(Cometidos del Banco de Previsión Social) A los fines del Servicio que se crea, compete al Banco de Previsión Social:
a) Registrar a los usuarios del Servicio que cumplan con los requisitos que se detallan en la presente normativa;
b) Registrar a los Aspirantes a ofrecer Servicios de Asistentes Personales que pretendan cumplir con el servicio;
c) Hacer efectivo el pago de los subsidios a los usuarios del servicio.