Fecha de Publicación: 08/06/2016
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Carilla: 5

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 3

   El FONDES tendrá los siguientes cometidos generales:
A) Promover y apoyar la profesionalización, la aplicación de las mejores
   prácticas de gestión empresarial, el incremento de la productividad y
   la sustentabilidad de los emprendimientos apoyados.
B) Promover y apoyar las acciones de Responsabilidad Social Empresarial,
   especialmente las vinculadas a la capacitación y motivación del
   personal.
C) Promover la participación del sistema financiero en la financiación de
   los proyectos elegibles de modo de maximizar la utilización de los
   instrumentos disponibles a estos efectos.
D) Promover la reinversión de las utilidades en los emprendimientos
   apoyados con la finalidad de incrementar la productividad y favorecer
   la sustentabilidad.
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