Fecha de Publicación: 24/05/1990
Página: 474-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 169

   Será obligatorio utilizar calzado con suela resistente a la perforación
por los operarios que trabajen en acarreos generales o limpiezas, cuando
existan elementos punzantes que representen peligro y en desencofrados.

                          Cinturón de seguridad
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