Fecha de Publicación: 10/07/1992
Página: 102-A
Carilla: 10

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 31

   A los efectos de la aplicación del Art. 255 de la ley 16.170, de fecha
28 de diciembre de 1990, la Dirección de Servicios de Protección Agrícola
llevará un registro de Empresas de Contralor Delegado (E.C.D.) a cuyos
efectos, realizará el correspondiente llamado a inscripción estableciendo
los plazos, términos y condiciones.
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