Fecha de Publicación: 10/06/2005
Página: 338-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 22

 La nueva retribución fija mensual establecida en el artículo 21º es por
todo concepto e incluye el componente fijo y variable de la dotación
presupuestal financiada por el Fondo de Participación establecido por el
inciso 3º del artículo 234 de la Ley Nº 15.809 de 8 de abril de 1986 y
disposiciones concordantes y modificativas, que se seguirá liquidando con
las pautas de liquidación vigentes al 31 de mayo de 2005.-
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