Fecha de Publicación: 04/05/2016
Página: 4
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 17

   (Registro de prestadores de servicios de Asistente Personal del Sistema Nacional de Cuidados) Créase el Registro de prestadores de servicios de Asistente Personal del Sistema Nacional de Cuidados en el ámbito de la Secretaría Nacional de Cuidados.
Ayuda