Es obligatorio el uso de cinturón de seguridad en aquellos trabajos
realizados en condiciones tales, que el trabajador esté expuesto a caídas
libres de tres o más metros de altura y en aquellos realizados en
excavaciones o espacios confinados en que pueda ser necesario izar al
trabajador.
El empleador será responsable de que el número de cinturones de seguridad
llene las necesidades de cada obra.