Fecha de Publicación: 09/02/2012
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Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 30

 Informe de la Comisión Técnica

La Comisión Técnica elaborará un informe en el que clasificará las ofertas
presentadas de acuerdo a los criterios de adjudicación previstos en las
bases de contratación. Dicho informe deberá contener los fundamentos que
respalden los criterios de admisibilidad y el orden de conveniencia
propuestos, elevando el mismo con todas las actuaciones al ordenador
competente.

En caso de corresponder, la Comisión Técnica podrá sugerir el rechazo de
algunas o todas las ofertas presentadas de acuerdo a los criterios de
aceptación de ofertas y de calificación regulados en las bases de
contratación.
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