Fecha de Publicación: 21/05/1986
Página: 400-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Artículo 2

   Modificase el artículo 9° del decreto 678/978 de 5 de diciembre de 
1978, que quedará redactado de la siguiente manera:

   "El Subsecretario de Estado de Relaciones Exteriores es el colaborador
inmediato del Ministro, cumple las funciones de Vicecanciller, y subroga
al Ministro cuando así lo disponga el Poder Ejecutivo".
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