Fecha de Publicación: 10/06/2005
Página: 338-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 18

 El Director General de Rentas, el Sub Director General, los Directores
de División, los Encargados de Departamento y todos los funcionarios de
la Dirección General Impositiva que cumplan tareas inspectivas y los
Encargados de la Auditoría Interna y Asesorías, quedan comprendidos en la
obligación de presentar declaraciones juradas patrimoniales según lo
establece la Ley Nº 17.060 de 23 de diciembre de 1998.-
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