Fecha de Publicación: 04/06/2024
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Carilla: 64

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Artículo 6

   El Comité Ejecutivo propondrá a la Comisión el programa referido en el artículo tercero; el que deberá prever:
   A. Calendario de actos y conmemoraciones;
   B. Proyectos y eventos artístico - culturales;
   C. Publicaciones;
   D. Actividades de debate y reflexión histórica;
   E. Concursos y premios nacionales en los ámbitos de: música, teatro, artes visuales, escultura, poesía, novela histórica y ensayos; pudiendo establecerse distintas categorías por edad;
   F. Eventos artísticos;
   G. Competencias deportivas;
   H. Actividades educativas;
   I. Toda otra actividad que entienda pertinente.
   El Comité ejecutará todas las acciones referidas en el plan, así como todas aquellas asignadas por la Comisión en el ejercicio de su competencia.
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