MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Modificase el artículo 9° del decreto 678/978 de 5 de diciembre de 1978, que quedará redactado de la siguiente manera: "El Subsecretario de Estado de Relaciones Exteriores es el colaborador inmediato del Ministro, cumple las funciones de Vicecanciller, y subroga al Ministro cuando así lo disponga el Poder Ejecutivo".Ayuda