Decreto 113/987
Se regulan los pases en comisión de los funcionarios públicos.
Ministerio del Interior.
Ministerio de Relaciones Exteriores.
Ministerio de Economía y Finanzas.
Ministerio de Defensa Nacional.
Ministerio de Educación y Cultura.
Ministerio de Transporte y Obras Públicas.
Ministerio de Industria y Energía.
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
Ministerio de Salud Pública.
Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca.
Ministerio de Turismo.
Montevideo, 5 de marzo de 1987.
Visto: el sistema normativo que regula los pases en comisión de los
funcionarios del sector público.
Resultando: que la Administración Pública requiere en la materia un
procedimiento ágil y flexible, que satisfaga las necesidades eventuales y
transitorias de personal.
Considerando: lo dispuesto por el artículo 60 de la Constitución de la
República, la ley 15.757 de 15 de julio de 1985 y a lo informado por la
Oficina Nacional del Servicio Civil,
El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros,
DECRETA:
Artículo 1
Los pases en comisión de los funcionarios de la Administración
Central, Entes Autónomos y Servicios Descentralizados, se regirán por las presentes disposiciones.
SANGUINETTI.- ANTONIO MARCHESANO.- ENRIQUE V. IGLESIAS.- RICARDO ZERBINO
CAVAJANI.- JOSE Mª ROBAINA ANSO.- ADELA RETA.- JORGE SANGUINETTI.- JORGE
PRESNO HARAN.- RAUL UGARTE ARTOLA.- PEDRO BONINO GARMENDIA.- ALFREDO
SILVERA LIMA.