MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
En circunstancia en que la evaluación del riesgo resulte mínima, la Dirección de Servicio de Protección Agrícola podrá resolver excepcionalidad a lo dispuesto en el artículo anterior, para lo cual deberá contar preceptivamente con el asesoramiento de la Comisión Asesora Fitosanitaria para la Citricultura.Ayuda