MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Las descripciones de carácter general que figuran en los artículos 42
al 49 pueden ser modificadas mediante diseño y cálculo estructural firmado
por técnico responsable, el que se deberá adjuntar a la documentación
prevista en el artículo 36. En este caso el plazo será de 10 (diez) días
de anticipación.
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