Dicho Grupo, además de las tareas a las que se encuentra abocado en
cumplimiento de la Resolución 357/92, tendrá por cometidos:
a) Ejecutar las recomendaciones aprobadas por el Grupo de Coordinación
en Materia de Salud Ocupacional y Condiciones Ambientales de Trabajo;
b) Elaborar la Política Nacional en materia de Salud Ocupacional y
coordinar la misma;
c) Toda otra acción tendiente a mejorar las condiciones ambientales de
trabajo en el País;