Fecha de Publicación: 24/05/1990
Página: 474-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 19

   Los trabajadores dispondrán de un lugar adecuado para comer, ventilado
e iluminado, con mesas y asientos en cantidad suficiente. La mesa deberá
tener superficie superior fija o removible de material impermeable.
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