Fecha de Publicación: 24/05/1990
Página: 474-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 43

   Cuando los tablones tengan tres apoyos sus extremos volarán 30
centímetros como mínimo y si tuvieran dos apoyos, sus extremos volarán 50
centímetros como mínimo. Cuando los tablones vayan solapados, se deberán
colocar tablas chanflanadas contra el extremo del tablón superior a efectos de evitar que los trabajadores tropiecen al caminar por el andamio.
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