadas para cumplir con
el criterio ya enunciado. Cada Constructor podrá adecuar las
recomendaciones que le sean pertinentes para la obra en particular que se
le haya encargado, así como adoptar nuevas acciones que permitan alcanzar
los objetivos generales de estas EAG.
A fin que sean claras y didácticas, las medidas han sido ordenadas para
cada componente de los tres medios definidos, aún cuando algunas medidas
pueden favorecer a más de un componente.
5.1. Acciones relacionadas principalmente con los impactos a los
componentes físico - químicos del ambiente
Atmósfera
- Disminuir la velocidad permitida en los caminos de servicio o
mantenerlos húmedos, para evitar el polvo en suspensión.
- Instalar las plantas de producción de materiales en zonas alejadas
de viviendas y con sistemas que eviten las emisiones fugitivas de gases
contaminantes y las emisiones de partículas.
Suelos
- Acopiar la tierra fértil removida en las limpiezas, u otras
actividades, para su uso futuro en labores de revegetación.
- Evitar los derrames de combustibles y materiales durante el
mantenimiento y lavado de maquinaria y equipo, a fin de no contaminar
los suelos.
- Evitar el derrame de áridos, asfalto y hormigón durante el
transporte, a fin de evitar la contaminación y mantener la calidad del
paisaje.
- Recoger el material derramado y/o desechado y disponerlo en un
lugar autorizado.
- Realizar las excavaciones de manera que se minimice la ocurrencia
de deslizamientos y erosión.
- Evitar o minimizar la compactación de suelos causada por el
tránsito de maquinaria.
- Efectuar la descompactación de suelos transitados temporalmente, a
fin que puedan ser vueltos a usar en actividades agrícolas, de pastoreo
y forestales.
- Evitar el uso de sustancias químicas nocivas o tóxicas, explosivos
o fuego en las labores de limpieza del terreno, debido a los riesgos de
contaminación, accidentes e incendios.
- Usar de preferencia los desvíos y accesos existentes para llegar a
los frentes de trabajo, a fin de evitar la ocupación de nuevos terrenos
con potencialidad para actividades silvoagropecuarias.
- Ubicar y operar los campamentos, talleres o depósitos de forma de
evitar los impactos negativos al ambiente.
- Ubicar y operar préstamos o canteras de forma que se minimicen los
impactos negativos al ambiente.
Aguas
- Evitar los derrames de combustibles y materiales durante el
mantenimiento y lavado de maquinaria y equipo, a fin de no contaminar
las aguas.
- Evitar el uso de explosivos en la demolición de obras civiles, cuando
haya peligro de contaminación de cuerpos de agua.
- No arrojar el material resultado de limpiezas, excavaciones y
demoliciones, así como desechos o vestigios de la ocupación de un lugar
a los cuerpos de agua, a fin de evitar la contaminación y el deterioro
del paisaje; depositar este material en los sitios autorizados.
- Evitar o minimizar la interrupción de los drenajes y el desvío de
los cursos de agua, a fin de evitar trastornos a los ecosistemas.
- Evitar que residuos de la construcción contaminen los cursos de agua.
- No transitar ni lavar maquinaria y vehículos sobre el lecho de
cauces, para evitar la contaminación y el aumento de la turbidez sobre
los niveles a que están acostumbrados los organismos naturales de cada
lugar.
5.2. Acciones relacionadas principalmente con los impactos a los
componentes bióticos del ambiente
Flora
- Efectuar la menor corta posible de vegetación en las diferentes
actividades, a fin de proteger el suelo, conservar los hábitats de
fauna y mantener la biodiversidad.
- Elegir un lugar seguro para la quema de residuos de limpiezas, a
fin de minimizar el riesgo de incendio.
- Evitar las construcciones en ecosistemas sensibles, ya que en ellos
los cambios son más drásticos y cuesta más recuperar las condiciones
originales.
- Restaurar la cubierta vegetal con especies de rápido crecimiento, a
fin de proteger el suelo, preferentemente con nativas propias de la
zona, para contribuir a mantener y acrecentar el patrimonio florístico
del país.
- Evitar el trazado de carreteras por áreas protegidas por ley.
Fauna
- Evitar el uso de explosivos en la demolición de obras civiles,
cuando haya peligro de afectar la existencia y hábitats preferenciales
de especies de fauna con problemas de conservación.
- Establecer pasos para la fauna y ganado, para aminorar el efecto
barrera y disponer de lugares seguros para el cruce de la carretera.
5.3. Acciones relacionadas principalmente con impactos a los
componentes antrópicos del ambiente
- Educar e informar al personal sobre las normas elementales de
comportamiento para proteger el ambiente, debido a que muchos de los
daños se provocan por desconocimiento, más que por necesidad o maldad.
- Tener especial cuidado en las condiciones de higiene en la zona de
obras y disponer de agua potable para el personal, a fin de evitar
enfermedades.
- Disponer de elementos de seguridad laboral para protección de los
trabajadores.
- Tener previsto un sistema expedito de atención médica de emergencia,
en caso de accidentes al personal.
- Considerar la construcción de pasarelas, que permitan el paso de
peatones sobre las carreteras, en lugares con alto flujo de personas.
- Establecer pasos para el cruce de vehículos, a fin de disminuir el
efecto barrera de la carretera.
- Instalar y mantener alambrados que separen la faja de la carretera
de los terrenos colindantes, a fin de evitar accidentes por ganado que
entre a la carretera.
- Mejorar la señalización de las carreteras, para limitar la velocidad de
los vehículos en las zonas de riesgo.
- Asegurar que los camiones, vehículos y otra maquinaria utilizada en
construcción o mantenimiento de obras cumplan con los reglamentos de
seguridad y emisión de gases y partículas, a fin de proteger la
integridad y la vida de las personas y evitar la contaminación.
- Limitar el horario de operación de maquinaria y de plantas de
producción de materiales durante el período de descanso nocturno, si
hay residentes cercanos.
- Proveer señalizaciones en los lugares utilizados por la maquinaria,
a fin de evitar accidentes.
- Asegurar que los operadores de maquinaria conozcan las normas de
seguridad y procedimientos de manejo del equipo.
- Establecer las plantas de producción de materiales en zonas
alejadas de centros urbanos o asentamientos humanos, a fin de evitar
que estos sean afectados por el ruido, tránsito y emisiones de polvo.
- Proteger los elementos históricos y arqueológicos que se encuentren
en el área de la obra, a fin de no deteriorar el patrimonio cultural
del país.
- Mantener periódicamente informada a la comunidad y a las autoridades
locales del área del proyecto, sobre su desarrollo, riesgos y
sus impactos sociales, a fin de recoger sugerencias, evitar accidentes
y conflictos con la comunidad.
- Solicitar autorización a los propietarios o administradores, antes
de ingresar en un predio privado, a fin de evitar conflictos y crear
mala imagen institucional.
- Diseñar el trazado de la ruta en lugares que eviten o minimicen la
necesidad de expropiaciones de terrenos, a fin de minimizar los
conflictos y trastornos sociales.
- Usar explosivos únicamente en aquellas labores que ineludiblemente
lo requieran y transportarlos con extrema precaución, a fin de reducir
el peligro de accidentes.
PARTE II: ESPECIFICACIONES AMBIENTALES GENERALES
SECCION A: MEDIDAS PARA ACTIVIDADES DE LA FASE DE PROYECTO (DISEÑO)
CAPITULO 6: PROYECTOS DE CARRETERAS
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electrónica del mismo."
6.1. Autorización Ambiental Previa
El Proyectista deberá:
* Conseguir la Autorización Ambiental Previa de la DINAMA y, cuando
corresponda, elaborar o encargar un Estudio de Impacto Ambiental (EIA)
del proyecto. En este estudio serán identificadas, localizadas
espacialmente y cuantificadas las medidas de prevención, mitigación,
reparación y compensación ambiental, así como las del plan de monitoreo
a ser introducidas en el proyecto. Estas medidas serán aplicadas en las
fases de construcción, abandono de obras transitorias y de operación de
las carreteras.
* Estimar a nivel preliminar el costo de las medidas ambientales
(prevención, mitigación, reparación y compensación) a aplicar en el
proyecto, agrupándolas según rubros, a fin de calcular el presupuesto
del proyecto. Cuando éste requiere un EIA, las medidas a valorizar
serán aquellas finalmente aprobadas por la DINAMA, referidas al Plan de
Manejo Ambiental y al Plan de Monitoreo o Seguimiento Ambiental.
6.2. Ubicación de trazados nuevos de carreteras, ensanches o
rectificaciones de las carreteras existentes
El Proyectista deberá:
* Evitar el trazado de una nueva carretera por áreas de manejo
especial protegidas por ley o por zonas ambientalmente sensibles, ya
sea por razones de paisaje, flora, fauna o ecosistemas.
* Hacer un estudio comparativo de alternativas desde el punto de
vista ambiental. En caso que sea absolutamente necesario efectuar el
trazado por áreas especificadas en el numeral 9.7 de estas EAG o
cercanas a ellas, deberá introducir en el análisis de viabilidad
económica de la nueva carretera, los costos de la aplicación de las
medidas de mitigación ambiental identificadas.
* Evitar en lo posible el trazado de nuevas carreteras por zonas
urbanas, para evitar problemas de impacto ambiental en la población,
debido al aumento del ruido y de la probabilidad de accidentes a
personas y vehículos.
* Considerar una distancia mínima de 100 m de cualquier vivienda con
respecto del eje central de la carretera, como distancia ideal para que
no sea necesario el uso de barreras acústicas. El Proyectista podrá
usar otras distancias, con autorización previa de la DNV, la cual
determinará la distancia mínima de las viviendas con respecto al eje
central de las carreteras, mediante un estudio del aumento de ruido por
variación del tránsito de vehículos en los cinco años siguientes.
* Coordinar con el organismo responsable de la planificación urbana
de cada ciudad por donde pasará la carretera, para que la distancia
mínima definida conforme el procedimiento explicado anteriormente sea
considerada en los planes de expansión urbana.
* Analizar la necesidad de construir con elementos naturales (excedentes
de materiales, vegetación, etc.), barreras antirruido para proteger
zonas críticas como escuelas y hospitales, de las molestias generadas
por el ruido de los vehículos.
* Diseñar la instalación de obras de tipo y tamaño adecuado para el
paso de la fauna, ganado, vehículos o peatones, en caso que el efecto
barrera de la carretera esté demasiado acentuado (ej. cuando es cortado
un ecosistema valioso como un humedal [bañado] o un monte criollo, una
propiedad con actividades de los dos lados que estén relacionadas o
interrumpido un camino de alto tránsito).
* Identificar los elementos culturales singulares que puedan ser
afectados por el trazado de una nueva obra o ampliación de una
existente; prever su traslado, estimar los costos y ponerlos en las
bases de licitación.
* Trazar las carreteras por donde implique menor destrucción de la
vegetación, vale decir, la estrictamente necesaria para construir y
operar las carreteras, preservando o trasladando árboles de gran tamaño
o aquellos que oficialmente hayan sido calificados de valor genético,
paisajístico o histórico.
6.3. Diseño de obras complementarias
Las estructuras complementarias en las obras de la carretera que el
Proyectista podría incluir en su diseño del proyecto, son:
* Pasarelas o puentes livianos elevados para el paso de peatones.
* Obras de iluminación y señalización.
* Empalmes, intersecciones o pasos a desnivel.
* Barreras antirruidos paralelas a la carretera.
* Playas de estacionamiento, áreas de descanso, puestos de peaje,
puestos de pesaje.
* Edificios para controles fito y zoosanitarios, de aduana y de policía.
El diseño de las estructuras complementarias deberá hacer que estas
cumplan con todas las normas ambientales presentes en estas EAG, en las
partes que les sean aplicables.
6.4. Relaciones con la comunidad
El Proyectista deberá:
* Informar a la comunidad y a las autoridades locales del área del
proyecto, sobre el proyecto de la obra a construir, las diferentes
actividades a realizar y otras características de interés para los
afectados positiva y negativamente. La información que se brinde deberá
ser clara, precisa y actualizada.
* Informar a la comunidad y a las autoridades sobre cualquier
situación de riesgo, de impacto social o comunitario que la ejecución
del proyecto pueda generar o cualquier otro evento que consideren
relevante, en relación con estos aspectos.
* Establecer mecanismos de comunicación periódica con la comunidad y
con la unidad ambiental municipal incluida en el área de influencia de
la obra, para una mejor coordinación de los aspectos ambientales,
sociales y comunitarios.
6.5. Expropiación de terrenos
Los representantes del órgano expropiador deberán:
* Adoptar los procedimientos adecuados de actuación con los propietarios,
sus familiares o poseedores, para lograr una actitud y disposición
favorable de las comunidades y demás grupos sociales hacia el proyecto.
* Solicitar autorización a los propietarios u ocupantes para acceder
al predio identificados en forma visible y llevar una carta de
presentación que los legitime para actuar.
6.6. Relocalización involuntaria de personas
Los cambios de propiedad causados por las expropiaciones para el nuevo
trazado de la carretera, pueden desplazar a individuos de su lugar de
residencia, trabajo o entorno social, modificando la distribución
espacial de la población. También la nueva carretera puede generar un
efecto barrera, especialmente en sectores de alto tránsito, cercanos a
las zonas urbanas, dificultando los movimientos de las poblaciones
aledañas.
La relocalización de personas debido a la construcción de la nueva
infraestructura pueden causar un impacto negativo en el sistema de vida
tradicional de las comunidades.
El Proyectista deberá:
* Coordinar con los organismos gubernamentales responsables de las
expropiaciones para establecer estrategias conjuntas y/o coherentes.
* Diseñar el trazado de una nueva carretera para evitar, al máximo
posible, la necesidad de expropiaciones y relocalización de personas
contra su voluntad.
El organismo responsable de las expropiaciones deberá:
* Apoyar social y legalmente a los afectados, para facilitar su
relocalización, si por razones de interés general es absolutamente
necesario relocalizar personas. En el caso que sea necesario desplazar
personas no propietarias, pero con derechos válidos (ej. arriendo a
largo plazo, etc.), se apoyará a los desplazados que lo soliciten, en
la búsqueda de una solución de vivienda.
* Compensar económicamente a los propietarios por las expropiaciones
o realizar permutas parcelarias, según la preferencia de los individuos
afectados.
6.7. Seguridad vial
El Proyectista deberá analizar la conveniencia de:
* Instalar banquinas anchas, con una senda especial para peatones y
ciclistas, en zonas sub-urbanas con flujos significativos de personas.
* Instalar cruces de peatones y vehículos en lugares que la geometría
del trazado brinde buena visibilidad, acompañado de la señalización de
advertencia.
* Instalar alambrados y otros tipos de deslindes que separen las
carreteras de los terrenos colindantes y prevengan la entrada de
personas o animales.
* Remover los obstáculos a la visibilidad de los conductores en curvas,
pendientes y cruces.
* Señalizar las carreteras para limitar la velocidad de los vehículos
en puntos críticos como zonas pobladas, curvas y pendientes, así como
la señalización de las zonas de estacionamiento permitido.
CAPITULO 7: PROYECTOS DE PUENTES Y DE TERMINALES
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electrónica del mismo."
7.1. Autorización Ambiental Previa
El Proyectista deberá:
* Conseguir la Autorización Ambiental Previa de la DINAMA y, cuando
corresponda, elaborar o encargar un Estudio de Impacto Ambiental
(EIA) del nuevo puente o terminal. En este estudio serán identificadas,
localizadas espacialmente y cuantificadas las medidas de prevención,
mitigación, reparación y compensación ambiental, así como los del plan
de monitoreo, a ser introducidas en el proyecto, para ser aplicadas en
las fases de construcción y de operación de los puentes o terminales.
* Estimar a nivel preliminar el costo de las medidas ambientales
(prevención, mitigación, reparación y compensación) a aplicar en las
obras, agrupándolas según rubros, a fin de calcular el presupuesto del
proyecto. Cuando éste requiere un EIA, las medidas a valorizar serán
aquellas finalmente aprobadas por la DINAMA, referidas al Plan de
Manejo Ambiental y al Plan de Monitoreo o Seguimiento Ambiental.
7.2. Diseño de nuevos puentes
El Proyectista deberá:
* Evitar el emplazamiento de un nuevo puente en áreas de manejo
especial protegidas por ley o por zonas ambientalmente sensibles, ya
sea por razones de paisaje, flora, fauna o ecosistemas.
* Hacer un estudio comparativo de alternativas desde el punto de vista
ambiental. En caso que sea absolutamente necesario instalar el puente
en áreas especificadas en el numeral 9.7. de estas EAG o cercanas a
ellas, deberá introducir en el análisis de viabilidad económica del
nuevo emplazamiento, los costos de la aplicación de las medidas de
mitigación ambiental identificadas.
* Diseñar el puente de manera que las construcciones que estén inmersas
en el flujo de agua tengan un perfil hidrodinámico.
* Diseñar el puente procurando no provocar una reducción excesiva del
área libre al paso del flujo máximo de agua, que pueda provocar
socavaciones, remansos o inundaciones. El cálculo se realizará de
acuerdo a los períodos de retorno usuales, dependiendo de la
envergadura del puente.
* Evitar modificar la dirección normal del flujo de agua, ya que esto
puede provocar socavación de la ribera afectada, con el consiguiente
arrastre de sedimentos.
7.3. Diseño de terminales públicas de carga y descarga y de
terminales de pasajeros
El Proyectista deberá:
* Evitar el emplazamiento de una nueva terminal u otro tipo de obras
complementarias en áreas de manejo especial protegidas por ley o por
zonas ambientalmente sensibles, ya sea por razones de paisaje, flora,
fauna o ecosistemas.
* Hacer un estudio comparativo de alternativas desde el punto de
vista ambiental. En caso que sea absolutamente necesario instalar
terminales en áreas especificadas en el numeral 9.8. de estas EAG o
cercanas a ellas, deberá introducir en el análisis de viabilidad
económica del nuevo emplazamiento, los costos de la aplicación de las
medidas de mitigación ambiental identificadas.
* El diseño de terminales y de otras estructuras complementarias
requerirá el respeto a todas las normas ambientales presentes en estas
EAG, en las partes que les sean aplicables.
SECCION B: MEDIDAS PARA ACTIVIDADES DE LAS FASES DE OBRA
(CONSTRUCCION) Y DE MANTENIMIENTO
CAPITULO 8: CONSIDERACIONES GENERALES
"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen
electrónica del mismo."
8.1. Responsabilidades
La Inspección deberá:
* Ser el responsable ante la DNV de la fiscalización del cumplimiento
del contrato por parte del Constructor, y, en particular, de los
aspectos relacionados con estas EAG, de manera de asegurar que el
Constructor realice las obras con un deterioro mínimo del ambiente. En
ese contexto le corresponderá aprobar, solicitar modificaciones o
rechazar las solicitudes o informes (Plan de Restauración Ambiental,
Informes Trimestrales de Gestión Ambiental, etc.) sobre temas
ambientales que le presente el Constructor. En temas especializados y
no rutinarios, la Inspección contará con la asesoría de la Unidad
Ambiental de la DNV.
* Respaldar sus órdenes verbales, que signifiquen gasto al
Constructor, mediante notas emitidas a más tardar una semana después de
la orden verbal y conforme a los términos y condiciones del contrato.
La Unidad Ambiental de la DNV deberá:
* Atender y decidir los temas ambientales relacionados con cualquier
obra para la cual no se haya designado un Director de Obra.
* Efectuar el seguimiento ambiental de aquellas obras que tengan
mayores posibilidades de impacto al ambiente o que estén emplazadas en,
o cerca de, áreas ambientalmente sensibles. Además, la Unidad Ambiental
brindará asesoramiento a los Directores de Obra en el cumplimiento de
sus funciones en cuanto a protección ambiental.
El Constructor deberá:
* Acatar la normativa legal y contar con los permisos de otros
organismos técnicos competentes en temas de protección del ambiente,
antes de iniciar la obra y presentarlos a la Inpección.
* Instrumentar las medidas comprometidas en la Autorización Ambiental
Previa y/o EIA.
* Acatar estas EAG y todas las órdenes que imparta la Inspección con
relación a la protección del ambiente.
* Preparar y remitir a la Inspección y a la Unidad Ambiental, el Plan
de Restauración Ambiental, los Informes Trimestrales de Gestión
Ambiental, Informes de Monitoreos y otros informes ambientales afines
establecidos en los EIA.
* Priorizar las compras de materiales, eligiendo a aquellos proveedores
que presenten certificación ambiental de sus productos, o que expendan
elementos biodegradables.
8.2. Plan de Restauración Ambiental
El Constructor deberá:
* Presentar a consideración de la Inspección, antes de iniciar la
actividad correspondiente, el Plan de Restauración Ambiental de áreas
de la obra, los que deberán constar de medidas de mitigación para los
siguientes sectores o lugares donde se hayan localizado instalaciones:
* Campamentos y sus dependencias:
- Viviendas, comedor y vestuarios.
- Oficinas administrativas.
- Depósitos de desechos, insumos y combustibles.
- Talleres de mantenimiento de maquinarias.
* Plantas de producción de materiales:
- Trituradora o lavadora de agregados y sus acopios.
- Planta asfáltica y sus acopios y depósitos de asfalto.
- Plantas de hormigón y sus acopios y depósitos de cemento.
* Extracciones:
- Sitios de préstamo para el movimiento de suelos.
- Frente de canteras de materiales para el pavimento.
* Depósitos:
- De acopios o sobrantes de las obras.
- De desechos o demoliciones.
* Caminos de servicio provisorios
- Caminos de acceso a la obra.
- Desvíos de tránsito.
- Caminos internos y estacionamientos.
* Obras de arte:
- Puentes.
- Alcantarillas.
* Sectores ecológicamente valiosos y ambientalmente sensibles,
no considerados en la lista anterior, e indicados por la Inspección o
en los EIA.
* Considerar, en el Plan de Restauración Ambiental que algunas fases
de la ejecución de una obra se requiere:
* Compactar los rellenos, para evitar erosión.
* Efectuar un análisis de las características físicas del suelo
para determinar el grado de compactación. Descompactar el terreno,
de acuerdo a lo establecido en el numeral 9.3. de estas EAG.
* Perfilar el terreno, de manera de hacerlo armónico con el
resto del paisaje, estable y de fácil drenaje.
* Colocar una capa superficial de espesor suficiente de suelo
fértil como para promover la revegetación.
* Sembrar especies herbáceas de rápida germinación y desarrollo,
que puedan cubrir con prontitud el suelo, preferentemente
autóctonas.
* Plantar especies arbóreas y arbustivas, preferentemente autóctonas.
* Construir una barrera visual, con tierra y vegetación, que oculte
las zonas no recuperables.
* Presentar a la Inspección, conjuntamente con el Plan de Restauración
Ambiental, la conformidad de los propietarios de las áreas en las
cuales se efectuará el plan, con las medidas ambientales a
aplicar. El dueño de una propiedad afectada por la obra podrá solicitar
por escrito a la Inspección que un camino de servicio, una construcción
provisoria o cualquier estructura permanezca para su uso. Si la
solicitud es aprobada por la Inspección, no será necesario que el
Constructor efectúe la restauración ambiental.
La Inspección deberá:
* Analizar la propuesta del Constructor para el Plan de Restauración
Ambiental, pudiendo solicitar las modificaciones que estime conveniente
para lograr el cumplimiento de las EAG y lo comprometido en la
Autorización Ambiental Previa de la obra.
* Comunicar y enviar copia del Plan de Restauración Ambiental
aprobado a la Unidad Ambiental.
* Vigilar el cumplimiento de lo comprometido en el Plan de
Restauración Ambiental.
8.3. Informes Trimestrales de Gestión Ambiental
El Constructor deberá preparar y remitir a consideración de la Inspección
y a la Unidad Ambiental, los Informes Trimestrales de Gestión Ambiental
(ITGA), tanto en la construcción de carreteras como de puentes y obras
complementarias, los que deberán abordar como mínimo los siguientes temas
y/o actividades:
* Informar sobre las actividades desarrolladas en la obra en el
trimestre anterior, cómo éstas están impactando en los componentes
ambientales y las medidas de mitigación adoptadas.
* Planificar las medidas de mitigación ambiental que se adoptarán en
función de las actividades a ser desarrolladas en el trimestre
siguiente.
* Efectuar el registro fotográfico o fílmico, para demostrar en qué
forma se está cumpliendo con las EAG, además de señalar cuales han sido
los problemas más relevantes durante el período informado.
La Inspección deberá:
* Tomar la decisión de aprobar, solicitar modificaciones o rechazar
los ITGA que le presente el Constructor, considerando la opinión de la
Unidad Ambiental.
* Comunicar y enviar copia de los ITGA aprobados a la Unidad Ambiental.
8.4. Contratación de personal
El Constructor deberá:
* Divulgar públicamente la demanda de mano de obra (número de
trabajadores requeridos y requisitos mínimos para su contratación) y
mantener una oficina encargada de recepcionar las solicitudes de
empleo.
* Dar prioridad a trabajadores locales para la contratación de mano
de obra adicional, a igualdad de condiciones de salario y calificación.
* Realizar, con el apoyo de personal especializado, talleres informativos
y educativos a los trabajadores, acerca del comportamiento que deben
tener con la población local, la responsabilidad que les cabe
respecto a la protección ambiental, así como respecto de las medidas de
higiene y seguridad que deben adoptar.
8.5. Salud ocupacional
El Constructor deberá:
* Cuidar las condiciones de higiene cuando se preparen alimentos en
los comedores de la empresa.
* Disponer de agua potable, servicios higiénicos y vestuario para sus
trabajadores.
* Suministrar a los trabajadores los elementos de protección personal
necesarios, de acuerdo con las actividades que realicen, y tener a su
disposición equipos de primeros auxilios.
* Tener un sistema que garantice la higienización entre cada usuario,
para aquellos elementos de seguridad que puedan usarse en forma
sucesiva por varios trabajadores.
* Tener previsto un sistema expedito de atención médica de emergencia,
en caso de accidentes.
8.6. Seguridad vial
El Constructor deberá:
* Proveer una señalización efectiva en los sectores de riesgo del
tramo de obra, tanto de día como de noche, que brinde seguridad al
tránsito público como al personal de la obra.
* Señalizar claramente la zona donde se estén realizando trabajos,
indicando las condiciones en que debe circular el tránsito.
* Instrumentar la señalización con cartelería de color naranja vivo y
contar con elementos lumínicos o reflectivos.
* Verificar que la maquinaria que se encuentre trabajando en la
carretera tenga los destelladores encendidos.
* Proveer al personal obrero de vestimenta color naranja vivo para
los trabajos diurnos y chalecos con cintas reflectivas para los
trabajos de noche.
8.7. Relaciones con la comunidad
El Constructor deberá:
* Informar a la comunidad y a las autoridades locales de la zona de
obras, sobre la obra a construir, las diferentes actividades a realizar
y otras características de interés para los afectados positiva y
negativamente. La información que se brinde deberá ser clara, precisa y
actualizada.
* Informar a la comunidad y a las autoridades sobre cualquier
situación de riesgo, de impacto social o comunitario que la obra pueda
generar o cualquier otro evento que consideren relevante, en relación
con estos aspectos. En las ocasiones más delicadas, la información será
entregada a las autoridades por la Inspección.
* Establecer mecanismos de comunicación periódica con la comunidad y
con la unidad ambiental municipal incluida en el área de influencia de
la obra, para una mejor coordinación de los aspectos sociales y
comunitarios.
* Solicitar autorización a los propietarios o administradores antes
de ingresar a un predio e informar sobre el objetivo del trabajo que se
realizará.
* Limitarse al espacio y tiempo estrictamente indispensable, durante
la ocupación temporal de un predio, procurando causar el menor daño
posible.
* Colocar alambrados, al iniciar las obras, de acuerdo a los linderos
que separen los terrenos expropiados de los terrenos que se mantienen
en posesión de particulares.
CAPITULO 9: MEDIDAS GENERALES DE PROTECCION AMBIENTAL
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electrónica del mismo."
9.1. Calidad del aire y ruido
El Constructor deberá:
* Disminuir la velocidad de los camiones en aquellos caminos que por
su situación generan un exceso de contaminación del aire con polvo y
partículas.
* Mantener humedecidos los caminos de servicio, los patios de carga y
maniobras y los caminos de acceso a préstamos, canteras y plantas de
producción de materiales, que provocan un exceso de contaminación del
aire con polvo y partículas generadas por el tránsito de vehículos y
maquinaria de construcción. No podrá humedecer los caminos con aceite
usado para atenuar este efecto.
* Formar una barrera acústica con los acopios, alrededor de las
diferentes plantas de producción de materiales establecidas para las
obras, para no alterar la tranquilidad de la zona.
* Adoptar las medidas necesarias para minimizar las emisiones de
gases y partículas, cuando en las proximidades de un poblado se
localice una planta de producción de materiales.
9.2. Calidad, cantidad y regularidad del agua
El Constructor deberá:
* Evitar el derrame de aceites, grasas, combustibles, cemento, etc.,
ya que afectan la calidad de las aguas, tanto superficiales como
subterráneas.
* Evitar la eliminación de desechos sólidos o líquidos de los
campamentos o de sitios de trabajo, vertiéndolos en cauces, canales,
esteros o embalses, como tampoco en las proximidades de ellos.
* Evitar el lavado o enjuague de equipos que puedan producir
escurrimiento y/o derrames de contaminantes cerca de los cursos de
agua.
* Colocar las alcantarillas simultáneamente con la construcción de
terraplenes, para evitar la interrupción de los drenajes naturales.
* Restaurar a sus condiciones originales las zonas donde se hayan
construido ataguías y/o desvíos de curso de agua que ya no se
requieran.
* Evitar que residuos de la construcción de las carreteras contaminen
los cursos de agua, tanto superficiales como subterráneas.
* Evitar el cruce frecuente de vehículos por los cauces de agua en la
operación de maquinaria.
9.3. Contaminación y compactación del suelo
El Constructor deberá:
* Evitar la compactación de aquellos suelos donde no sea necesario el
tránsito de maquinaria o acopio de materiales. Para tal efecto, los
cuidados deben apuntar a reducir al mínimo estas superficies.
* En los suelos que hayan sido compactados por el tránsito de
vehículos o por acopio de material, el Constructor deberá hacer lo
siguiente:
* Determinar las áreas en las cuales se tendrá que efectuar
descompactación del suelo, mediante la medición del grado o valor de
compactación, sometiendo esta información a la aprobación dla
Inspección. Para esto se recomienda usar un penetrómetro, comparando el
valor de los suelos presumiblemente compactados con el de los suelos
cercanos a los cuales se está midiendo la compactación. Estos suelos
próximos deberán tener vegetación y no haber sido intervenidos por la
obra.
* Proponer a la Inspección la forma de efectuar la descompactación
del suelo, así como también el plazo para efectuar esta labor.
* Someter al proceso de descompactación como mínimo, las siguientes
áreas:
* Zona de campamento, talleres y depósitos temporales con sus
respectivos caminos de servicio y estacionamientos.
* Areas de las plantas de áridos, de asfalto y de hormigón, con sus
respectivos caminos de servicio.
* Desvíos de tránsito que se hayan hecho para el tránsito de los
vehículos durante la obra.
* Pisos de los depósitos, acopios en el campamento, plantas de
producción de materiales.
* Solicitar a la Inspección autorización para la no descompactación
de una determinada área, acompañada de un documento del dueño o del
administrador del terreno, solicitando y justificando lo antes
expuesto.
* Evitar y prevenir el derrame al suelo de hidrocarburos, u otras
sustancias contaminantes, construyendo diques de contención en el
entorno de los depósitos.
9.4. Vegetación, flora y fauna
El Constructor deberá:
* Evitar hacer limpieza del terreno mediante el uso del fuego.
* Elegir un lugar seguro, que impida la propagación del fuego, para
efectuar la quema de material vegetal producto de la limpieza del
terreno y además contar con la autorización de la Inspección.
* Adoptar las siguientes medidas, cuando los trabajos se realicen en
zonas donde existe el peligro potencial de incendio de la vegetación
circundante, y en especial cuando los trabajos estén dentro o cerca de
áreas protegidas, áreas ambientalmente sensibles, o bien, masas
forestales naturales o plantadas importantes:
* Establecer un sistema de vigilancia del estado de conservación
de la flora, para detectar cualquier deterioro de la vegetación.
* Contar con brigadas contra incendios, equipadas con los medios
adecuados para poder cumplir con su función.
* Hacer zonas de corta-fuego (mediante extracción del material
combustible), para prevenir deterioro tanto de la vegetación como de
la maquinaria, depósitos de combustible, etc.
* Presentar a la Inspección un Plan de Acción Contra Incendios,
para su aprobación.
* Suspender de inmediato y temporalmente los trabajos, si se
descubrieran durante la construcción áreas o ecosistemas sensibles que
estén expuestos a sufrir una modificación directa por las actividades
de la obra, dando cuenta del hecho a la Inspección, para que informe a
las autoridades competentes.
* Adoptar las medidas necesarias para evitar que su personal efectúe
actividades negativas sobre la flora y fauna silvestre.
* Ejecutar la restauración de la cubierta vegetal, cuando se produzcan
daños importantes que la afecten, creando las condiciones
óptimas que posibiliten en el corto plazo, la implantación de especies
herbáceas y en el largo plazo la colonización de vegetación similar a
la inicial.
* Utilizar, para el recubrimiento vegetal en terraplenes y desmontes,
especies de rápido crecimiento y fácil regeneración, para minimizar los
procesos de erosión incipientes.
* Reemplazar con especies de rápido desarrollo, preferentemente
nativas propias de la zona, la vegetación que sea alterada o extraída,
ya sea por trabajos de limpieza del terreno, ensanches de plataforma o
explotación de préstamos, canteras, etc. En este caso la replantación
se realizará con el criterio que por cada árbol o arbusto que se
retire, se plantarán dos. El lugar, su extensión, las especies, número
de ejemplares por especies, densidades y fechas para la plantación
deberá ser aprobado por la Inspección. El Constructor deberá realizar
el mantenimiento de lo plantado, de forma de lograr un prendimiento
(sobrevivencia) de, por lo menos, la mitad de los ejemplares al año de
terminada la obra.
* Plantar las especies que puedan alcanzar gran tamaño a distancias
tales que su presencia o su posible caída no represente un peligro para
el tránsito de vehículos.
9.5. Aspectos socioeconómicos
El Constructor deberá:
* Limitar, a criterio de la Inspección, el horario nocturno de
operación de las diferentes plantas de producción de materiales, para
no alterar los períodos de descanso de los habitantes de la zona.
* Establecer los campamentos y las plantas de producción de
materiales en zonas alejadas de los centros urbanos o asentamientos
humanos, con el objetivo de minimizar cualquier efecto adverso a la
población.
9.6. Patrimonio arqueológico, histórico y cultural
El Constructor deberá:
* Contactar con la antelación adecuada, antes de comenzar las obras,
a la autoridad responsable del patrimonio arqueológico y cultural,
comunicando la fecha de comienzo de la obra y su área de influencia; y
solicitarle información respecto a si en la zona existe o hay
posibilidad de hallar restos arqueológicos.
* Señalizar con barreras y carteles los elementos patrimoniales que
están en la zona de influencia de la obra, hasta donde puedan llegar la
maquinaria, las proyecciones de una voladura, etc.
* Disponer la suspensión inmediata de las tareas que pudieran afectar
piezas arqueológicas, si durante el transcurso de las operaciones de
construcción se descubrieran restos de elementos históricos o
arqueológicos. También deberá dejar vigilantes con el fin de evitar
saqueos y procederá a dar aviso de inmediato a la Inspección y a las
autoridades pertinentes. La Inspección, en coordinación con las
autoridades respectivas, evaluará la situación y determinará cuándo y
cómo continuar con las obras viales.
9.7. Areas legalmente protegidas
La Inspección deberá:
* Entregar, si la carretera pasa cerca de áreas protegidas, copia del
Plan de Restauración Ambiental presentado por el Constructor y del
proyecto, a las autoridades responsables de dicha área y establecer un
mecanismo de información y coordinación acerca de:
* Los impactos ambientales esperados que puedan afectar al área
protegida.
* Las medidas de mitigación previstas en estas EAG, en el EIA, y
en el Plan de Restauración Ambiental.
El Constructor deberá:
* Colocar señalizaciones en dichas áreas con relación a:
* La existencia del área protegida.
* La protección de las especies de flora y fauna.
* La prohibición de arrojar basura, actividades de caza, pesca y
corte de especies vegetales.
* La limitación de la velocidad de los vehículos en estas zonas.
El límite debe ser aún menor en las horas sin luz solar, por el
peligro que existe de atropellamiento de fauna.
9.8. Zonas restringidas de obras
El Constructor no podrá localizar campamentos, talleres, depósitos,
plantas de producción de materiales, préstamos, canteras, acopios,
depósitos o caminos de servicio en los siguientes lugares:
* Con manejo especial protegidos por ley, ni dentro de áreas
ambientalmente sensibles.
* Con presencia de especies vegetales protegidas o en peligro de
extinción, definidas por el organismo oficial de protección de la
flora.
* Con existencia de fauna rara, en peligro de extinción, o de interés
científico, definidas por el organismo oficial de protección de la
fauna.
* Con existencia de sistemas naturales que constituyen hábitats
preferenciales de algunas especies de fauna, áreas de reproducción,
alimentación, descanso, etc.
* Con existencia de centros poblados o casas habitadas, distantes a
menos de 500 m, con el objetivo de evitar conflictos sociales e
impactos en la salud de la población, debido principalmente a la
contaminación acústica.
* A menos de 2.000 m aguas arriba de los lugares de captación de las
tomas de abastecimiento de agua de núcleos poblados.
* A menos de 2.000 m de centros poblados en línea con la dirección
predominante de los vientos, cuando se trate de plantas de producción
de materiales.
* Con existencia de cauces de agua, distantes a menos de 500 m. A
menos de esa distancia, dichas instalaciones se ubicarán a más de 100 m
y en contrapendiente, para evitar contingencias relativas a
escurrimiento de residuos líquidos tóxicos que puedan afectar la
calidad del agua.
* Con probabilidades de inundaciones.
* Con nivel freático aflorante.
* Susceptibles a procesos erosivos.
* Sujetos a inestabilidades físicas que presenten peligros de derrumbes.
En casos de fuerza mayor y técnicamente justificado por escrito, la
Inspección podrá autorizar variaciones a las restricciones de
localización señaladas anteriormente.
El Constructor deberá preferenciar localizaciones de campamentos,
talleres, plantas de producción de materiales, préstamos, canteras,
acopios o depósitos en los siguientes lugares:
* Planos y sin cobertura vegetal.
* Distantes más de 2.000 m de cualquier área poblada.
* Con barreras naturales, como por ejemplo vegetación alta, pequeñas
formaciones sobre nivel, etc.
* Con accesos y playas de estacionamiento ya existentes.
El Constructor deberá solicitar autorización escrita a la Inspección,
para instalar campamentos, talleres, plantas de producción de materiales,
préstamos, canteras, acopios, depósitos o caminos de servicio, adjuntando
los siguientes documentos:
* Fotografías o filmación del área de emplazamiento.
* Planos de planta, con la ubicación de las instalaciones programadas.
* Planos complementarios, en que se indique claramente donde serán
vertidos los desechos sólidos y líquidos.
* Permisos, concedidos por las autoridades competentes, en relación a
localización, utilización de agua, disposición de desechos, corte de
vegetación, y otros documentos que a criterio de la Inspección, sean
necesarios para la aprobación del emplazamiento.
* Un Plan de Restauración Ambiental del área afectada, conforme a lo
estipulado en el numeral 8.2 de estas EAG.
CAPITULO 10: CAMPAMENTOS, TALLERES Y DEPOSITOS
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electrónica del mismo."
Las siguientes especificaciones se refieren a campamentos, talleres y
depósitos, o cualquier otra instalación que complemente las anteriores y
ubicadas en los mismos predios.
10.1. Ubicación
El Constructor deberá:
* Evitar localizar el campamentos, talleres y depósitos en lugares
con las características señaladas en el numeral 9.8. de estas EAG.
* Preferenciar las localizaciones de campamentos, talleres y
depósitos, en lugares con las características señaladas en el numeral
9.8. de estas EAG.
10.2. Instalación
El Constructor deberá:
* Solicitar por escrito autorización a la Inspección, antes de
instalar campamentos, talleres y depósitos, acompañando los documentos
señalados en el numeral 9.8. de estas EAG.
* Evitar al máximo la realización de desmontes del terreno, rellenos
y remoción de vegetación en la construcción de la instalación. En lo
posible, los campamentos deberán ser prefabricados y desmontables.
Cuando sea necesario remover la vegetación presente, además de contarse
con el permiso de la autoridad responsable de la protección de la
flora, deberá realizarse en el área estrictamente necesaria para
establecer las vías de acceso, viviendas, oficinas, talleres,
estacionamiento, acopio de materiales e instalación de maquinarias.
* Realizar las siguientes acciones a los diversos residuos de los
campamentos, talleres o depósitos:
* Instalar en los servicios higiénicos de la obra el "sistema
sanitario químico", o en su defecto, pozos sépticos técnicamente
diseñados. Por ningún motivo se verterán aguas servidas en los
cuerpos de agua.
* Construir trampas de grasas, para los residuos del comedor del
campamento, viviendas y afines.
* Colocar tachos de basuras, de capacidad adecuada, que sean
recolectados periódicamente, para su disposición final.
* Construir y organizar un sistema para la disposición de los
residuos.
* Instalar en los talleres y patios de almacenamiento, sistemas
de manejo y disposición de grasas y aceites. Asimismo, los residuos
de aceites y lubricantes se deberán retener en recipientes
herméticos y disponerse en sitios adecuados de almacenamiento, con
miras a su posterior tratamiento especializado.
* Instalar sistemas de decantación de sólidos y trampas de grasas en
las zonas de lavado de maquinarias, las cuales deberán estar
alejadas de cuerpos de agua.
* Construir diques de contención de derrames que rodeen la zona de
almacenamiento de combustibles.
* Construir en el campamento un sistema que garantice la potabilidad
del agua destinada al consumo humano, debiéndose realizar
periódicamente análisis físico - químicos y bacteriológicos para su
control.
* Construir dentro del campamento instalaciones higiénicas destinadas
al aseo personal y cambio de ropa de trabajo del personal.
10.3. Operación
El Constructor deberá:
* Definir procedimientos para el abastecimiento de combustible y
mantenimiento de maquinarias, incluyendo el lavado de éstas en
campamentos, talleres o depósitos, de forma que eviten el derrame de
hidrocarburos, u otras sustancias contaminantes, a los cauces de agua o
al suelo.
* Dotar de una adecuada señalización, con avisos de advertencia
respecto a riesgos y otros aspectos de ordenamiento operacional y de
tránsito en los campamentos, talleres o depósitos.
* Priorizar la prevención de accidentes del trabajo y de riesgos
ambientales al personal (alertando sobre desniveles provisorios, zonas
de prohibición de fumar y de prender fuego, etc.).
* Colocar carteles prohibiendo verter desperdicios sólidos de los
campamentos, talleres o depósitos, a los cauces de agua.
* Dotar los campamentos, talleres y depósitos, con equipos de
extinción de incendios y material de primeros auxilios.
* Vigilar que el personal no cace o compre en el área de trabajo
animales silvestres vivos, embalsamados o productos derivados de éstos,
de aquellas especies protegidas por ley.
10.4. Restauración ambiental y abandono del área
El Constructor deberá:
* Restituir, una vez terminada la operación, las condiciones del
lugar previas a su instalación, de acuerdo al Plan de Restauración
Ambiental estipulado en el numeral 8.2 de estas EAG.
* Retirar los vestigios de ocupación del lugar, tales como chatarra,
escombros, alambrados, instalaciones eléctricas y sanitarias,
estructuras y sus respectivas fundaciones, caminos internos,
estacionamientos, pisos de acopios, etc.
* Rellenar los pozos, de forma que no constituyan un peligro para la
salud humana ni para la calidad ambiental.
* Descompactar los suelos, de acuerdo al procedimiento indicado en el
numeral 9.3. de estas EAG.
* Restaurar la vegetación, de acuerdo al procedimiento indicado en el
numeral 8.2. de estas EAG.
* Dejar en el lugar los elementos que efectivamente signifiquen una
mejora para el ambiente o presten utilidad práctica evidente. Podrán
permanecer en su lugar solamente aquellas construcciones que cumplan
con los siguientes requisitos:
* Estar fuera de la faja pública y de la faja privada con prohibición
de edificar.
* Contar con autorización escrita y justificación de uso del
propietario o su representante legal.
* Contar con los permisos que establezca la normativa vigente.
CAPITULO 11: PLANTAS DE PRODUCCION DE MATERIALES
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electrónica del mismo."
Las siguientes especificaciones se refieren a plantas de áridos, asfaltos
y hormigones, o cualquier otra instalación para la producción de
materiales requeridos por la obra.
11.1. Ubicación
El Constructor deberá:
* Evitar localizar las plantas de producción de materiales en lugares
con las características señaladas en el numeral 9.8. de estas EAG.
* Preferenciar las localizaciones de las plantas de producción de
materiales en lugares con las características señaladas en el numeral
9.8. de estas EAG.
11.2. Instalación
El Constructor deberá:
* Solicitar por escrito autorización a la Inspección, antes de
instalar las plantas de producción de materiales y sus respectivos
sitios para el acopio y disposición de desechos, acompañando los
documentos indicados en el numeral 9.8. de estas EAG.
* Evitar al máximo la realización de desmontes del terreno, rellenos
y remoción de vegetación en la construcción de las instalaciones.
Cuando sea necesario remover la vegetación presente, además de contarse
con el permiso de la autoridad responsable de la protección de la
flora, deberá realizarse en el área estrictamente necesaria para
instalar las plantas de producción de materiales, establecer las vías
de acceso, estacionamiento, acopio de materiales e instalaciones
complementarias.
* Formar una barrera visual y acústica alrededor de las plantas de
producción de materiales.
* Colocar equipos de control ambiental en las plantas de producción
de materiales, que cumplan los padrones de emisión de material
particulado y gases tóxicos especificados por la legislación vigente.
Si no existen normas nacionales, las plantas de producción de
materiales ubicadas a menos de 2.000 m de un poblado, deberán aplicar
medidas de abatimiento de polvo y control de emisiones.
* Hacer las piscinas de decantación mencionadas el numeral 15.7. de
estas EAG, para evitar la contaminación de aguas superficiales o
subterráneas, en los casos que sea necesario instrumentar
procedimientos de eliminación de partículas o gases en base a agua.
* Construir diques de contención de derrames que rodeen la zona de
almacenamiento de combustibles y/o asfalto.
11.3. Operación
El Constructor deberá:
* Limitar el horario nocturno de operación de las plantas de
producción de materiales, a criterio de la Inspección, para no alterar
la tranquilidad de la zona.
* Dotar a los trabajadores directamente involucrados en la operación
de las plantas de producción de materiales, de los elementos de
seguridad necesarios para protegerse de los ruidos y del polvo, aparte
de otros elementos de seguridad necesarios.
* Dotar las plantas de producción de materiales con material de
primeros auxilios.
* Dotar de una adecuada señalización, con avisos de advertencia
respecto a riesgos y otros aspectos de ordenamiento operacional y de
tránsito en las plantas de producción de materiales.
* Instruir al personal sobre la prevención de riesgos ambientales.
* Colocar carteles prohibiendo verter desperdicios sólidos de las
plantas de producción de materiales a los cauces de agua.
* Establecer en las plantas de producción de materiales
procedimientos para el abastecimiento de combustible y mantenimiento de
maquinarias, incluyendo el lavado de éstas, de forma que eviten el
derrame de hidrocarburos, asfalto, hormigón u otras sustancias
contaminantes, a los cauces de agua o al suelo.
* Tomar medidas adecuadas para dejar los equipos herméticos, para
evitar la contaminación del aire del tipo fugitiva, caracterizada por
salida de polvo de los equipos.
* Mantener, en el caso de plantas de producción de materiales
ubicadas a menos de 2.000 m de lugares poblados, en buenas condiciones
los sistemas de abatimiento de emisiones, como ser los aspersores para
humedecer los áridos que entran a las plantas trituradoras, los
sistemas de lavado o filtrado de gases de las plantas asfálticas, etc.
* Mantener en buenas condiciones de uso las piscinas de decantación
mencionadas en el numeral 15.7. de estas EAG.
11.4. Restauración ambiental y abandono del área
* Restituir, una vez terminada la operación, las condiciones del
lugar previas a la instalación de las plantas de producción de
materiales, de acuerdo al Plan de Restauración Ambiental estipulado en
el numeral 8.2. de estas EAG.
* Retirar los vestigios de ocupación del lugar, tales como chatarra,
escombros, alambrados, instalaciones eléctricas y sanitarias,
construcciones, estructuras y sus respectivas fundaciones, pisos de
acopios, caminos internos y estacionamientos.
* Rellenar los pozos, de forma que no constituyan un peligro para la
salud humana ni para la calidad ambiental.
* Descompactar los suelos, de acuerdo al procedimiento indicado en el
numeral 9.3. de estas EAG.
* Restaurar la vegetación, de acuerdo al procedimiento indicado en el
numeral 8.2. de estas EAG.
* Dejar en el lugar los elementos que efectivamente signifiquen una
mejora para el ambiente o presten utilidad práctica evidente. Podrán
permanecer en su lugar solamente aquellas construcciones que cumplan
con los siguientes requisitos:
* Estar fuera de la faja pública y de la faja privada con
prohibición de edificar.
* Contar con una autorización escrita y justificación de uso del
propietario o su representante legal.
* Contar con los permisos que establezca la normativa vigente.
CAPITULO 12: DESPEJE Y LIMPIEZA DE FAJA Y TERRENO
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12.1. Limpieza de faja
El Constructor deberá:
* Limpiar y regularizar el área comprendida entre los alambrados que
delimitan la faja y el borde de la carretera e incluye:
* Regularizar todo montículo o pozo que signifique un peligro en
caso de accidente, que impida el normal escurrimiento de las aguas y
el paso de los equipos de mantenimiento.
* Eliminar todos los desechos provenientes de las obras, además
de los escombros o basuras existentes, según se indica en el numeral
14.1. de estas EAG.
* Cortar todo árbol o arbusto situado a menos de 15 m del borde
de la carretera o que entorpezca la visibilidad.
* Perfilar los taludes y contrataludes, cunetas longitudinales y
de coronamiento.
* Construir zanjas y limpiar las obstrucciones que puedan
existir a la salida de alcantarillas y puentes.
* Efectuar la menor destrucción posible de la vegetación,
protegiendo o trasladando los árboles que oficialmente hayan sido
calificados de valor genético, paisajístico o histórico, a un sitio
adecuado para su conservación.
* Distribuir el suelo fértil, de manera de fomentar el establecimiento
natural de vegetación en la faja.
* Evitar el uso de sustancias químicas nocivas o tóxicas, explosivos
y fuego en las labores de limpieza.
12.2. Despeje de terreno
El Constructor deberá:
* Despejar el terreno requerido para movimiento de suelos, instalación
de obras, apertura de canteras o sitios de préstamo, en el área
estrictamente necesaria, incluyendo:
* Cortar y retirar la vegetación.
* Retirar y acopiar el suelo fértil.
* Efectuar la menor destrucción posible de la vegetación, protegiendo
o trasladando los árboles que oficialmente hayan sido calificados de
valor genético, paisajístico o histórico, a un sitio adecuado para
garantizar su conservación.
* Evitar el uso de sustancias químicas nocivas o tóxicas, explosivos
y fuego en las labores de limpieza.
* Evitar la pérdida de suelo orgánico, acopiándolo para ser usado
posteriormente en recubrir superficies para facilitar la revegetación
de taludes, desmontes, depósitos, préstamos y otras áreas que hayan
sido intervenidas por la obra y deban ser recuperadas.
12.3. Despeje de vegetación de los puentes
El Constructor deberá:
* Cortar la vegetación que crece bajo los puentes, en el área
correspondiente a la faja pública. La vegetación a cortar será aquella
que pueda provocar obstrucción al paso normal del agua o daños a la
estructura, y evitará daños a la vegetación aledaña a la que se debe
cortar.
* Inspeccionar el cauce, aguas arriba y aguas abajo del puente, para
determinar, conforme al criterio de la Inspección, la zona adicional en
la cual se deberá efectuar la limpieza y corte de la vegetación que
podría obstruir el flujo normal de agua o generar daños a la
estructura.
* Solicitar autorización a la autoridad competente para cortar
vegetación protegida por la legislación.
* Evitar el uso de sustancias químicas nocivas o tóxicas, explosivos
y fuego para eliminar la vegetación.
* Efectuar la menor destrucción posible de la vegetación, protegiendo
o trasladando los árboles que oficialmente hayan sido calificados de
valor genético, paisajístico o histórico, a un sitio adecuado para
garantizar su conservación.
12.4. Disposición de desechos
El Constructor deberá:
* Evitar verter a los cuerpos de agua, el material producto de la
limpieza del terreno, para ello deberá construir dispositivos
especiales que impidan la caída de material de limpieza a éstos.
* Transportar los materiales producto de las limpiezas y despejes
anteriormente especificadas, a depósitos aprobados por la Inspección y
de acuerdo a lo establecido en el numeral 14.1. de estas EAG.
CAPITULO 13: SITIOS DE PRESTAMOS Y CANTERAS
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electrónica del mismo."
13.1. Autorización Ambiental Previa
La apertura de canteras o el reinicio de la explotación de aquellas
existentes requiere de Autorización Ambiental Previa (AAP) otorgada por
DINAMA, según la legislación vigente.
Habrá tres situaciones para las obras que utilizarán materiales pétreos.
El material provendrá de: a) canteras que ya cuentan con AAP; b) canteras
cuyo funcionamiento aún no está aprobado por la autoridad ambiental; y c)
canteras exentas de AAP.
* Para utilizar materiales de las canteras que ya disponen de AAP, el
Constructor sólo requerirá presentar copia de dicha autorización a la
Inspección. En particular, si el Constructor comprará a terceros el
material pétreo proveniente de canteras, deberá entregar a la
Inspección copia de la AAP otorgada por DINAMA a los dueños de la
cantera.
* Para aquellas canteras sin AAP, el Constructor deberá solicitar y
tramitar directamente la AAP ante DINAMA, pudiendo contar con el
asesoramiento de la DNV para la obtención de dicho permiso.
* Las canteras exentas de AAP son aquellas que estaban en explotación
al momento del dictado del Decreto 435/94 y han permanecido en
explotación hasta el momento de su uso para la obra. En este caso el
Constructor deberá demostrar fehacientemente a la Inspección que se
encuentra al amparo de esta excepción.
13.2. Ubicación
El Constructor deberá:
* Evitar la extracción de suelos o áridos en sitios de préstamo o
canteras en lugares con las características señaladas en el numeral
9.8. de estas EAG.
* Preferenciar la extracción de suelo o áridos en sitios de préstamos
o canteras que hayan sido explotados para el abastecimiento de alguna
obra anterior o en lugares con las características señaladas en el
numeral 9.8. de estas EAG.
* Evitar la explotación de préstamos o canteras en las siguientes
áreas, bajo cualquiera de las condiciones que se indican:
* Ensanche de un desmonte de la carretera, fuera de los límites
definidos por el perfil tipo del proyecto. En estos casos se podrá
permitir como excepción, siempre que al término de los trabajos el
lugar quede estéticamente acondicionado y con taludes estables (no
se admitirán taludes con pendientes mayores a 1:3).
* Lugares localizados a menos de 200 m del eje de la carretera
en construcción o bien de una existente. Entre 200 y 500 m se podrá
autorizar por la Inspección, siempre que no sea visible desde la
carretera en construcción o de una existente. En caso de ser
visible, deberá estar localizado a más de 500 m de la carretera en
construcción o de una existente.
13.3. Instalación
El Constructor deberá:
* Solicitar por escrito autorización a la Inspección, antes de
comenzar la explotación de préstamos o canteras, acompañando los
documentos señalados en el numeral 9.8. de estas EAG, cuando el volumen
a extraer supere los 2.000 m3.
* Evitar al máximo la realización de desmontes del terreno, rellenos
y remoción de vegetación en la instalación. Cuando sea necesario
remover la vegetación presente, además de contarse con el permiso de la
autoridad responsable de la protección de la flora, deberá realizarse
en el área estrictamente necesaria para establecer las vías de acceso,
oficinas, estacionamiento y acopio de materiales.
13.4. Explotación de sitios
El Constructor deberá:
* Almacenar la capa de suelo fértil removida de un sitio de préstamo
o cantera, para ser reutilizada posteriormente en la restauración de la
zona, no pudiendo comercializarla o usarla para cualquier otro fin.
* Acatar lo estipulado en el numeral 9.1. de estas EAG, con el fin de
minimizar la contaminación del aire con polvo y partículas.
* Acatar lo estipulado en el numeral 14.1 de estas EAG, referente a
la disposición de los desechos.
* Acatar las estipulaciones acerca de la operación de maquinaria
indicadas en el numeral 15.5. de estas EAG.
13.5. Explotación en cauces fluviales
El Constructor deberá:
* Solicitar previamente los permisos del organismo oficial competente
y cumplir con los requisitos técnicos para la explotación en los cauces
naturales, para extracción de áridos (arenas y cantos rodados).
* Presentar un proyecto de extracción de material fluvial
demostrando, mediante procedimientos de hidráulica fluvial aceptables,
que la modalidad de extracción y el volumen a extraer son compatibles
con el normal escurrimiento del cauce y que no afectará ninguna
estructura existente (puente, vivienda, etc.).
* Evitar excavaciones que profundicen solo parcialmente un cauce y
que dejen depresiones localizadas, o cualquier trabajo que en alguna
forma pueda impedir, desviar o entorpecer el normal escurrimiento de
las aguas. No se deberán utilizar como yacimiento áreas situadas en las
cercanías de puentes, tomas de agua, riberas protegidas u otras
estructuras que pudiesen ser afectadas por las excavaciones, tanto
desde el punto de vista de su estabilidad, de su operación o debido al
incremento de la turbidez del agua.
13.6. Restauración ambiental y abandono del área
El Constructor deberá:
* Restituir el frente explotado, una vez terminada la operación, a
las mejores condiciones posibles, de acuerdo al Plan de Restauración
Ambiental estipulado en el numeral 8.2. de estas EAG.
* Retirar los vestigios de ocupación del lugar, tales como chatarra,
escombros, construcciones, estructuras, acopios con sus pisos, caminos
internos y estacionamientos.
* Rellenar los pozos y huecos entre piedras de sobretamaño, de forma
que no constituyan un peligro para la salud humana ni para el ambiente.
* Tender una capa de suelo fértil sobre la superficie del préstamo o
cantera, ocupando para ello el suelo que se haya acopiado durante la
instalación.
* Restaurar la vegetación, de acuerdo al procedimiento indicado en el
numeral 8.2. de estas EAG.
* Formar una barrera visual si no es posible lograr un paisaje
agradable, o si el área es visible desde la carretera o un centro
poblado.
* Dejar el área bien drenada para evitar los riesgos de deslizamientos y
proteger contra la erosión, mediante plantaciones, drenes, cunetas,
escalonamiento del talud, etc.
* Instalar alambrados de seguridad para evitar accidentes de personas
o animales.
CAPITULO 14: DEPOSITOS
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electrónica del mismo."
14.1. Ubicación
El Constructor deberá:
* Evitar el depósito de materiales y de desechos de construcción, en
lugares con las características señaladas en el numeral 9.8. de estas
EAG.
* Preferenciar el depósito de materiales y de desechos de construcción,
en lugares con las características señaladas en el numeral 9.8. de
estas EAG.
* Evitar el depósito de materiales y de desechos de construcción, en
las siguientes áreas, bajo cualquiera de las condiciones que se
indican:
* En la faja pública de la carretera. En estos casos se podrá
permitir como excepción, siempre que al término de los trabajos el
lugar quede estéticamente acondicionado y con taludes estables (no
se admitirán taludes con pendientes mayores a 1:3).
* Lugares localizados a la vista de la carretera, a menos que sea
material en proceso y tenga autorización escrita de la Inspección.
* Sitios donde existan procesos evidentes de arrastre por aguas
lluvias y erosión. Así no se expondrá el material depositado a
procesos naturales de lixiviación, que puedan afectar cuerpos de
agua próximos al lugar.
* Preferenciar el depósito de materiales y desechos de construcción,
en las siguientes áreas:
* Suelos de menor valor agrícola, donde no se altere en forma
significativa la fisionomía original del terreno y no se interrumpan
los cursos de aguas superficiales o subterráneas.
* Depresiones naturales o artificiales, las que se rellenarán
por capas en forma ordenada, sin sobrepasar los niveles de los
terrenos circundantes, permitiendo el drenaje en forma adecuada.
14.2. Instalación
El Constructor deberá:
* Solicitar por escrito autorización a la Inspección, antes de comenzar
el uso de los depósitos, acompañando los documentos señalados en
el numeral 9.8. de estas EAG, cuando el volumen a extraer supere los
2.000 m3.
* Evitar al máximo la remoción de vegetación en la instalación.
Además de contarse con el permiso de la autoridad responsable de la
protección de la flora, deberá realizarse en el área estrictamente
necesaria para establecer las vías de acceso y depósito.
14.3. Explotación de depósitos
El Constructor deberá:
* Retirar la capa orgánica de suelo hasta que se encuentre una capa
que pueda soportar el sobrepeso provocado por el relleno, previo al uso
del acopio. El suelo removido se deberá reutilizar en la restauración
de la zona, no pudiéndose comercializar o usar con otro fin.
* Establecer drenajes adecuados.
* Asegurar que los taludes de los acopios de material tengan una
pendiente que minimice el riesgo de deslizamientos.
* Si se trata de desechos químicos, envasarlos previamente en depósitos
adecuados a las características propias de cada tipo de sustancia, y
enterrarlos a las profundidades especificadas por la reglamentación
vigente.
14.4. Restauración ambiental y abandono del área
El Constructor deberá:
* Restituir el lugar, una vez terminada la operación, a las mejores
condiciones posibles, de acuerdo al Plan de Restauración Ambiental
estipulado en el numeral 8.2. de estas EAG.
* Tender una capa de suelo fértil sobre la superficie del depósito,
ocupando para ello el suelo que se haya acopiado durante la
instalación. Esta capa de suelo deberá estar precedida de una capa de
relleno, de una granulometría que evite la erosión hacia el interior
del depósito.
* Restaurar la vegetación, de acuerdo al procedimiento indicado en el
numeral 8.2. de estas EAG.
* Dejar el área bien drenada para evitar riesgos de deslizamientos y
protegida contra la erosión, mediante plantaciones, drenes, cunetas,
etc.
CAPITULO 15: CARRETERAS (NUEVAS Y EXISTENTES)
"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen
electrónica del mismo."
15.1. Excavaciones
El Constructor deberá:
* Informar a la Inspección si la ubicación de las obras pudiese
ocasionar perjuicio o desaparición de algún elemento cultural singular,
que no haya sido previsto en la fase de proyecto. Analizar
conjuntamente con éste la posibilidad de su traslado y reconstrucción
dentro de las proximidades de su localización original. Será requisito
obtener previamente una autorización de la autoridad competente, antes
de efectuar cualquier traslado.
* Verificar las especificaciones en los diseños de la obra, para
asegurar la estabilidad de los taludes, previo al inicio de las
actividades de excavación.
* Transportar los materiales excavados, dentro de lo posible,
directamente al camión que lo llevará al sitio de disposición final del
material, aprobado para tal fin según lo estipulado en el numeral 14.1.
de estas EAG.
* Evitar el arrojar material de excavación a los cuerpos de agua.
15.2. Materiales de desecho
El Constructor deberá:
* Verificar la posibilidad de reutilización del material removido en
la rehabilitación de la carretera y restos de la demolición de puentes
u otras estructuras (asfalto, hormigón, metales, encofrados, etc.).
* Llevar a depósitos autorizados por la Inspección, según lo dispuesto
en el numeral 14.1. de estas EAG, el material que no pueda ser
reutilizado o reciclado.
* Mantener el material sobrante de la obra dentro de la faja pública,
previo a su transporte a depósitos autorizados.
15.3. Drenajes
El Constructor deberá:
* Evitar la obstrucción de los drenajes naturales, durante las
actividades de movimientos de suelos, para lo cual se construirán
previamente las obras de drenaje o se construirán sistemas provisorios
de drenaje durante los movimientos de suelos.
* Instruir a sus operarios para adoptar los cuidados pertinentes de
los drenajes, que impidan la ocurrencia de obstrucciones al drenaje
natural o contaminen las aguas.
15.4. Taludes
En relación a zonas con problemas de erosión en los taludes desnudos, el
Constructor deberá aplicar las siguientes técnicas, contando previamente
con la autorización de la Inspección:
* Disminuir la inclinación del talud, de manera que permita colocar
tierra vegetal.
* Construir terrazas y sistemas de drenaje para minimizar el riesgo
de deslizamientos.
* Evitar que el agua de la plataforma superior fluya hacia el talud,
provocando erosión acentuada, por medio de la construcción de cunetas
de coronamiento.
* Aplicar una capa de tierra fértil a los taludes, tanto de desmontes
como de terraplenes.
* Sembrar especies herbáceas y, si es posible, especies arbustivas de
rápido desarrollo, de preferencia autóctonas.
* Efectuar los cuidados necesarios (riego, aplicación de
fertilizantes, etc.) con el objeto de tener una buena cobertura
vegetal, la cual protegerá al talud de la erosión.
15.5. Uso de maquinaria
El Constructor deberá:
* Asegurar que los camiones, vehículos y otras maquinarias cumplan
con los reglamentos vigentes referidos a luces, pesos máximos,
señalización, frenos, etc.
* Efectuar el mantenimiento periódico de las máquinas, de manera de
mantenerlas dentro de los valores aceptables de emisión de ruido, gases
y en condiciones seguras de operación.
* Mantener en buen estado de funcionamiento la maquinaria, para
evitar el derrame de lubricantes y combustibles que puedan afectar los
suelos y cursos de agua.
* Interrumpir el uso de maquinaria durante el período de descanso
nocturno de la comunidad afectada por la construcción de las obras,
conforme el criterio de la Inspección.
* Hacer el aprovisionamiento de combustible y mantenimiento de maquinaria
y equipo, incluyendo su lavado, de forma que no se contaminen
las aguas o los suelos.
* Asegurar que los operadores de maquinaria conozcan las normas de
seguridad y procedimientos de manejo del equipo que están operando.
15.6. Transporte de materiales
El Constructor deberá:
* Evitar que la extracción, carga, transporte y colocación de
materiales, produzcan contaminación atmosférica por material
particulado, debiendo mantener húmedos los caminos de servicio,
disminuir la velocidad, así como cubrir con una lona la carga de los
camiones, que puedan ocasionar una excesiva emisión de polvo.
* Tener especial cuidado en las operaciones de transporte,
almacenamiento y aplicación de asfalto, cemento portland y sus
derivados, especialmente cuando se trate de cruces con cuerpos de
agua.
* Mantener limpias las carreteras por donde hayan transitado los
camiones con asfalto, cemento portland, sus derivados y cualquier otro
material proveniente de excavaciones, préstamos o canteras, retirando
los fragmentos y residuos generados.
* Construir rápidamente, en caso de vertimiento accidental de asfalto,
cemento portland o cualquiera de sus derivados, un terraplén que
confine el derrame y recoger a la brevedad dicho material, incluyendo
el suelo contaminado y disponerlo en un lugar autorizado por la
Inspección, según lo indicado en el numeral 14.1. de estas EAG.
15.7. Decantación de residuos de aguas de lavado
El Constructor deberá:
* Construir piscinas de decantación para los residuos de las aguas de
lavado de: camiones de transporte de hormigón, plantas de elaboración
de hormigón, sistemas de abatimiento de gases y polvo por medio de
agua.
Para estas piscinas se recomiendan las siguientes características:
* Deben haber tres piscinas en serie en operación permanente,
con una cuarta en paralelo con la primera de la serie, ya que hay
una saturación más rápida de la primera piscina. Esto permite
efectuar limpieza sin afectar la eficiencia del sistema.
* Las piscinas deben ser todas iguales, recomendándose las
siguientes dimensiones internas:
largo = 10,0 m
ancho = 4,0 m
profundidad = 1,5 m
* La conexión entre las piscinas debe ser por medio de canaletas
simples de cemento.
* El sentido del flujo será longitudinal respecto de las
piscinas y se usará una manguera flexible para alimentar la primera
piscina, de manera que permita alimentar la piscina de reserva, que
está en paralelo, en los períodos de limpieza de ésta.
* Con el objetivo de prevenir la contaminación de las aguas
subterráneas, se deberán colocar 50 cm de arcilla compactada en el
fondo de cada piscina.
* Un lado de las piscinas será inclinado, de forma de permitir el
acceso de un cargador que realice su limpieza.
15.8. Construcción de la capa de rodadura
El Constructor deberá:
* Evitar el calentamiento del asfalto en recipientes improvisados,
que generen emisiones de gases contaminantes. En caso de ser necesario
y que cuente con la aprobación de la Inspección, esta operación se
realizará en zonas alejadas de centros urbanos o asentamientos humanos,
con el objetivo de minimizar cualquier efecto adverso a la población.
* Acopiar y disponer los desechos provenientes del bacheo del
pavimento en un lugar autorizado por la Inspección, según lo indicado
en el numeral 14.1. de estas EAG.
* Proveer al personal de los equipos adecuados de protección personal
para el transporte, almacenamiento y disposición del asfalto, los
cuales serán de uso obligatorio por parte de los operarios.
15.9. Estructuras complementarias
En la construcción o instalación de estructuras complementarias, el
Constructor deberá observar todas las normas referidas en los capítulos
anteriores acerca de medidas generales de protección ambiental, limpieza,
fuentes y acopios de materiales, maquinarias y equipos, excavaciones,
terraplenes, etc.
15.10. Mantenimiento rutinario
Para realizar los trabajos de mantenimiento rutinario, el Constructor
deberá observar las normas establecidas en estas EAG.
Debido a que generalmente las cantidades de material utilizadas en el
mantenimiento rutinario de la carretera son mucho menores que las usadas
para su construcción o rehabilitación, no es necesario que la Inspección
exija la totalidad de los documentos señalados en el numeral 9.8. de
estas EAG. Lo anterior no exime al Constructor de su obligación de
presentar el Plan de Restauración Ambiental, además del cumplimiento de
estas EAG en su totalidad.
CAPITULO 16: CAMINOS DE SERVICIO
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electrónica del mismo."
16.1. Ubicación
El Constructor deberá:
* Usar de preferencia los caminos existentes para acceder a las
instalaciones temporales o los diferentes frentes de trabajo, o para
desviar el tránsito durante la obra.
* Evitar construir caminos de servicio en lugares con las características
señaladas en el numeral 9.8. de estas EAG.
* Preferenciar la construcción de caminos de servicio en lugares con
las características señaladas en el numeral 9.8. de estas EAG.
* Solicitar por escrito autorización a la Inspección, antes de hacer
uso de lugares para construir caminos de servicio, acompañando el Plan
de Restauración Ambiental, conforme a lo estipulado en el numeral 8.2
de estas EAG, si los caminos de servicio no se seguirán usando y ocupan
más de 5.000 m2.
16.2. Construcción y mantenimiento
El Constructor deberá:
* Seguir los contornos naturales del ambiente circundante, de manera
de minimizar los desmontes y terraplenes.
* Evitar la interrupción de los drenajes existentes, estableciendo un
sistema adecuado a las condiciones climáticas de la zona en la cual se
construya el camino. Se colocarán puentes provisorios o alcantarillas,
simultáneamente con la nivelación del camino y la construcción de
terraplenes.
* Construir los caminos de servicio con el ancho mínimo necesario y
con el radio de las curvas también reducido, con el objeto de tener
condiciones aceptables de seguridad y de impactar lo menos posible al
ambiente.
* Ejecutar los caminos de servicio teniendo en cuenta la protección
de predios aledaños y de cualquier tipo de infraestructura existente.
* Mantener los caminos de servicio en buenas condiciones de
transitabilidad y seguridad durante el período de uso.
* Acatar la estipulación del numeral 9.1. de estas EAG, con el fin de
minimizar la contaminación del aire con polvo y partículas.
* Colocar señalización diurna y nocturna, en ubicación y cantidad
adecuada para direccionar y para salvaguardar la seguridad del
tránsito. La señalización deberá indicar los desvíos y la velocidad
máxima de circulación para evitar accidentes.
16.3. Restauración ambiental de accesos
Una vez que la carretera esté construida, el Constructor deberá restaurar
las áreas en las cuales haya construido caminos de servicio que no se
volverán a usar, para lo cual deberá aplicar un Plan de Restauración
Ambiental aprobado por la Inspección, según lo estipulado en el numeral
8.2 de estas EAG.
CAPITULO 17: DEMOLICIONES Y USO DE EXPLOSIVOS
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electrónica del mismo."
17.1. Demoliciones de puentes y otras estructuras
En la demolición de obras civiles (puentes, alcantarillas, estructuras,
muros de hormigón, etc.) le está prohibido al Constructor usar explosivos
cuando exista:
* Peligro de contaminación de cuerpos de agua.
* Peligro a la integridad de las carreteras.
* Peligro a la seguridad de las personas o construcciones.
* Sistemas naturales, terrestres o acuáticos, que constituyen
hábitats preferenciales de especies de fauna protegida, o de sus áreas
de reproducción, descanso, alimentación, etc.
* Fauna rara y/o en peligro de extinción, o de interés científico y
económico, definida por ley.
Si en la demolición es necesario usar explosivos, el Constructor deberá:
* Cerrar la zona donde es probable que caigan fragmentos y usar
esteras para voladuras en aquellos lugares donde hay peligro que vuele
roca, hormigón, u otros materiales, hacia construcciones.
* Efectuar cada detonación bajo la vigilancia directa del
especialista. Una vez cargados los barrenos, la explosión no se deberá
demorar.
* Desconectar los cables inmediatamente después de la voladura, si se
ha utilizado corriente eléctrica para detonar la carga.
* Hacer una inspección después de la voladura, para determinar si
todas las cargas han estallado.
* Desprender los pedazos de roca suelta y el escombro de voladuras en
canteras, antes de continuar con los trabajos.
17.2. Disposición de materiales removidos
El Constructor deberá:
* Efectuar la limpieza del área una vez terminada su labor de
demolición.
* Verificar la posibilidad de reciclar los restos de la demolición de
puentes u otras estructuras, mediante trituración en una planta de
áridos, para ser usados en alguna construcción de la obra.
* Llevar el material que no pueda ser reciclado a un depósito
autorizado por la Inspección, de acuerdo a lo establecido en el numeral
14.1. de estas EAG.
* Evitar hacer acopio de material en lugares visibles desde la carretera,
a menos que sea material en proceso y tenga la autorización escrita de
la Inspección.
17.3. Uso y transporte de explosivos
El Constructor deberá:
* Usar explosivos únicamente en aquellas labores propias de la obra
que así lo requieran, las cuales deberán tener la autorización escrita
de la Inspección.
* Programar la realización de labores que requieren uso de explosivos
con antelación, sometiendo esta programación a la aprobación de la
Inspección. Esta programación deberá tener en cuenta las normas de
seguridad que permitan garantizar que no se pongan en peligro vidas
humanas, componentes del ambiente, así como obras o construcciones
existentes.
* Usar, para el transporte de explosivos, un vehículo fuerte y
resistente, en perfectas condiciones, provisto de piso de material que
no provoque chispas, con los lados y la parte de atrás de altura
suficiente para impedir la caída eventual de material, o bien con
carrocería cerrada.
* Evitar el transporte de explosivos en el mismo vehículo que los
detonadores, metales, herramientas de metal, carburo, aceite, cerillos,
armas de fuego, acumuladores, materiales inflamables, ácidos o
compuestos corrosivos u oxidables.
* Revisar los camiones que transportan explosivos cada vez que se
utilicen para este fin y verificar que lleven por lo menos dos
extintores de tetracloruro de carbono en buenas condiciones.
* Evitar el transporte de explosivos en remolques, excepto si son
semirremolques; ni enganchar ningún remolque al camión que transporte
explosivos.
* Cubrir los explosivos con una lona a prueba de agua y de fuego,
para protegerlos de la intemperie y de cualquier chispa, si se utiliza
un camión abierto.
* Verificar que los vehículos que transporten explosivos no se carguen
más allá del límite señalado por el fabricante y por ningún motivo la
carga deberá sobrepasar la altura de los lados del vehículo.
* Evitar, en lo posible, que los vehículos que transporten explosivos
pasen por zonas urbanas o congestionadas de tránsito.
* Verificar que los vehículos que transporten explosivos lleven
señalización de su carga y la palabra "peligro", así como la custodia
de seguridad.
* Almacenar la cantidad mínima posible de explosivos que le permita
realizar las obras de construcción en condiciones adecuadas de
seguridad.
* Almacenar los explosivos en construcciones de materiales sólidos, a
pruebas de fuego y balas y conservarlos cerrados con llave.
* Verificar que los explosivos no se guarden al alcance de menores de
edad, de personas no autorizadas o de animales.
* Guardar los detonadores en un polvorín separado y nunca almacenarlos
en el mismo polvorín con otros explosivos.
* Abrir los cajones de madera que contengan explosivos, con
herramientas de madera; los cajones no se deberán abrir dentro del
polvorín.
* Confiar sólo a especialistas debidamente autorizados la manipulación y
detonación de explosivos.
CAPITULO 18: PUENTES
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electrónica del mismo."
18.1. Construcción de puentes
El Constructor deberá analizar la AAP emitida por DINAMA y el EIA si lo
hubiera. Sobre esta base deberá presentar a la Inspección el plan
detallado de construcción del puente, el cual deberá contener diferentes
alternativas para su construcción, especialmente de sus fundaciones,
acompañadas de un análisis de las respectivas implicancias ambientales.
La Inspección decidirá:
* El método a utilizar para construir el puente, considerando en
especial los impactos ambientales que provoca cada alternativa. Optará
por aquella solución que, a un costo razonable, presente el menor
impacto negativo al ambiente.
* La época adecuada para la construcción de las fundaciones del puente,
teniendo en consideración la época de reproducción de las especies de
fauna rara o en peligro de extinción que hayan sido observadas en la
zona de localización del puente.
* La zona de trabajo autorizada, de manera de no afectar excesivamente
los ecosistemas frágiles que usualmente existen en las riberas de los
cauces de agua.
El Constructor deberá:
* Evitar alteraciones significativas a la calidad del agua,
independientemente del método constructivo del puente.
* Acentuar las medidas de precaución en el transporte de hormigón
desde el sitio de elaboración hasta el frente de trabajo, con el fin de
evitar vertimientos accidentales sobre el cauce, la vegetación o suelo
adyacente.
* Remover el mínimo de vegetación para la construcción de los estribos
del puente y, de manera compensatoria, revegetar los taludes que
presenten signos de erosión dentro de la margen del cauce.
* Tomar medidas preventivas para evitar vertimientos accidentales
sobre las aguas durante la colocación de la capa de rodadura del puente
y de sus accesos.
* Evitar transitar y lavar maquinaria y/o vehículos sobre el lecho.
* Implantar un plan de monitoreo que constará, como mínimo, de las
siguientes medidas:
* Tomar muestras de aguas arriba y aguas abajo del puente en
construcción, para determinar las probables alteraciones de la
calidad de ésta. Verificar que por lo menos se mantengan las
condiciones esenciales para su uso y la vida dentro de estas aguas,
conforme a la normativa vigente.
* Efectuar la colecta de muestras en los períodos de construcción de
las fundaciones del puente, arme y desarme de ataguías o durante
otras actividades que puedan alterar la calidad del agua. La
frecuencia de muestreo será fijada por la Inspección.
* Analizar las muestras en un laboratorio aprobado por la Inspección.
* Realizar en las muestras de agua, a lo menos, los siguientes
análisis:
- Color
- pH
- Oxígeno disuelto
- Petróleo e hidrocarburos
- Sólidos flotantes visibles y espumas no naturales
- Temperatura del flujo de agua corriente
- Turbiedad
- Sólidos disueltos y en suspensión
- Metales pesados.
* Incluir en los Informes Trimestrales de Gestión Ambiental, de
acuerdo a lo establecido en el numeral 8.3. de estas EAG los
resultados de dichos análisis.
18.2. Renovación de puentes existentes
El Constructor deberá:
* Aplicar las especificaciones en el numeral 18.1. de estas EAG, para
la renovación de un puente.
* Usar martillos neumáticos u otros dispostivos no explosivos para
efectuar las demoliciones encima del cauce, teniendo los cuidados
necesarios para que no caigan restos de material sobre el agua.
18.3. Uso de ataguías y desvíos de cauce
El Constructor deberá:
* Evitar la construcción de ataguías y desvíos del flujo del agua que
provoquen arrastres de sedimentos hacia el cauce, afectando la calidad
del agua y con ello la flora y fauna acuática.
* Efectuar el menor desvío y la menor obstrucción posible al flujo de
agua, que permita la construcción del puente.
* Tener cuidado con el aumento del nivel del cauce aguas arriba de
las ataguías o desvíos de cauce, de manera que siempre el cauce se
mantenga dentro de su caja y no se produzcan inundaciones de las
propiedades aledañas.
* Usar, para construir las ataguías o desvíos de cauce, materiales
libres de sustancias que contaminen el cauce, por ejemplo: aceites,
combustibles, pintura, basura, etc.
* Construir las ataguías o desvíos de cauce utilizando material de
tipo y tamaño adecuado, para minimizar los problemas de sedimentación
del cauce.
* Evitar modificar significativamente la velocidad y dirección normal
del flujo de agua en la construcción de ataguías y desvíos, ya que esto
puede provocar socavación de la ribera afectada, con el consiguiente
arrastre de sedimentos.
* Presentar para la aprobación de la Inspección un plan para deshacer
tanto las ataguías como las instalaciones asociadas, cuando se termine
la construcción del puente.
* Limpiar el lecho para volverlo a condiciones similares a las que
existían previamente a la construcción, cuando se termine la
construcción del puente.
* Realizar los levantamientos del perfil del lecho del cauce, tanto
antes de efectuar su construcción como después de la limpieza final.
Los levantamientos tendrán que ser aprobados por la Inspección, de
manera que el lecho del cauce quede, como mínimo, en condiciones
similares a las existentes antes de la construcción.
* Tomar las siguientes precauciones para deshacer las ataguías y evitar
la contaminación del cauce con sedimentos:
* Evitar deshacer las ataguías en períodos de desove de las
especies acuáticas significativas.
* Dejar, una vez terminada la labor de deshacer las ataguías, el
área limpia y llevar el material extraído del cauce a depósitos de
desechos aprobados por la Inspección y de acuerdo a lo establecido
en el numeral 14.1. de estas EAG.
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electrónica del mismo."
18.4. Restauración ambiental y abandono del área
El Constructor deberá:
* Preparar un Plan de Restauración Ambiental de las superficies
afectadas por la renovación o construcción del puente, de acuerdo a las
normas del numeral 8.2. de estas EAG.
* El Plan de Restauración Ambiental deberá considerar:
* Remover ataguías según lo estipulado en el numeral 18.3. de
estas EAG.
* Dejar el área limpia; se retirará y dejará en los depósitos
aprobados por la Inspección y de acuerdo a lo especificado en el
numeral 14.1. de estas EAG, el material extraído del cauce
(chatarra, escombros, desechos de demoliciones y sobrantes de la
construcción).
* Retirar las instalaciones temporales utilizadas en la obra.
* Restaurar las áreas en las cuales hayan construido caminos de
servicio, extraído y acopiado de materiales; y se hayan operado
sitios de préstamo, de plantas de producción de materiales y
cualquier otra obra temporal.
* Recuperar el perfil de los terrenos colindantes y del cauce de agua.
* Instalar vegetación según lo indicado en el numeral 8.2. de estas
EAG.
CAPITULO 19: COSTOS DE LAS MEDIDAS AMBIENTALES Y FORMA DE PAGO
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19.1. Costos de las medidas ambientales
El Constructor deberá:
* Incluir el costo de la instrumentación de las tareas de mitigación
y del "Plan de Restauración Ambiental" previstos en estas EAG, en el
rubro "Recuperación Ambiental" de su oferta.
* Establecer en su Oferta el monto global del rubro "Recuperación
Ambiental", el cual no podrá ser inferior al 3% del monto del contrato,
salvo especificación particular en el pliego de licitación.
19.2. Adelantos parciales del rubro "Recuperación Ambiental"
La Inspección estará facultado para conceder adelantos parciales del
rubro "Recuperación Ambiental", si comprueba con el asesoramiento de la
Unidad Ambiental de DNV, que se están realizando las tareas de mitigación
previstas en estas EAG y las comprometidas en el Plan de Restauración
Ambiental.
La suma de los adelantos parciales no podrá exceder el 50% del monto del
rubro "Recuperación Ambiental", de manera que el remanente del rubro será
cancelado cuando el Constructor haya realizado todas las tareas de
mitigación previstas en estas EAG y las comprometidas en el Plan de
Restauración Ambiental.
19.3. Devolución de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato
Considerándose estas EAG parte integral del contrato, no se podrá
conceder la Recepción Provisoria, ni se dará trámite a la solicitud de
devolución de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato (5%) y de su
respectivo Refuerzo (2%) hasta que se hayan instrumentado, a satisfacción
de la Unidad Ambiental de la DNV y la Inspección, la totalidad de las
medidas establecidas en estas EAG y en el Plan de Restauración Ambiental
propuesto.
ANEXOS
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ANEXO I: PROCEDIMIENTOS PARA EL DICTADO
DE LA AUTORIZACION AMBIENTAL PREVIA
ANEXO II: TIPOS DE PROYECTOS VIALES
Y SU CLASIFICACION AMBIENTAL
ANEXO III: DEFINICION DE TERMINOS
ANEXO IV: BIBLIOGRAFIA
ANEXO I: PROCEDIMIENTO PARA EL DICTADO DE LA AUTORIZACION AMBIENTAL
PREVIA
El procedimiento para el dictado de la Autorización Ambiental Previa
(AAP), consta de las siguientes siete etapas:
a) Comunicación del proyecto.
b) Clasificación del proyecto.
c) Autorización Ambiental Previa.
d) Estudio de impacto ambiental.
e) Puesta de manifiesto.
f) Audiencia pública.
g) Resolución ministerial.
El detalle de cada etapa se presenta a continuación.
1. Comunicación del proyecto
El interesado en la realización de algunas de las actividades,
construcciones y obras sujetas a AAP, debe comunicar el proyecto a la
DINAMA, mediante la presentación de la información siguiente:
a) la identificación precisa del o de los titulares del proyecto.
b) la identificación del o de los propietarios del predio donde se
ejecutará el proyecto.
c) la identificación de los técnicos responsables de la elaboración y
ejecución del proyecto.
d) la localización y descripción del área de ejecución e influencia
del proyecto.
e) la descripción del proyecto y del entorno, conteniendo todos los
elementos necesarios para su correcta consideración.
f) el detalle de los posibles impactos ambientales que pudieran
producirse y de las medidas de prevención, mitigación o corrección
previstas.
g) la clasificación del mismo, a criterio del proponente, según las
categorías que se establecen en el artículo siguiente.
2. Clasificación del Proyecto
En la comunicación del proyecto, el representante de éste debe proponer
una clasificación del proyecto en algunas de las tres categorías
siguientes:
a) Categoría "A": incluye aquellos proyectos de actividades,
construcciones u obras, cuya ejecución no presentaría impactos
ambientales negativos o pueda presentar impactos ambientales mínimos,
dentro de lo tolerado y previsto por las normas vigentes.
Dichos proyectos no requerirán la realización de un estudio de
impacto ambiental.
b) Categoría "B": incluye aquellos proyectos de actividades,
construcciones u obras, cuya ejecución pueda tener impactos ambientales
moderados o que afectarían muy parcialmente el ambiente, cuyos efectos
negativos pueden ser eliminados o minimizados mediante la adopción de
medidas bien conocidas y fácilmente aplicables.
En estos casos, deberá realizarse un estudio de impacto ambiental
sectorial o parcial.
c) Categoría "C": incluye aquellos proyectos de actividades,
construcciones u obras, cuya ejecución pueda producir impactos
ambientales negativos de significación cuantitativa o cualitativa, se
encuentren o no previstas medidas de prevención o mitigación.
Dichos proyectos requerirán un estudio de impacto ambiental completo
o detallado.
El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente
(MVOTMA) dispone de un plazo de diez días hábiles, a partir de la
presentación de la comunicación del proyecto, para evaluar la información
aportada junto con la misma y ratificar o rectificar la clasificación
propuesta por el interesado. En caso que se omitiere dicho
pronunciamiento, dentro del plazo correspondiente, se tendrá por
ratificada la clasificación propuesta por el interesado.
Cuando la DINAMA concluye que la información suministrada por el
interesado es incorrecta o incompleta se interrumpe el plazo, confiriendo
vista al interesado.
Una vez presentada la información en forma correcta o completa, se inicia
un nuevo plazo de diez días hábiles para que el MVOTMA se expida acerca
de la clasificación propuesta por el interesado.
Una vez ratificada o rectificada la clasificación propuesta por el
interesado para el proyecto, la DINAMA le expedirá el certificado de
clasificación ambiental correspondiente, la que además será comunicada a
los organismos con competencia sectorial en la materia principal sobre la
que versa el proyecto y a la Intendencia Municipal del departamento en el
que se localiza.
3. Autorización Ambiental Previa
Cuando el proyecto es clasificado en la categoría "A" la DINAMA procede a
otorgar la AAP y sin más trámite se puede comenzar con la ejecución de la
obra.
Cuando el proyecto es clasificado en la categoría "B" o "C", el
interesado debe realizar, a su costo, el Estudio de Impacto Ambiental
(EIA) y reiterar la solicitud de la AAP.
Si el MVOTMA, a través de DINAMA, clasifica el proyecto en la Categoría
"B", la resolución deberá contener la definición de los sectores o temas
sobre los cuales deberá centrarse el EIA.
Finalmente, la solicitud de AAP otorgada por DINAMA debe contener, como
mínimo:
a) la copia del Certificado de Clasificación Ambiental.
b) los documentos del proyecto.
c) el Estudio de Impacto Ambiental (si hubiera correspondido).
d) el Informe Ambiental Resumen (si hubiera correspondido).
Los documentos del proyecto que sean presentados conjuntamente con la
solicitud de AAP deben contener como mínimo:
a) el resumen ejecutivo del proyecto, conteniendo una memoria
descriptiva y los planos básicos del mismo.
b) el marco legal y administrativo de referencia, identificando las
normas aplicables y los permisos o autorizaciones necesarios.
c) la localización y área de influencia del proyecto, desde el punto
de vista de su ubicación geográfica y político - administrativa.
d) la descripción de las distintas actividades previstas en el
proyecto, personal a utilizar, materias primas y desechos previsibles.
e) la descripción de las fases del proyecto (construcción, operación
y abandono) y de las actividades que implica, tanto directas como
derivadas.
4. Estudio de Impacto Ambiental
Si corresponde ejecutar un EIA (Categorías "B" y "C") debe abarcar el
proyecto y su posible área de influencia, incluyendo un encuadre general
macroambiental, realizándose una comparación objetiva entre las
condiciones anteriores y posteriores a la ejecución del proyecto, en sus
etapas de construcción, operación y abandono.
El documento que recoja los resultados del EIA, deberá contener, como
mínimo, las partes siguientes:
* Parte I (Características del ambiente receptor): en la que se
describen las principales características del entorno, se evalúan las
afectaciones ya existentes y se identifican las áreas sensibles o de
riesgo; todo ello en tres aspectos:
a) ambiente físico: agua, suelo, paisaje, etc.
b) ambiente biótico: fauna, flora, biota acuática, etc.
c) ambiente antrópico: población, actividades, usos del suelo,
sitios de interés histórico y cultural, etc.
* Parte II (Identificación y evaluación de impactos): en la que se
identifican y evalúan los impactos ambientales tanto negativos como
positivos, debiéndose considerar los siguientes aspectos:
a) previsión de impactos directos o indirectos, simples y
acumulativos, así como los riesgos derivados de la situación
ambiental resultante de la ejecución del proyecto.
b) predicción de la evolución de los impactos ambientales
negativos, comparando la situación del ambiente con y sin la
ejecución del proyecto.
c) cuantificación de los impactos ambientales identificados, tanto
geográfica, como temporalmente.
d) comparación de los resultados con la situación actual y con
los estándares admitidos.
* Parte III (Determinación de las medidas de mitigación): en la que
se identifican y desarrollan las medidas de mitigación a ser adoptadas
y se presenta el cálculo de impacto ambiental residual, en caso que las
medidas se adoptasen.
Se deben considerar los siguientes aspectos:
a) las medidas de mitigación que se deberán aplicar para disminuir los
impactos ambientales identificados.
b) los planes de prevención de riesgos y de contingencias.
c) las medidas compensatorias o restauradoras que será necesario
adoptar.
d) los planes de manejo ambiental del proyecto.
e) los programas de abandono que sería necesario adoptar.
Parte IV (Plan de seguimiento, vigilancia y auditoría): en la que se
instrumentará un plan de monitoreo sobre los factores ambientales
comprendidos dentro del área de influencia del proyecto.
Asimismo, en el EIA deben explicitarse claramente las deficiencias de
información o conocimientos de base, así como las incertidumbres que se
hubieran padecido en su elaboración. Se identificarán además, los
técnicos que hubieran intervenido en su elaboración.
Cuando el proyecto es clasificado en Categoría "B", el EIA se limitará a
los elementos o el sector que específicamente hubiera sido señalado,
manteniendo en lo pertinente la estructura antes señalada.
El Informe Ambiental Resumen debe contener, en forma sucinta, la
información contenida en los documentos del proyecto y en el EIA; debe
presentar un capítulo de conclusiones sobre los principales impactos
identificados en el estudio y cuales serían las medidas que se adoptarían
en cada caso. El Informe Ambiental Resumen debe ser redactado en términos
fácilmente comprensibles, sin perder por ello su exactitud y rigor
técnico, a los efectos de servir como documento base para la puesta de
manifiesto.
5. Puesta de Manifiesto
El MVOTMA pondrá de manifiesto en sus oficinas el Informe Ambiental
Resumen, para que cualquier interesado pueda acceder a la vista del mismo
y formular, por escrito, las apreciaciones que considere convenientes.
A tales efectos, librará el aviso que deberá ser publicado por el
interesado en el Diario Oficial y en otro diario de circulación nacional,
de todo lo cual debe quedar expresa constancia en la tramitación.
El plazo de manifiesto es de veinte días hábiles, contados a partir del
día inmediato siguiente al de la última publicación.
6. Audiencia Pública
El MVOTMA puede disponer la realización de una audiencia pública cuando
considere que el proyecto implica repercusiones graves de orden cultural,
social o ambiental. A tales efectos determinará la forma de convocatoria
y demás aspectos inherentes a la realización de la audiencia pública.
7. Resolución Ministerial
El MVOTMA evalúa si el proyecto presenta impactos negativos residuales
que puedan considerarse admisibles, teniendo en cuenta el eventual EIA y
demás información generada en la tramitación. A tales efectos, se
consideran admisibles aquellos impactos negativos que no provoquen
contaminación, depredación o destrucción del medio ambiente.
El MVOTMA debe otorgar la AAP cuando del proyecto sólo se deriven
impactos ambientales negativos que puedan ser considerados admisibles.
En caso que del proyecto se deriven impactos ambientales negativos que
puedan ser eliminados o reducidos a niveles admisibles, el MVOTMA puede
otorgar la AAP condicionándola a la introducción de modificaciones en el
proyecto o a la adopción de medidas de prevención o mitigación que
considerare necesarias para ello.
Cuando el MVOTMA considera que del proyecto se derivarían impactos
ambientales residuales negativos no admisibles, debe rechazar la
solicitud de AAP.
En los casos de categorías "B" o "C", en que se requirió un EIA, el
MVOTMA dispone de un plazo de 150 días para analizar un EIA y
pronunciarse sobre la solicitud de AAP. Dicho plazo se suspende cuando se
requiere del solicitante la corrección, complementación o ampliación de
información, dejándose constancia en el expediente. La ausencia de
pronunciamiento de parte de la autoridad, vencido el plazo, significa un
rechazo de la solicitud.
El trámite concluye, independientemente de la categoría, con la
resolución ministerial respecto de la AAP.
El diagrama de flujo de la página siguiente muestra el esquema de
tramitación de una solicitud de AAP.
SECUENCIA PARA LA SOLICITUD Y OBTENCION DE UNA AUTORIZACION AMBIENTAL
PREVIA
(Diagrama simplificado)
"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen
electrónica del mismo."
ANEXO II: TIPOS DE PROYECTOS VIALES Y SU CLASIFICACION AMBIENTAL
TIPOS DE OBRAS VIALES
1. Mantenimiento rutinario
Consiste en realizar trabajos periódicos o de rutina para mantener la
carretera en buenas condiciones de servicio.
Todos los trabajos se efectúan en la faja pública existente.
Se incluyen tareas como:
* Trabajos de bacheo y reposiciones parciales del pavimento.
* Trabajos de limpieza de alcantarillas y sus zanjeados.
* Trabajos en la faja como corte de pasto, limpieza de cunetas, etc.
* Trabajos de señalización vertical y horizontal.
* Trabajos menores de reparación y mantenimiento en alcantarillas y
puentes.
2. Mantenimiento extraordinario o rehabilitación
Consiste en realizar trabajos de mantenimiento de fondo, para llevar la
carretera a sus condiciones originales, a partir de situaciones de
deterioro importantes, pero reversibles.
Todos los trabajos se efectúan en la faja pública, destacándose que no se
requiere adquirir más terrenos.
Se incluyen:
* Refuerzo del pavimento, como recapados, recargos y tratamientos.
* Mejoramiento de las condiciones de drenaje, lo que conlleva tareas
como regularización de faja y taludes; limpieza de alcantarillas y sus
zanjeados, cunetas longitudinales, etc.
* Reparación y mantenimiento de puentes, como el sellado de fisuras,
reparación de juntas, cambio de apoyos, etc.
Estas tareas pueden ir acompañadas de cambios en:
* El tipo de pavimento, como ser la sustitución de un tratamiento por
un carpeta asfáltica de rodadura.
* La geometría de la calzada y sus banquinas, consistente en un
ensanche de la plataforma que permita el refuerzo del pavimento o que
brinde mayor seguridad al conductor (no genera nuevos terraplenes o
desmontes, ni adquisición de nuevos terrenos).
3. Mejora en el trazado y/o de los puentes
Consiste en ejecutar obras de mejora del trazado plani-altimétrico, con
el objeto de mejorar las condiciones de seguridad.
Implican rectificaciones menores del trazado, donde la mayor parte del
trabajo se ejecuta dentro de la faja pública. Se requieren movimientos de
suelo menores y, eventualmente, la adquisición de terrenos de pequeña
escala.
Se incluyen:
* Mejora de la visibilidad de los acordamientos verticales,
suavizando o disminuyendo pendientes.
* Mejora en las condiciones de seguridad, corrigiendo el trazado de
curvas peligrosas.
* Construcción de una segunda calzada o una senda para tránsito
pesado.
* Mejora en el emplazamiento y funcionamiento de empalmes.
En otros casos el punto crítico en las condiciones de seguridad de una
carretera se producen en los puentes.
Se incluyen:
* Modificaciones en la geometría del puente, como ser el ensanche de
la calzada y veredas de un puente existente (generalmente incluye el
refuerzo de la estructura).
* Sustitución de un puente antiguo por otro de adecuadas condiciones
de seguridad y carga, en el mismo emplazamiento.
4. Obra nueva
Consisten en proyectos con trazados sustancialmente nuevos, donde se
necesita adquirir mayores cantidades de terreno.
Se incluyen:
* Construcción de nuevos trazados.
* Construcción de "by-passes".
Generalmente incluyen la construcción de nuevos puentes en lugares donde
no existen vestigios de otro puente anterior.
ACTIVIDADES DE LOS PROYECTOS VIALES
Las obras viales incluyen distintas actividades:
"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen
electrónica del mismo."
5. Extracción de áridos
Consiste en extraer áridos de distintos tipos para diferentes usos en las
obras viales:
* Canteras de roca sana, en que la extracción se realiza por medio de
voladuras y la producción de piedra partida se logra con una
trituradora, obteniendo los materiales para hormigones, mezclas
asfálticas o riegos bituminosos.
* Canteras de tosca (rocas alteradas), destinadas para las capas
inferiores del pavimento se obtienen arrancándola con un bulldozer.
* Yacimientos de arena, destinada a las mezclas asfálticas o riegos
bituminosos, son extraídas de antiguos depósitos (no de cauces de agua)
por medio de cargadores frontales.
CLASIFICACION AMBIENTAL PROPUESTA
De acuerdo con la legislación vigente (Ley 16.466 y Decreto 435/994),
requieren Autorización Ambiental Previa (AAP) de la DINAMA, las obras que
incluyan rectificación o ensanche del trazado existente, la construcción
de un nuevo puente, así como la extracción de áridos.
Las obras de mantenimiento rutinario (tipo 1), de mantenimiento
extraordinario (tipo 2) y las de modificación de la geometría o capacidad
de carga de un puente (tipo 3.2.a); no requieren una solicitud de AAP.
Las obras de mejora parciales del trazado (tipo 3.1) y aquellas que
implican la construcción de un nuevo puente similar a uno existente (tipo
3.2.b); requieren la solicitud de AAP y generalmente se propone la
Clasificación de "A" en el marco de las Especificaciones Ambientales
Generales.
Las obras nuevas (tipo 4) requieren la solicitud de AAP, estando la
Clasificación sujeta a las condiciones propias del proyecto.
Independiente del tipo de obra donde se sucedan, la legislación vigente
establece que la actividad extractiva de minerales (tipo 5) esta sujeta
al procedimiento de AAP, por lo cual los constructores deberán contar
con, o gestionar ante DINAMA, la autorización correspondiente, cuando la
extracción implique la apertura de canteras o el reinicio de la
explotación de canteras que hubieran sido abandonadas y cuya autorización
original no hubiera estado sujeta a evaluación del impacto ambiental.
TIPO DESCRIPCION TRAMITE PROPONENTE
1 mantenimiento rutinario por ley no requiere AAP
2 mantenimiento
extraordinario
o rehabilitación por ley no requiere AAP
3.1 mejora parcial en el
trazado requiere AAP,
categoría propuesta "A" DNV-MTOP
3.2.a. mejora geométrica o
estructural por leyno requiere AAP
del puente existente
3.2.b. sustitución del puente
existente en el requiere AAP,
mismo emplazamiento categoría propuesta "A" DNV-MTOP
4 requiere AAP,
obra nueva categoría propuesta "A" DNV-MTOP
o "B" según las
características
del propias del
proyecto
5 extracción de áridos requiere AAP, Constructor o
categoría propuesta "A" Concesionario
El proponente siempre es el titular del proyecto, en el caso particular
de las obras que fueron diseñadas por un Proyectista externo a la DNV se
deberá contar con la ayuda del mismo para poder elaborar los documentos a
presentar ante DINAMA.
ANEXO III: DEFINICION DE TERMINOS
A continuación se explica el significado de ciertos términos utilizados
en este manual. La lista incluye algunos términos técnicos del sector
vial que no son habituales para los especialistas ambientales, así como
algunos términos ambientales que no son comunes para las personas ligadas
al sector construcción de obras.
1. TERMINOS VIALES
Abandono de una carretera: Es la fase en que una carretera se abandona
debido a una rectificación de trazado. Implica que la carretera que se
abandona deja de ser mantenida por la DNV, aunque pudiese seguir siendo
utilizada como camino interno de un predio.
Acopio: Montón de materiales almacenados.
Alcantarilla: Desagüe para que las aguas puedan atravesar la carretera de
un lado al otro.
Arido: Término genérico para arena, piedras, gravas, etc., utilizados en
construcciones.
Ataguías: Estructura temporal para desviar o eliminar agua de una zona de
construcción dentro de un cauce.
Autoridad competente: Es la autoridad del Poder Ejecutivo designada por
leyes o decretos para otorgar permisos, vigilar el cumplimiento de normas
y denunciar al Poder Judicial las infracciones detectadas.
Bacheo: Acción de tapar los pozos que aparecen en la carretera.
Banquina: Faja a la orilla de la calzada de la carretera, para la
detención en caso de fallas.
Barreno: Agujero que se abre en la roca y se rellena de explosivo para
volarla.
Camino de servicio: Desvío temporal que se hace al costado de la
carretera, mientras se construye o repara un tramo o un puente. También
incluye los accesos temporales, que son los caminos que vinculan las
obras temporales (ej. campamento, planta de producción de materiales), y
que una vez terminada la obra no se usarán más. Finalmente también
pertenecen a esta categoría los caminos internos, que son aquellos que
vinculan las diferentes áreas de un campamento, cantera o planta.
Cantera: Sitio de donde se extraen materiales pétreos usados en
construcción.
Capa de rodadura: La capa superficial colocada en la construcción de una
carretera; puede ser de asfalto u hormigón.
Construcción de un puente: La instalación de un nuevo puente donde éste
existía o no. Es una obra completa, desde las fundaciones hasta el
tablero.
Cunetas: Zanja paralela a la carretera, cuya función es la evacuación de
las aguas lluvias hasta las alcantarillas.
Ensanche de faja pública: Expropiación de pequeñas franjas de los
terrenos linderos para facilitar la obra y su posterior mantenimiento.
Ensanche de plataforma o de firme: Trabajos requeridos para ampliar el
ancho de carreteras existentes. El ensanche puede requerir o no
adquisición de nuevos terrenos. Incluye actividades tales como:
construcción de nuevas pistas y/o calzadas.
Escombros: Desechos que quedan de una construcción derribada o de la
explotación de una cantera o de un proceso industrial.
Faja pública: Servidumbre de paso entre alambrados, para los caminos y
carreteras, de propiedad de la DNV del MTOP.
Gálibos: Espacio libre bajo los puentes o pasajes superiores
Pasarela: Una construcción (por ej. puente liviano), que permite el paso
de peatones sobre una carretera.
Préstamo: Un área de la cual se excava tierra o suelo para su uso en la
construcción de terraplenes.
Rectificación de una carretera: Modificación del trazado, abandonando el
antiguo.
Renovación de un puente: Es la recuperación, refuerzo estructural,
ensanche del tablero, o cualquier otra obra que aproveche un puente
existente para mejorarlo.
Talud: Inclinación de un corte en el terreno.
Trazado: Recorrido o dirección de una carretera.
Voladura: La detonación de explosivos en rocas, causando fisuras y salto
de materiales.
Zanjado: Pequeño canal, generalmente usado para evacuar aguas lluvias.
2. TERMINOS AMBIENTALES
Abandono ambiental de un proyecto: Es la etapa donde se recuperan las
condiciones ambientales de una zona o lugar, restituyendo características
ecológicas y paisajísticas similares o mejores a las previas a la
ejecución del proyecto. Generalmente se aplica a sectores que han sido
ocupados por obras temporales o provisorias, o a sectores de trazado de
carreteras que han caído en desuso.
Acuífero: Manto de agua subterránea, o napa freática que se mueve a
través de capas permeables del suelo.
Antrópica: Humana, o causada por acción humana.
Arrastre: Desplazamiento de sedimentos por parte del agua. Esta agua
puede ser de cauces fluviales, de lluvias u otras.
Area ambientalmente sensible: Zona muy proclive a disturbios o
perturbaciones de sus factores ambientales ante la acción humana.
Ejemplos de estas áreas son las costas o bordes marítimos y fluviales, de
estuarios y deltas, de humedales o bañados y de formaciones de monte
nativo o criollo.
Area protegida: Una zona, terrestre o acuática, establecida legalmente,
de propiedad pública o privada, que es manejada o protegida con el fin de
lograr objetivos específicos de conservación.
Autóctona (especies, vegetación): Biota originaria del lugar en que
vive.
Barrera antirruido o acústica: Elemento físico que se instala para
disminuir la presión sonora a los lados de una carretera.
Bentos: Flora o fauna del fondo de los ambientes acuáticos.
Biodiversidad: La totalidad de los genes, especies y ecosistemas,
referida a una zona, región o país.
Biota: Todos los organismos, incluyendo fauna, flora, hongos y
microorganismos, que viven en una zona específica.
Cauce: Lugar físico por donde escurre agua temporal o permanentemente con
un período de retorno menor a 100 años.
Contaminante: Cualquier sustancia o agente que altera perjudicialmente el
estado natural o anterior de los factores ambientales.
Cubierta vegetal: Masa arbórea, arbustiva y/o herbácea que cubre el
suelo.
Cuerpo de agua: Arroyo, río, laguna, lago, canal, mar, océano.
Desmalezado: Acción de corta de aquellas especies vegetales consideradas
malezas, por su escasa utilidad para las personas.
Ecosistema: Cualquier área de la naturaleza que incluya organismos
vivientes y sustancias en interacción para producir un intercambio de
materiales entre las partes vivas y las no vivas (p. ej. un estanque, un
lago, o un bosque). Es la unidad básica funcional en ecología y comprende
cuatro componentes: sustancias abióticas, productores, consumidores y
descomponedores.
Emisiones: Salida de contaminantes (por ej. gases, líquidos, sólidos) a
la atmósfera, cuerpos de agua o al suelo.
Emisiones fugitivas: Descarga de contaminantes a la atmósfera,
atribuibles a un proceso o actividad, no confinadas por un ducto de
emisión.
Emisiones puntuales: Descarga de contaminantes a la atmósfera,
atribuibles a un proceso o actividad, confinadas por un ducto de
emisión.
Escurrimiento: Agua que corre sobre la superficie del terreno,
normalmente originada de lluvias.
Especies nativas o autóctonas: Flora, fauna, hongos y microorganismos que
habitan naturalmente una área, región o país.
Especies protegidas: Especies que debido a estar amenazadas de extinción
o en algún grado de vulnerabilidad están protegidas por leyes especiales,
que regulan o prohiben su explotación o la alteración del hábitat donde
se desarrollan.
Estándares de calidad de agua: Normas legales que describen las
propiedades físicas y químicas requeridas de agua según su uso
designado.
Fauna (silvestre): Animales que habitan naturalmente una área o región
sin requerir cuidados humanos.
Flora (silvestre): Plantas que habitan naturalmente una área o región sin
requerir cultivo o cuidados humanos. Conjunto de plantas existentes en un
área dada. Descripción de las especies de plantas de una región. Elenco
de especies que constituyen una comunidad vegetal.
Formación vegetal: Carácter fisionómico de las comunidades vegetales que
habitan un lugar. Esta fisionomía es el resultado de la combinación de
formas biológicas (ej. árboles, arbustos, hierbas, enredaderas, cactos)
dominantes y del modo en que se presenta la distribución espacial de las
especies vegetales, o sea por la estructura de la vegetación. Una
formación vegetal representa comunidades o asociaciones características
de especies que, si bien difieren entre sí por su composición florística,
coinciden en sus rasgos fisionómicos principales.
Fuentes no puntuales: Origen de emisiones no atribuibles a un ducto o
fuente puntual. Estas pueden ser de superficie (erosión de un sector) o
de volumen (incendio de un estanque de combustible).
Hábitat: Suma total de los factores atmosféricos, del suelo y bióticos en
los que un organismo puede desarrollar sus procesos vitales.
Hidrosiembra: Acción de sembrar especies herbáceas mediante el
lanzamiento a presión de una mezcla de semillas de pasto y una solución
química que permite mantener la humedad y adherir la mezcla a los taludes
de cortes.
Humedal o bañado: Areas que están inundadas o saturadas por agua, y que
albergan preferentemente especies adaptadas a suelos saturados o
ambientes acuáticos de poca profundidad.
Lixiviación: Desplazamiento de algún soluto a través del suelo, producto
del desplazamiento del agua.
Medidas mitigantes: Acciones que conducen a disminuir el impacto de
alguna actividad derivada de un proyecto sobre el medio que lo rodea.
Mejora para el ambiente: Obras y/o actividades que tienen como objetivo
mejorar el estado de los componentes del ambiente con respecto al estado
en que se encontraba antes o durante la realización de un proyecto.
Monitoreo ambiental: El proceso de tomar observaciones, medidas, etc.
para proporcionar información sobre el estado de algún factor ambiental o
sus características, con el fin de evaluar si los impactos de un proyecto
evolucionan según lo previsto.
Partículas: Sólidos de tamaño pequeño y variable.
Polvo: Tierra muy suelta y menuda que el aire levanta fácilmente.
Proceso erosivo: Proceso natural o artificial mediante el cual se
arrastran pendiente abajo partículas de suelo.
Reciclaje: Dar un nuevo uso a un material o producto sin mediar una
modificación o proceso.
Residuo líquido: Elemento no deseado, sobra o excedente de procesos o
actividades no utilizables que se encuentran en fase líquida o con un
contenido de humedad superior al 80%.
Residuo sólido: Elemento no deseado, sobra o excedente de procesos o
actividades, no utilizable, que se encuentra en fase sólida o líquida en
forma confinada en un envase.
Restauración ambiental: La recuperación de la composición, estructura y
funcionamiento del ambiente con todos sus componentes físicos, químicos y
biológicos.
Reutilización: Dar un nuevo uso a un material o producto sin mediar una
modificación o proceso.
Revegetación: Vegetación que ha poblado sectores explotados o cosechados
y que provienen de restos de vegetación que quedó en el lugar o semillas
dispersadas por algún método (viento, animales, etc.).
Sedimentos: El material que ha sido depositado en el fondo de un cuerpo
de agua. Dicho material se origina de los restos de organismos acuáticos,
de la precipitación química de minerales disueltos y de partículas
originadas por la erosión de tierras aledañas.
Sólidos suspendidos o en suspensión: Las partículas que se mantienen
dispersas en un cuerpo de agua, sin precipitar o depositarse.
Tierra fértil: Suelo que dadas sus características de estructura, textura
y composición química, permite que se desarrollen especies vegetales en
forma adecuada.
Turbidez: Dispersión de la luz en un líquido, debido a la presencia de
sólidos en suspensión.
Vegetación: Estructura (proyección vertical y horizontal) o modo en que
las especies vegetales ocupan el espacio disponible, así como el aspecto
o carácter propio que presenta una comunidad vegetal como componente de
un paisaje.
ANEXO IV: BIBLIOGRAFIA
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