Modifícase el artículo 35 del decreto 678/978, el que quedará
redactado de la siguiente forma:
"A la Dirección Financiero-Contable compete la administración
financiero-contable, el contralor de la gestión económico-financiero-
patrimonial, la ejecución de la política patrimonial del Ministerio, y
todo otro asesoramiento que dentro de su competencia le sea requerido".