Fecha de Publicación: 09/02/2012
Página: 4
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 34

 Adjudicación definitiva de ofertas

La Administración Pública otorgará un plazo no inferior a 30 días hábiles
a quien hubiere resultado calificado en primer lugar en la adjudicación
provisional, a efectos de que proporcione toda la documentación cuya
presentación se hubiera diferido para esta etapa, así como para constituir
la garantía de cumplimiento de contrato.

La adjudicación definitiva por la Administración Pública contratante, no
podrá realizarse antes de que transcurran 30 días hábiles contados desde
la última notificación de la adjudicación provisional que fuere realizada
a los oferentes.

La adjudicación definitiva será notificada a cada uno de los oferentes y
al Tribunal de Cuentas.
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