Fecha de Publicación: 24/04/1997
Página: 193-A
Carilla: 9

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 9

   Serán causas de revocación del usufructo:
A) No destinar la vivienda a los fines específicos para la que fue
concedida.
B) La mejora de la situación socio-económica del usufructuario o de su
núcleo habitacional en grado tal que no se justifique el mantenimiento
del beneficio.
C) La realización de actos por parte de los integrantes del núcleo
habitacional del usufructuario que alteren la moral, las buenas 
costumbres o perturben la convivencia. En esta situación será aplicable 
lo dispuesto por el artículo 33º del Decreto-Ley Nº 14.219 del 4 de julio de 1974.
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