Decreto 126/994
Prorrógase por determinado período la actuación del Grupo de
Coordinación en Materia de Salud Ocupacional y Condiciones Ambientales
del Trabajo.
(648)
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Ministerio de Economía y Finanzas
Ministerio de Educación y Cultura
Ministerio de Salud Pública
Montevideo, 23 de marzo de 1994
Visto: Que por Resolución del 30 de setiembre de 1992, se creó el
Grupo de Coordinación en Materia de Salud Ocupacional y Condiciones
Ambientales de Trabajo;
Resultando: que dicho Grupo ha desarrollado una excelente experiencia
de trabajo, realizando un diagnóstico que evidencia la necesidad de un
mejor aprovechamiento de los recursos disponibles y una adecuada
coordinación de los mismos;
Considerando: que resulta altamente conveniente que se continúe
desarrollando un accionar conjunto.
Atento: A lo precedentemente expuesto.
El Presidente de la República
DECRETA:
Prorrógase la actuación del Grupo de Coordinación en Materia de Salud
Ocupacional y Condiciones Ambientales de Trabajo, hasta tanto se resuelva
sobre la viabilidad de la creación de un organismo central en la materia.
Dicho Grupo, además de las tareas a las que se encuentra abocado en
cumplimiento de la Resolución 357/92, tendrá por cometidos:
a) Ejecutar las recomendaciones aprobadas por el Grupo de Coordinación
en Materia de Salud Ocupacional y Condiciones Ambientales de Trabajo;
b) Elaborar la Política Nacional en materia de Salud Ocupacional y
coordinar la misma;
c) Toda otra acción tendiente a mejorar las condiciones ambientales de
trabajo en el País;
El Grupo se integrará con un representante del Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social, quien lo presidirá, un representante del Ministerio de
Salud Pública, uno del Banco de Seguros del Estado, uno del Banco de
Provisión Social, uno de la Universidad de la República, uno de las
organizaciones representativas de los empresarios y uno de las de los
trabajadores.