PODER EJECUTIVO CONSEJO DE MINISTROS
Prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo Todo llamado público a interesados deberá incluir el requerimiento de información que el adjudicatario provisional debe presentar relativa a la estructura societaria del postulante a efectos de una adecuada identificación y conocimiento del beneficiario final en caso de contratación con el Estado, así como al origen de los fondos que se propone destinar a la ejecución del proyecto, en el marco de la normativa vigente en materia de prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo, pudiendo la Administración solicitar las aclaraciones y ampliaciones que estime pertinentes. El adjudicatario provisional deberá presentar esta información antes de la adjudicación definitiva. En caso de que no presente dicha información quedará sin efecto la adjudicación provisional. Al respecto, se solicitará informe a la Unidad de Información y Análisis Financiero del Banco Central del Uruguay en forma previa a la adjudicación definitiva.Content-Type: text/html; charset=ISO-8859-1
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